Reconocimiento de la Junta de Buenos Aires por la ciudad de La Paz

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Acta[editar]

En la noble, valerosa i fiel ciudad de nuestra Séñora de la Paz, capital de provincia, a los diez i seis dias del mes de noviembre de mil ochocientos i diez años. Habiendo su señoría el señor gobernador intendente de esta provincia, coronel don Domingo Tristan i Moscoso, citado al cumplimiento de lo prevenido en él anterior acuerdo de esta misma fecha, al ilustre vecindario, inclusos los señores del venerable cabildo eclesiástico, i reverendos prelados regulares, se leyó en altas e intelijibles voces la relacion i oficio copiados al frente, esponiendo a consecuencia aquel jefe con vivas espresiones i eficacia sus deberes respectivos a la conservacion de la tranquilidad pública, buen orden comun i vijilancia a beneficio de la ciudad i provincia, supuesto que el grave cargo de su majistrado i obligaciones muchas que encierra, se le han confiado: que por lo tanto, no embarazándose en perder aun la vida por estos altos objetos, ratificaba a la faz de este respetable congreso, i lo haria en todas partes, aquel suceso i esmeros correspondientes a dichos fines. Pero que segun el tenor de la relacion i oficio, como noticias que de momento a momento se están recibiendo, debia asimismo conforme a todo ello, no aventurarse la patria, ni darse lugar a la efusion de sangre, a la ruina de este numeroso pueblo, i a que el calor, i otros motivos causasen fatales consecuencias, diametralmente opuestas a la causa divina, política, civil, i a la de cada uno de sus habitantes, i por lo propio, i demás; estrecheces, con que de igual momento a momento, o de horas en horas se esperaban los cuerpos militares de la parte de Buenos Aires i Cochabamba, irresistibles con respecto a las circunstancias todas de la misma ciudad, notorias i demasiado patéticas al congreso: previno acordase éste, i votase en secreto, con amplísima libertad, lo que tuviese por conveniente en mejor obsequio de los enunciados altos objetos i con la posible proporcion a las mismas ocurrencias; en su virtud, procediéndose a la votacion secreta, i saliendo de ella sesenta i un votos, resultó por ellos con uniformidad, i sin discrepancia aun de uno solo, la sumisión i subordinacion a la junta superior de Buenos Aires sin hacerse novedad, i que para intelijencia de todos se publicase por bando este acuerdo i votacion, que, en mayor abundamiento, despues de publicada en la sala pretorial, se ratificaron en ella con igual publicidad, i una voz, previniendo, que asimismo se diese cuenta donde correspondia, con testimonios de todo, i con la mayor prontitud al señor comandante jeneral de aquellos cuerpos, por medio de los diputados, que para tratar la materia, i esprimir los sentimientos de este dicho pueblo se nombraban, i nombraron por parte del ilustre cabildo i ciudad a los señores don José Ramon de Loayza i doctor don Juan José Diez de Medina, alcalde ordinario de primer voto i fiel ejecutor, i de la del venerable cabildo eclesiástico al señor doctoral sustituto doctor don Ramon Mariaca, i lo firmaron de que doi fé.—

Domingo Tristan, Guillermo Zárate, Agustin de Alava, José Ramon de Loayza José Bernardino de Orihuela, Francisco Garci Gutiérrez de Escobar, José Benito Romero Soriano, marquez de San Felipe el Real, frai José Gonzalez Aparicio, guardian, José Domingo de Bustamante, frai Pedro Nolasco Lezama, prior de San Agustín, doctor José Diez de Medina, frai José Mariano Montufar, comendador, Protasio de Armentia, frai Mariano Zambrano, prior de San Juan de Dios, doctor Manuel Tomas Aliaga, Mariano de Ayoroa, doctor Manuel Fernando Pacheco, vice-rector, frai Nicolas Sotillo, prior de Santo Domingo, José Marquez de la Plata, José Félix Sagárnaga, cura rector, Juan de Tellería, Ramon de Ballivian, Julian Antonio Diaz del Castillo, doctor José Landavere, Lolezon Diez Rideneyra, Jorje de Ballivian, Luis Antonio Guerra, Andres de Pasos, Manuel Ruiz i Bolaños, Gregorio José de Barañao, Ventura Barron, Francisco de Santivañez, José Julian de Murillo, Estévan Salinas, Francisco de Tapia Montalvo, Santiago Zapata, Sebastian de Vidangos, Miguel Olaguibel, Juan de Dios Peralta, José de Mendizabal, Domingo Cbirbeches, Carlos José Saavedra, José Alquiza, doctor Joaquín de la Riba, Andrés Monje, José Toribío de Ardiles, doctor José Antonio Diez de Medina, José Villamil, José Ignacio Ortiz de Foronda, Miguel de Lizargarate, Rafael Monje, Mariano Porcel, Juan de Dios Ayesta, Juan Manuel Porcel, Matías de Arrascaeta, Bernardo Garcia de Rosas, Tadeo Narciso de Guzr man, José Maria de Talavera, Juan José Garron, Dámaso de Arrascaeta, Rafael de Alvisuri, José Indalesio Calderon i Sanjinos, Francisco de Maruri, Francisco de Pazos:

Ante mí, Juan Crisóstomo Vargas, escrib. de S.M.

Comunicación[editar]

Asociado este Cabildo de todo su distinguido vecindario, acaba de celebrar acuerdo dirigido á la subordinación de la ciudad y Provincia á la Exma. Junta de Buenos Aires. A ello le impulsan los nobilísimos sentimientos de aquel superior congreso, bastantemente deducidos del mismo tenor de sus papeleo, dirigidos á la conservación ilesa de los derechos de nuestro augusto soberano el Sr. D. Fernando VII, de la Patria, de los de cada particular y de sus propiedades; por el orden de las Leyes. El mismo que espera este Ayuntamiento afiance S. S. á nombre de la Exma. Junta con los señores Diputados conductores de este oficio D. José Ramón de Loaiza, alcalde ordinario de primer voto; D. Juan José Diez de Medina, fiel ejecutor; D. Jorge de Ballibian, sindico Procurador General de la ciudad; y D. Ramón de Mariaca, Doctoral sustituto de esta Santa Iglesia Catedral, que pasan facultados para todos los referidos objetos, y demás respectivos al beneficio de la propia ciudad y Provincia.—

Dios guarde á V. E. muchos años.—

Paz, Noviembre 10 de 1810.—

Domingo Tristan.— Agustín de Alava.—José Ramón de Loayza.—José Domingo de Bustamante.— Doctor Juan José Diez de Medina.—Mariano de Ayoroa.—José Marques de la Plata.—Ramón Ballibian. — Jorge Ballibían. — José Lanaveres.— Juan de Telleria.—

Señor Comandante de las Tropas de Cochabamba, V. Melchor Guzman.— Es copia de su original.—Sicasica, Noviembre 19 de 1810—

José Ramón Loayza.— Exmo. señor:— El 18 del corriente instruyó á la superioridad de V. E. este Gobierno del acuerdo y completa como solemne obediencia con que había protestado someterse á sus justas y circunspectas disposiciones. Ahora asociado del Cabildo y á nombre de la ciudad y Provincia ratifica sus votos y acatada sumisión a V. E., logrando su deseada libertad para hacerlo y el nuevo motivo que le presenta el acta capitular que acaba de recibir del ayuntamiento de la de la Plata. A su continuación se le acaba también de contestar lo que resulta de la copia certificada, é igual acuerdo testimoniado que acompaña á V. E. repitiéndola el Gobierno y cuerpo capitular sus acatados respetos y protestas de llenar las disposiciones superiores con que se sirva distinguirlos.—

Dios guarde á V. E. muchos años.—Gobierno, Justicia y Regimiento de la Paz, 20 de Noviembre de 1810.—

Exmo. señor;—Domingo Tristan.—Mariano de Ayoroa.—José Domingo de Bustamanie.—Dr. José Marquez de la Plata.—Ramón de Ballibian.—José Lanaveres.—Juan de Telleria.—Pablo Gutiérrez.—

Exmo. Sr. Presidente y vocales de la Junta Gubernativa del Reino.