Plan Escolar de 1960/Capítulo 3

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CAPITULO III
EL PLAN FERREIRO
SUMARIO

I) El Plan Ferreiro estructuró la reorganización de los servicios docentes II) De los Distritos escolares III) De las Zonas escolares IV) De las Regiones escolares V) De la organización y distribución de los servicios técnico-docentes, técnico- auxiliares y administrativos de la enseñanza primaria. VI) La reorganización propiamente dicha de los servicios docentes. VII) Estudio comparativo entre la organización de los servicios docentes proyectada por el Plan Ferreiro y la que sustituyera.

- I -
El Plan Ferreiro estructuró la reorganización de los servicios docentes

La reorganización de los servicios docentes tuvo su origen en el plan que redactara el Director General de Enseñanza Primaria y Normal, Dr. Felipe Ferreiro.

El análisis del Presupuesto Escolar vigente, permitirá establecer las líneas generales del plan en que se apoya la reorganización de los servicios docentes que consagrara la Reforma escolar de 1960.

Dicho plan que denominaremos Plan Ferreiro, tiene como punto de partida la organización técnico-administrativa de las escuelas públicas del país. A tal efecto, determina que esas escuelas se agruparán en cuarenta Distritos para el interior del país y en dieciocho para la ciudad de Montevideo.

A su vez, los Distritos se agruparán en dieciocho zonas para el Interior y una para Montevideo y las diecinueve zonas se agruparán en cuatro Regiones que abarcan todo el territorio de la República.


II -
De los Distritos Escolares

La formación de los Distritos se efectúa de conformidad a un criterio técnico que consulta las necesidades y conveniencias del servicio docente.

En efecto, la creación de los Distritos escolares se aconsejó por el Plan Ferreiro después de recabarse asesoramiento técnico del Instituto de Teoría Urbanística de la Facultad de Arquitectura y del Equipo Técnico Regulador del Consejo Departamental de Montevideo, sobre diversos aspectos relacionados con sus respectivas especializaciones.

Ambos asesoramientos fueron favorables en cuanto a los puntos consultados. Se tuvo presente al solicitar los referidos asesoramientos para agrupar las escuelas en distritos, las distancias que separan las escuelas de cada departamento de la Inspección Departamental respectiva, las distancias que mantienen entre sí las escuelas de cada departamento, el estado de los caminos de acceso a las escuelas, etc., en vista de poder alcanzarse varias finalidades de orden técnico para que el servicio docente en las escuelas se desarrollara en la forma más normal y regular posibles.

Cito entre otras la que se proponía sustituir por una asistencia técnica permanente y de mayor eficacia para el personal docente, la que se cumplía entonces consistente en dos visitas anuales, una al comienzo y otra al finalizar el curso escolar; o si no procurar de todas maneras que no se repitiera más el hecho de que muchas escuelas no recibían durante el año lectivo ninguna visita del Inspector, dañándose al servicio docente y perjudicándose a los maestros para intervenir en concursos o traslados por carecer de la calificación anual.

Volviendo al tema concreto de la formación de los Distritos de acuerdo siempre al Plan Ferreiro, digamos que algunos agrupan la totalidad de las Escuelas de cada departamento, y otros, que son los menos, agrupan escuelas que pertenecen a dos o más departamentos, pero atendiéndose siempre a razones vinculadas al mejor cumplimiento del servicio.

Los Distritos se individualizarán por los números 1, 2, 3, etc., determinándose los que integren cada una de las diecinueve zonas. Los funcionarios docentes a cargo de cada Distrito son los Inspectores de Zona, que tendrán “funciones de Inspectores Directores de Distrito, y serán responsables de la orientación, supervisión y contralor de las escuelas respectivas.”

El Plan prevé el caso de que por razones de densidad escolar en las escuelas del Distrito, deba actuar más de un Inspector. En tal supuesto prescribe “que se realizará la distribución de las escuelas que atenderá cada uno, en función de la unidad geográfica, sin perjuicio de la necesaria unidad de orientación en todo el Distrito”. Establece por último la distribución de los cargos de Inspectores de Zona para los Distritos, imponiendo a los titulares el deber de residir en el Distrito en que desempeñen sus funciones.


- III -
De las Zonas escolares

Las Zonas escolares se formarán comprendiendo en su jurisdicción a los Distritos que se determinen para cada una, que son en su inmensa mayoría los creados en cada departamento de la República. De esta manera la Zona escolar sustituye al Departamento como circunscripción territorial.

Las dieciocho Zonas para el interior se individualizan por letras y tendrán como jurisdicción las que comprenden los Distritos que deban integrar cada una. Al determinarse la jurisdicción de cada Zona deberá indicarse la ciudad centro de la misma.

Los Inspectores Departamentales de Enseñanza Primaria tendrán funciones de Coordinadores Zonales, en los Distritos que comprende la Zona. No tendrán a su cargo escuelas ni maestros para calificar y supervisar directamente. Se mantienen los diecinueve cargos de Inspectores Departamentales, Coordinadores Zonales “y se radicarán uno por cada zona que se establece, con residencia en la ciudad centro de la Zona respectiva.”

De todas estas prescripciones resulta que los Inspectores Departamentales tienen como función primordial la de coordinar el servicio docente de todas las escuelas de su zona, ajustándose a las directrices que en tal sentido haya prefijado el Plan Integral de Actividades Escolares que todos los años debe aprobar el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

Además el Inspector Departamental Coordinador Zonal es el superior jerárquico de todo el personal docente, administrativo y de servicio d la zona en que actúa.

- IV -
De las Regiones Escolares

Las Diecinueve Zonas Escolares se agrupan en cuatro Regiones Escolares, que se individualizarán por su nombre así como por la indicación de las Zonas comprendidas en cada una, que en la actualidad son las siguientes: Región Sur, Región Litoral, Región Centro y Región Este.

Cada Región está a cargo de los Inspectores Regionales que ejercen las atribuciones legales y reglamentarias que se declararán por la ley del 5 de septiembre de 1919 y por su Decreto reglamentario del 9 del mismo mes y año.


- V -
De la organización y distribución de los servicios técnico-docentes, técnico-auxiliares y administrativos de la enseñanza primaria.

Resuelta la organización técnica administrativa de las escuelas públicas agrupándoselas en Distritos escolares, éstos en Zonas escolares y las Zonas en Regiones Escolares, así como la jurisdicción para el desempeño de los cometidos de los Inspectores de Zona, Directores de Distrito, Inspectores Regionales, se proyecta luego por el Plan Ferreiro la distribución de los servicios técnico-docentes, técnico-auxiliares y administrativos de la enseñanza primaria.

La anterior distribución de los servicios docentes era pasible de serias objeciones. Radicaba la principal de ellas en el hecho de que no proporcionaba las mismas posibilidades para la instrucción y educación del niño en todo el territorio nacional.

En efecto, antes, si bien existían en cada departamento de la República Escuelas Comunes de primer grado (Urbanas y Rurales) y de 2º Grado, como igualmente Escuelas de Práctica y una Escuela Al Aire Libre, por lo menos, sólo el departamento de Montevideo contaba con Escuelas Especiales (Escuelas de Recuperación Psíquica, Escuela Hogar, Preventorios, etc.). Por esto, tal distribución de servicios no acordaba análogas posibilidades para la enseñanza del escolar en todo el país.

Fue debido a ello, precisamente, que el Plan Ferreiro propone la distribución de los servicios docentes por todo el territorio nacional. En lo sucesivo, los departamentos del Litoral e Interior debían contar con las Escuelas Especiales que sólo funcionaban en el departamento de Montevideo. La distribución de servicios tendría de ese modo carácter nacional, y por lo mismo consagraría la elemental justicia de establecer las mismas posibilidades para la enseñanza del escolar en todo el territorio de la República.

Distingamos que la distribución de los servicios docentes del Plan Ferreiro comprende los de carácter técnico-docente, técnico-auxiliar y administrativo. Son, pues, tres los servicios docentes que deben distribuirse igualmente por todo el país consultando las necesidades de la enseñanza.


Servicios técnico-docentes

La distribución de estos servicios, que están referidos a los dos elementos del servicio docente escolar, o sea la prestación y la fiscalización de la enseñanza primaria, se aconseja llevarlos a todo el territorio de la República, de modo que sus beneficios alcancen por igual a todos los escolares del país. Conforme a este propósito del Plan Ferreiro, tales servicios deben existir en todas las circunscripciones escolares de acuerdo a las necesidades que requiera el servicio docente de cada una.

Así, por ejemplo, en dichas circunscripciones se radicarán las Escuelas comunes del 1º y 2º grado (Urbanas, Sub-urbanas y Rurales), y los Cursos para Adultos, y las Escuelas y Clases Especiales (Escuelas al Aire Libre, Escuelas de Recuperación Psíquica, Escuela Hogar, Escuela Marítima, Preventorios Escolares, Campamentos y Colonias Escolares, y las Clases Diferenciales), y, por último las Escuelas de Práctica en cada ciudad centro de la Zona y en las demás ciudades de ésta donde estuviese radicado un Instituto Normal.

Destaco que tal distribución de los servicios técnico-docentes que propusiera el Plan Ferreiro introdujo incuestionables ventajas para la enseñanza primaria en las escuelas de los Departamentos del Litoral e interior del país para los cuales se crearon e instalaron después diez escuelas de Recuperación Psíquica y ciento sesenta y cuatro Clases Diferenciales para ser distribuidas entre las Escuelas comunes que las requirieran para la enseñanza del escolar. Asimismo se crearon diez Escuelas de Práctica con el mismo destino.

El otro elemento integrante del servicio docente escolar, o sea la fiscalización de la enseñanza se atiende por el Plan Ferreiro de modo más racional que en la anterior organización de los servicios docentes.

En efecto, la fiscalización de la enseñanza en las Escuelas comunes de 1º y 2º Grado y la de Cursos para Adultos, está a cargo de los Inspectores de Distrito; la de las Escuelas y Clases Especiales se cumple por los Inspectores Supervisores de Enseñanza Especial; y la relativa a las Escuelas de Práctica por los Inspectores Supervisores de Práctica bajo la superintendencia del Inspector Nacional de Práctica.

Nótese que la nueva organización que da el Plan Ferreiro al servicio técnico-docente que se relaciona con la fiscalización de la enseñanza, segundo elemento integrante del servicio docente escolar, acusa por lo mismo, ventajas sobre la organización que regía para fiscalizar la enseñanza. En tal sentido corresponde puntualizar:

a) Que las Escuelas y Clases Especiales se fiscalizan ahora por funcionarios técnicos especializados, los Inspectores Supervisores de Enseñanza Especial, cuyos cargos debieron crearse por imponerlo las necesidades del servicio. Lo mismo ocurrió con la creación de cargos de Inspectores Supervisores de Práctica. Antes, ambos aspectos del segundo elemento del servicio docente escolar, se ejecutaban por el Inspector Técnico de Enseñanza Primaria de Montevideo y por el Inspector Nacional de Práctica y un sub-Inspector en todo el territorio nacional respectivamente.
b) Por estar radicada en cada Distrito escolar la Inspección de Distrito, la fiscalización de la enseñanza se cumple efectivamente, y su efecto principal, vale decir, la asistencia técnico-pedagógica que traduce su ejercicio, beneficia en especial modo a la escuela rural por ser la que existe en mayor número en todo el país.
c) Las visitas de inspección se aumentaron al efecto de que la labor docente de los Maestros-Directores y Maestros fuera fiscalizada en la forma más amplia y regular posible.


Antes, de acuerdo a la organización que tenían los servicios docentes, los Inspectores de Zona que residían en la capital del departamento, debían trasladarse al interior del mismo para visitar las escuelas de su jurisdicción. Sus visitas que debían ser dos como mínimo para cada escuela, durante el Curso escolar, se cumplían en la forma que ya expusiéramos, esto es, una al comienzo del curso y otra a mediado o al finalizar el mismo, y muchas veces el docente no registraba ninguna visita del Inspector en el año lectivo, ni tampoco registraba consiguientemente calificación anual.

Ahora, los Maestros Directores con clase deben ser visitados por el Inspector seis veces durante el curso, cuatro los Maestros Directores y dos los Maestros (Ver art. 30 del Reglamento del Departamento de Educación Común).

Cada Distrito dispone de una unidad móvil para que el o los Inspectores atiendan regularmente sus visitas de inspección a las escuelas.

d) Hay otras dos ventajas de orden técnico además de la asistencia pedagógica a que aludiéramos. Una es la que deben prestar los Inspectores con motivo de las reuniones trimestrales de carácter técnico-docente que deben realizar con los Maestros-Directores y Maestros de sus jurisdicciones respectivas, con el fin de tratar asuntos escolares de aquella naturaleza. Y la otra asistencia pedagógica la prestan los mismos Inspectores redactando para los Maestros-Directores y Maestros, Boletines Didácticos, previa autorización del Inspector Coordinador Zonal y con la colaboración del Maestro Orientador del Departamento de Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales.

Por lo demás, constituye también otro género de asistencia pedagógica para Maestros-Directores y Maestros, los Boletines Didácticos que les envíe el Inspector y que tiene su origen en el Departamento de Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales.

Todo esto, que no existía antes, demuestra que el Plan Ferreiro organiza una asistencia técnico-pedagógica para Maestros-Directores y Maestros de todas las escuelas públicas, persiguiendo el propósito de que mejore la prestación de la enseñanza que comporta la instrucción y educación del niño.

En resumen: el Plan Ferreiro mejora tanto la distribución como la organización de los servicios técnico-docentes. En cuanto a lo primero por ser más racional y justa y porque los beneficios del servicio los reciben todas las escuelas públicas. Respecto a lo segundo, las mejoras son de vastas proyecciones porque revitaliza los dos elementos del servicio docente escolar. Así ocurre con la prestación de la enseñanza por la asistencia técnico-pedagógica que organiza para ella.

Igualmente, pero en otro plano, la fiscalización de la enseñanza se ha beneficiado por haberse creado los cargos necesarios para realizarla, y cada una se atiende por Inspectores que pertenecen a jurisdicciones técnicas diferentes, actuando todos en forma coordinada y con análoga orientación para la enseñanza.


Servicios técnico-auxiliares

Los servicios técnico-auxiliares de la enseñanza primaria están referidos todos al primer elemento integrante del servicio docente escolar, o sea la prestación de la enseñanza. El Plan Ferreiro dispone por lo mismo que estos servicios deben distribuirse por todo el territorio de la República. De esta manera la prestación de la enseñanza que imparten las escuelas comunes, especiales y de práctica, cuentan con una colaboración de actividades técnicas, especializadas para que se imparta de manera uniforme en todas las escuelas públicas.

Los servicios técnico-auxiliares de la enseñanza primaria son los siguientes:

a) El que está a cargo de los centros de asistencia técnico-pedagógica que se clasifican de acuerdo a estas categorías:

Centro Nacional con sede en Montevideo, Centros Sub-zonales radicados en Salto, Mercedes, Durazno, Tacuarembó, Melo, Rocha; Centros Zonales radicados en Artigas, Paysandú, Fray Bentos, Colonia, San José, Canelones, Florida, Las Piedras, Pando, San Ramón, Sarandí del Yi, San Gregorio, Paso de los Toros, Minas de Corrales, Río Branco, Cerro Chato, Lascano, Castillos y Aiguá.

Dichos Centros tendrán carácter permanente y los servicios técnicos que concretan su labor docente están a cargo de los maestros orientadores, que actúan siempre en equipo con los Inspectores-Directores de Distrito, si sus actividades las desempeñan en escuelas comunes; o con los Inspectores Supervisores de Práctica, si actúan en las Escuelas de Práctica o con los Inspectores Supervisores de Escuelas Especiales, si actuaran en estas Escuelas.

Cada uno de estos Inspectores será el coordinador y responsable de la labor del equipo en su jurisdicción. La dependencia jerárquica de los Maestros orientadores del Inspector con quien actúen en equipo, es sin perjuicio de la facultad del Inspector Coordinador Zonal, de coordinar en general toda la labor docente de su Zona y de la orientación técnica especial que se dicte por la División Salud y Bienestar Escolar o por el Departamento de Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales.

Para atender los servicios docentes de los Centros hay Maestros orientadores técnico-pedagógicos y Maestros orientadores en trabajo social escolar y ambos Maestros pertenecen al Departamento de Servicios Pedagógicos de la División Salud y Bienestar Escolar.

Destacamos que la labor de los Maestros orientadores es un nuevo aporte de asistencia para la prestación de la enseñanza que está a cargo de Maestros Directores y Maestros. Esta forma de asistencia técnica cumplida por Maestros orientadores de modo permanente, no existía tampoco en la organización anterior.


Servicios técnico administrativos

Los servicios técnico-administrativos auxiliares de la enseñanza primaria derivan de las funciones de la División Edificación y Equipamiento Escolar y los Departamentos de Contaduría y Proveeduría de la División Hacienda.

-VI-
La reorganización propiamente dicha de los servicios docentes

Vamos a exponerla comparándola con la organización anterior al efecto de que se aprecien sus ventajas.

La organización que regía para los servicios docentes respondía a estas líneas generales:

1º. El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, con amplias facultades autónomas para administrar y dirigir el servicio.

2º. El Director General de Enseñanza Primaria y Normal, que además de las funciones inherentes a ese cargo, ejercía las de Presidente de dicho Consejo.

3º. El Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal, compuesto por catorce Secciones, de las cuales dos fueron modificadas: una por resolución del 17 de diciembre de 1957 y otra del 15 de mayo de 1958, que sustituyó la Sección Enseñanza Primaria, Común y Rural por la Sección Educación Rural.

Esta Sección era dirigida rotativamente cada tres años por cada Inspector Regional y se componía de cuatro Sectores denominados. Centro de Asistencia Técnica a Maestros rurales, Instituto Normal Rural, Núcleos escolares y Misiones Socio-pedagógicas. También la integraba la Comisión Asesora de Educación Rural, presidida por el Inspector Técnico; y como Vocales los Inspectores Regionales, el Director de la Sección y los funcionarios responsables de cada Sector.

4º. Los Inspectores Regionales con superintendencia cada uno sobre el servicio de la enseñanza primaria comprendido en la zona de su jurisdicción.

5º. El Inspector Nacional de Práctica y un Sub-Inspector. Debían ambos fiscalizar las Escuelas de Práctica en todo el país.

6º. Los Inspectores Departamentales e Inspectores de Zona, que atendían la fiscalización de la enseñanza de cada Departamento de la República.

7º. El Inspector y Sub-Inspector de Escuelas Granjas, con jurisdicción sobre estas Escuelas.

8º. El Inspector de Cursos para Adultos con jurisdicción en el Departamento de la Capital; en los del Litoral e Interior, la fiscalización de los mismos Cursos correspondía al respectivo Inspector Departamental de Enseñanza Primaria.

9º El Inspector de Enseñanza Privada con jurisdicción también el departamento de Montevideo.

10º El Cuerpo Técnico Consultivo creado por la resolución que creara el Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal. Dicho Cuerpo lo presidía el Inspector Técnico y sus vocales eran los Inspectores Regionales y el Inspector Nacional de Práctica. Su cometido de asesoramiento para el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, comprendía los asuntos “que el Consejo considerara que debían ser sometidos a su estudio o estructuración, reglamentaciones, planes de estudio, programas y bases de concursos, etc.”.

En esquema, pues, los servicios docentes anteriores a 1961, se agrupaban y fiscalizaban de esta manera:

a) Las escuelas comunes, al Aire Libre y los Cursos para Adultos estaban bajo la jurisdicción de los Inspectores Departamentales de Enseñanza Primaria e Inspectores de Zona.

El servicio docente de tales Escuelas y Cursos estaba sometido a la superintendencia de los Inspectores Regionales, que debían fiscalizar la gestión pedagógica y administrativa de los Inspectores Departamentales, Inspectores de Zona, Maestros Directores y Maestros.

Loa Inspectores Regionales dependían directamente del Director General sin perjuicio de las facultades del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

b) El Inspector Técnico y un Sub-Inspector fiscalizaban las Escuelas Especiales.

c) La Inspección Nacional de Práctica, la Inspección Departamental de Montevideo, la Inspección de Cursos para Adultos y la Inspección de Enseñanza Privada dependían directamente de los Inspectores Regionales (Resolución del 16 de diciembre de 1954).

De conformidad a las líneas generales que exponemos respecto a la organización de los servicios docentes, debemos hacer notar que la Inspección Técnica ya no se llamaba así, sino Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal. La labor técnica específica del Inspector Técnico resultaba en la práctica completamente anulada por el Cuerpo Técnico Consultivo, por un lado, y por la Comisión Asesora de Educación Rural por otro, de lo cual derivaba de manera evidente la preponderancia de los Inspectores Regionales en el asesoramiento técnico de todos los problemas de la Enseñanza Primaria y Normal, a pesar de las numerosas funciones que tenían aquéllos, como lo significáramos en su oportunidad.

En síntesis, las modificaciones o reformas a la organización de los servicios docentes que se decretaran administrativamente el 21 de octubre de 1954, con sus modificativas del 17 de diciembre de 1957 y la del 15 mayo de 1958, habían producido graves perturbaciones de orden funcional y técnico, al punto que desde entonces los funcionarios que ejercían superintendencia en cada una de las Zonas escolares en que se dividía la República, - que ya tenían con ello atribuciones y deberes para el cumplimiento normal de sus cometidos -, pasaron de hecho a ejercer por integrar el Cuerpo Técnico Consultivo y la ya referida Comisión Asesora, el asesoramiento máximo que correspondía al Inspector Técnico, y a dirigir una Sección del Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal, malgastando tiempo y energías que debían dedicar exclusivamente al ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias.

Esto basta y sobra para justificar uno de los antecedentes de la reorganización de los servicios que se propusiera el Plan Ferreiro con la creación de nuevos cargos docentes y de autoridades técnicas constituidas con los funcionarios existentes, que tendrían a su cargo orientar, coordinar y fiscalizar la Enseñanza Común, Especial y de Práctica en base a un plan de actividades escolares con una política educativa definida y concreta que elaboraran anualmente los propios técnicos y aprobara después el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

Tan alto designio que propone el Plan Ferreiro, revitalizando para ello los dos elementos del servicio docente escolar, como antes los comentáramos, lo logra con un nuevo ordenamiento de las autoridades encargadas del servicio, que se agrupan así:


- A –

CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL

- B –

DIRECTOR GENERAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL

- C –

DIVISIÓN ENSEÑANZA PRIMARIA


Integrada por los Departamentos de Educación Común, Enseñanza Especial y Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales.

El Inspector Técnico es el Director de la División y en tal carácter le corresponde la superintendencia de los servicios docentes que cumplen las Escuelas Comunes, de Práctica, Especiales y de Adultos, como asimismo de los servicios auxiliares y actividades extraescolares a cargo de los órganos de su dependencia.


Departamento de Educación Común


Se integra con los Inspectores Regionales (Directores de Departamento), Inspectores Departamentales (Coordinadores Zonales), Inspectores de Zona (Directores de Distrito), Inspector de Enseñanza Privada (Categoría Inspector de Distrito). Se encuentran dentro de la jurisdicción de este Departamento, los Maestros Directores y Personal docente de las Escuelas Comunes, (Urbanas, Sub-Urbanas, Rurales y Experimentales del país).

También integran este Departamento la Sección Extensión Educativa y Educación de Adultos.


Departamento de Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales


Está a cargo de un Inspector Director de Departamento y lo componen la Inspección Nacional de Práctica, Inspectores Supervisores de Práctica, Escuelas de Práctica y las siguientes Secciones:

a) Sección Asesoramiento y Orientación Didáctica.
b) Sección Expresión Infantil.


Departamento de Enseñanza Especial


Lo dirige un Inspector de Departamento y se integra con las Secciones siguientes:

a) Sección Educación de niños con Dificultades Sensoriales y Recuperación Física.
b) Sección Educación de niños con Dificultades Psíquicas de Aprendizaje.


- D -

DIVISIÓN SALUD Y BIENESTAR ESCOLAR


La integran los siguientes Departamentos:

a) Alimentación Escolar.
b) Servicios Psicológicos “Sebastián Morey Otero”.
c) Servicio Social.
d) Servicios Pedagógicos.

Las Cínicas Escolares, Regionales, Zonales y Sub-Zonales integran también esta División.

El Director de la División es el superior jerárquico inmediato de todos los Directores de Departamento y de los Médicos de las Clínicas de la División así como del personal que las componen.

- E –

DIVISIÓN EDIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO ESCOLAR

Integran esta División los siguientes Departamentos:

a) Departamento de Estudios y Proyectos.
b) Departamento de Obras, Conservación y Reparaciones del Interior (Región Litoral, Este y Oeste).

Dentro de este departamento está la Sección Conservación y Reparaciones Región sur, y la Sección Administración.

El Director de la División Edificación y Equipamiento Escolar tiene la superintendencia técnica y administrativa de todos los servicios a su cargo y depende directamente del Director General, sin perjuicio de las facultades que como jerarca del servicio corresponden al Consejo.

- F –

DIVISIÓN HACIENDA

Su dirección corresponde a un Contador Director de División y la componen los siguientes Departamentos:

a) Departamento de Contaduría.
b) Departamento de Tesorería.
c) Departamento de Recaudación y Proventos.
d) Departamento de Inspección Contable.


- VII –
Estudio comparativo entre la organización de los servicios docentes proyectada por el Plan Ferreiro y la que sustituyera

La nueva organización de los servicios proyectada por el Plan Ferreiro corrigió grandes fallas de la organización anterior. Resulta así, en efecto, de un simple cotejo entre una y otra organización.

El ordenamiento anterior de los servicios docentes que se estableciera por la resolución del 21 de octubre de 1954 y sus modificativas, que crearon el Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal, compuesto por catorce Secciones, y que, no obstante haber funcionado sólo dos de ellas produjo tantas alteraciones y perturbaciones en el servicio, se sustituyó por la División Enseñanza Primaria, que componen los Departamento de Educación Común, Departamento de Enseñanza Especial y Departamento de Actividades Escolares, Material Didáctico y Ayudas Audiovisuales con sus respectivas Secciones técnicas. Tales Departamentos tienen a su cargo la dirección técnica inmediata de la Enseñanza Común, Especial y de Práctica, que forman los tres Sectores del Servicio docente escolar.

Reorganizados los servicios en la forma antedicha, se corrigió el desajuste que imperaba en los mismos a raíz de las resoluciones del 21 de octubre de 1954 y sus modificativas, que había creado el Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal, que debían intervenir directamente en los asuntos de la Enseñanza Primaria y Normal. Este error de atribuir el ejercicio de tal cúmulo de funciones técnicas a un solo órgano escolar, no podía ser viable en la práctica, como no lo fue en los seis años a se extendió la vigencia administrativa de aquel Departamento. Véase, no obstante, que si se hubiera provisto más de las dos Secciones que funcionaron, se habrían centuplicado las alteraciones y perturbaciones que al servicio originara la creación de la Sección Educación Rural.

Salta a la vista la diferencia entre una y otra organización. En la actual, los servicios se han organizado procediéndose previamente a una distribución técnica administrativa de las escuelas públicas en Distritos, Zonas y Regiones, así como a la distribución de los servicios docentes (servicios técnico-docentes, técnico-auxiliares y administrativos de la Enseñanza Primaria) con sentido nacional. Y en base a tales distribuciones de escuelas y servicios, se creó la División Enseñanza Primaria como autoridad máxima de todos los servicios docentes escolares, sin perjuicio de las facultades del Director General y del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

De lo expuesto cabe interpretar que la reorganización de los servicios docentes que aprobara la reforma escolar de 1960, conforme a las directrices del Plan Ferreiro, se ha hecho en forma orgánica en el aspecto de la estructuración que se le diera, como en lo referente a la delimitación de jurisdicciones y competencias técnicas, ya se trate de la enseñanza común, especial o de práctica.

Lamentablemente, ambas condiciones que son esenciales en toda organización de servicios, se habían alterado al crearse el Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal, como lo comentáramos en su oportunidad.

El estudio comparativo de las dos organizaciones que estamos analizando, proporciona un nuevo elemento de juicio para distinguirlas aún más si fuera necesario: las numerosas Secciones que componían el Departamento Técnico de Enseñanza Primaria y Normal advierten que cada una debía atender distintos servicios docentes. La del Plan Ferreiro, en cambio, concentra la totalidad de los servicios en la División Enseñanza Primaria, distribuidos en tres Sectores, o sean el de la Enseñanza Común y Cursos para Adultos, el de la Enseñanza Especial y Clases Especiales y el de la Enseñanza en Escuelas de Práctica. La diferencia entre una y otra organización es notable en tal sentido.

En resumen: antes, la organización de los servicios docentes carecía de unidad y la distribución de servicios era cuestionable tanto técnicamente como del punto de vista jurídico.

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Pero hay más todavía que agregar a las conclusiones del estudio comparativo que nos ocupa.

a) Por sugerirlo también el Plan Ferreiro, los funcionarios Inspectores en general (Inspectores de Distrito, Inspectores Supervisores de Práctica, Inspectores Supervisores de Enseñanza Especial, Inspectores Departamentales Coordinadores Zonales, Inspectores Regionales, Inspectores de Departamento e Inspector Técnico), no deben intervenir en asuntos de carácter administrativo como ocurría anteriormente. Ahora, conforme a la nueva organización de los servicios, los Inspectores deben concretarse pura y exclusivamente a los asuntos de carácter técnico-docente de sus respectivas especializaciones. No distraen así su tiempo con problemas de índole administrativa relacionados con el servicio a cargo de cada uno, sino que todos sin excepción deben dedicarse de modo exclusivo a la materia técnica de su competencia. Esta diferencia es francamente destacable porque el docente sólo cumple la función técnica específica de su cargo.
b) Los servicios técnico-docentes de las escuelas comunes, especiales y de práctica, han sido mejorados con una asistencia técnico-pedagógica que no tenían antes, como ya lo comentáramos.
c) Se han distribuido por todo el país los servicios técnico-docentes, técnico-auxiliares y administrativos de la enseñanza primaria.
d) Anualmente, se redacta por el Director de la División Enseñanza Primaria del Plan Integral de Actividades y Necesidades Escolares, que después aprueba el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal. El Director de la División para redactar dicho Plan oye previamente a los Inspectores Directores de cada Departamento y éstos a los Inspectores que les están subordinados jerárquicamente y así sucesivamente. Dicho Plan debe concretar la política educativa que es objeto de las actividades escolares a desarrollarse dentro de cada año lectivo.

Antes no existía el Plan Integral para las actividades escolares ni política educativa aprobada por el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, después de recabar la opinión de los técnicos de su dependencia.

e) Del punto de vista de las autoridades escolares, la actual organización de los servicios docentes aventaja sin lugar a dudas a la anterior:

1º. Porque ya refieran los servicios a la enseñanza común, especial o de práctica, están coordinados y todos se proyectan y ejecutan dentro de este ordenamiento jerárquico establecido para los docentes que actúan en tales servicios.

Para los docentes de la enseñanza primaria común, es el siguiente: Maestro, Maestro Director, Inspector Director de Distrito, Inspector Departamental Coordinador Zonal, Inspector Regional, Inspector Director del Departamento de Educación Común, Inspector Técnico, Director de la División Enseñanza Primaria, Director General de Enseñanza Primaria y Normal.

Para los docentes de la enseñanza primaria especial, la escala jerárquica es la siguiente: Maestro, Maestro Director, Inspector Supervisor, Inspector Coordinador, Inspector Director del Departamento, Inspector Técnico, Director de la División Enseñanza Primaria, Director General y Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

En el caso de Maestros de Clases de Recuperación Pedagógica adscriptos a las escuelas comunes, tienen como superior inmediato al Director de Escuela, con las limitaciones establecidas en el Reglamento respectivo. Los Profesores de Asignaturas Especiales dependerán directamente de los Maestros Directores de las Escuelas en que prestan sus servicios.

Para los docentes de la Enseñanza Primaria en Escuelas de Práctica, el orden jerárquico en sentido ascendente es éste: Maestro, Maestro Director, Inspector Supervisor de Escuelas de Práctica, Inspector Nacional de Práctica (Inspector Coordinador Nacional de Escuelas de Práctica), Inspector Director del Departamento, Inspector Técnico, Director de la División Enseñanza Primaria, Director General y Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.

El servicio ha recibido de este modo unidad para su prestación, coordinación y fiscalización, que se efectúa de acuerdo a un plan de actividades escolares que aprueba anualmente el referido Consejo.


División Salud y Bienestar Escolar

La División Salud y Bienestar Escolar no existía en la anterior organización de los servicios docentes. Se creó por sugerirlo el Plan Ferreiro.

Los servicios a cargo de esta División que se integra con los Departamentos de Alimentación Escolar, Servicios Pedagógicos, Servicio Social, Servicios Pedagógicos y Clínicas Escolares, son inestimables para la Enseñanza Primaria en general.

Están adscriptos a los servicios de los citados Departamentos los Maestros Orientadores que actúan en equipo en los Centros de Asistencia Técnica y sus actividades deben coordinarlas la División Enseñanza Primaria y la División Salud y Bienestar Escolar.

El Plan Ferreiro prevé que, en etapas sucesivas, deben instalarse Clínicas Escolares Regionales, Zonales y Subzonales, prestándose por éstas el servicio médico para el escolar y el docente.

En una palabra, la División Salud y Bienestar Escolar atiende por sus Departamentos respectivos la alimentación, el estudio médico, psicológico, pedagógico y social del escolar, constituyendo todos ellos distintos aspectos de los servicios técnico-auxiliares de la Enseñanza Primaria.


División Edificación y Equipamiento Escolar

Son también servicios técnico-auxiliares de la Enseñanza Primaria, los que atiende esta división que está a cargo de un Director y un Subdirector de División.

Por intermedio de su Departamento de Obras, Conservación y Reparaciones del Interior, atiende esos servicios de las Escuelas de la Región Litoral, Este y Oeste; y los servicios en las escuelas radicadas en la Región Sur, se atienden por la Sección Conservación y Reparaciones.


División Hacienda

Está a cargo de un Contador Director de División y la componen los siguientes Departamentos: Departamento de Contaduría, Departamento de Tesorería, Departamento de Recaudación y Proventos, Departamento de Proveeduría y Departamento de Inspección Contable.

Las funciones de esta División que traducen servicios técnico-auxiliares de la enseñanza primaria, se realizan en la Capital por los Departamentos respectivos y en los demás Departamentos de la República por intermedio de los Tesoreros Departamentales.


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Finalizando la exposición del Plan Ferreiro, cabría decir ahora que, hasta la fecha, es el único que ha abordado una reorganización de los servicios docentes en su totalidad, adecuándolos a las necesidades de la enseñanza y dotando a ésta de posibilidades análogas para la instrucción y educación del niño en todo el país. Corresponde significar en consecuencia que ha dado lugar a la Reforma escolar de mayor envergadura, después de la que por vez primera proyectara José Pedro Varela para nuestra Escuela Pública. Sus bondades intrínsecas generales que hemos puesto de manifiesto, se irán comprobando por etapas sucesivas, como es lo normal, a medida que se vaya dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos y administrativos que la conforman de acuerdo al Plan Ferreiro.