Deber, Obligación (SLC)

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Nota: En esta transcripción se ha mantenido la ortografía original.

Deber, Obligación.


El deber indica alguna cosa más imperiosa para la conciencia que la obligación, y como procedente de la ley: la virtud nos conduce a su cumplimiento.

La obligación indica alguna cosa más absoluta para la práctica, y el buen parecer, y el que dirán, y los respetos humanos exigen su cumplimiento.

Es deber de un consejero asistir al tribunal a cumplir con su cargo, y es obligación suya asistir de manto talar.

Se dispensa fácilmente de una obligación: Se falta a un deber.

Es un deber del eclesiástico el ir vestido modestamente, y es obligación el ir de negro o de hábito talar.

A los políticos cuesta menos ser negligentes en su deber que olvidar la menor de sus obligaciones.