Bando de Abascal anunciando incorporación intendencias del Alto Perú y de Córdoba del Tucumán al Virreinato del Perú

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Don Jose Fernando de Abascal y Sousa, Caballero del Habito de Santiago, Teniente General de los Reales Exercitos, Virey, Gobernador y Capitan General del Perú, Superintendente Subdelegado de Real Hacienda, Presidente de la Real Audiencia de Lima &c.

El espiritu de engaño y seduccion, fomentado en el continente de Europa, por el tirano usurpador de la Francia; ha esparcido sus amortiguadas llamas, en las pacíficas posesiones de la América del Sur. Hombres destinados por la naturaleza, a solo vegetar en la obscuridad y abatimiento, sin el enérgico carácter de la virtud, y con la humillante debilidad de todos los vicios, aspiran á lograr la vil efímera representacion, con que los execrables delitos, señala á los grandes criminales. No hay Pais alguno en la tierra, que no esté expuesto á sufrir la desgracia de abrigar en su seno, esos abominables monstruos, que enmascarados, con el simulado disfraz, de amor de la Religion, de la Patria y del bien público, solo intentan por su particular interes, la desorganizacion, la anarquía y el desorden. El fiel pueblo de Buenos-Ayres, que ha dado tan recientes pruebas de su constancia, generosidad y adhesion á la Madre Patria; acaba de padecer esa triste experiencia: un corto número de individuos, proclamando haber cesado la suprema soberanía, por la instalacion del nuevo Consejo de Regencia, ha atentado á las legítimas autoridades, formando á su propio antojo una Junta de Gobierno: El Excmo. Ayuntamiento, el Síndico Procurador en nombre de aquel comun, y los vecinos mas recomendables, por su providad y circunstancias, han protestado contra una conmocion, excitada con tan infundado pretexto. ¿Por qué si á los principios de la desgraciada época en que se halla la España, por solo el sagrado objeto, que animó á la inmortal asociacion de Sevilla, fué reconocida con aplauso, como depositaria de la suprema autoridad? Si la Junta Central ha sido juramentada y obedecida como representante de nuestro suspirado Monarca el Señor Don Fernando VII ¿como no ha de tributarse la mas profunda y rendida sumision al Consejo de Regencia, deseado por todos los buenos españoles, como menos expuesto á la lenta complicidad de las resoluciones; establecido con el mas generoso desprendimiento, por los dignos vocales interpretes en la Central de la voluntad de todas las Provincias: y en que se ve hoy la América representada, por uno de sus ilustres hijos, con igual proporcion, y los mas vivos deseos de cimentar su esplendor y prosperidad? Así pues aislados esos perversos, en el corto recinto de la Capital que oprimen, no han podido conmover las fieles y ricas Provincias que componen su distrito, ántes si enardecidas de tal criminal conducta, le han manifestado su desprecio y aversion, ocurriendo á esta Superioridad, no solo por auxilios para rechazar qualquier hostil empresa á que pudiera arrastrarlos la ilusion y ceguedad; sino tambien á una formal agregacion á este Gobierno, del mismo modo que lo estaba ántes de la ereccion de aquel Vireynato: así lo han solicitado por los mas expresivos oficios, el Señor Presidente de Charcas, su Real Audiencia, M. R. Arzobispo, I. Ayuntamiento, la Imperial Villa de Potosí, la ciudad de la Paz y Córdova del Tucuman, y siendo obligacion extrecha de los principales Gefes, ocurrir al pronto remedio de los males que amenazen á los fieles vasallos de S. M. por todos los medios que dicte la justicia: he venido en acceder á esa solicitud declarando quedar por ahora (y hasta que se restablezca en su legítimo mando el Excmo. Señor Virey de Buenos-Ayres, y demas autoridades legalmente constituidas) agregadas á este vireynato las expresadas Provincias dependientes de la gobernacion del Rio de la Plata, en todos los ramos de Hacienda, Guerra, Politica y Justicia, ocurriendo las Partes en los contenciosos á sus respectivos tribunales; salvos los recursos que en sus correspondientes casos, prescriben las leyes pertenecer al alto Gobierno. Y para que así conste y llegue á noticia de todos se publicará por Bando en esta Capital, circulándose por las de las Intendencias de ambos vireynatos. Lima y Julio 13 de 1810.

Jph Abascal.


Fuente: Documentos para la historia Argentina, Volúmenes 39-40 Universidad de Buenos Aires. Facultad de Filosofía y Letras, Instituto de Historia Argentina "Doctor Emilio Ravignani." Compañía Sud-Americana de Billetes de Banco, 1913 P=181-182