El capítulo de las consideraciones

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CAPÍTVLO PRIMERO DE CONZEDERACIÓN: Conzedera, cristiano, primeramente del se[r]uicio de Dios y luego del seruicio de su Magestad y luego de buestros prógimos y luego de todos los males y daños que hazéys en tierra agena y luego cómo no seruís a Dios ni a la Uirgen María ni a sus santos y santas, ángeles y luego cómo os rrobáys a unos como a otros y soys soberbiosos y enteresables y no guardáys los mandamientos de Dios ni de la santa madre yglecia de Roma. Y saués que ay cielo y enfierno y no andáys justamente. Y ací conzederaldo de todo en buestra ánima. CÓMO HIZO DIOS CIELO, mundo / mundo para dar gracias a Dios / Capítulo primero de las conzederaciones. Y ací aués de conzedrar atentamente en tu corasón y ánima: Conzedera, cristiano, cómo crió Dios el cielo y todo el mundo y lo que ay en ella: has[ta] los peses y animales y guzanos, maripoza, caracoles, hormiga, crillos y mosquitos y todo lo que ay en ella y a nuestro padre Adán y a nuestra madre Eua, primeros hombres. Y cómo se acauaron y fue castigado por Dios con las aguas del [di]lluuio. Quedó en la arca Noé con sus sey hijos cazados. Cómo multiplicó déstos y unos déstos enbió Dios a las Yndias, al Mundo Nuebo deste rreyno, fue uira cocha español. Y ací al primero yndio le llamaron Uari Uira Cocha Runa [los hombres de la edad Wari Wira Qucha], el segundo, Uari Runa [los hombres Wari Runa], el tersero, Purun Runa [gente de la edad del Purun], el quarto, Auca Runa [gente de la época de guerra], el quinto, Yncap Runan [gente de la época de los Inka], el sesto, Pachacuti Runa [los hombres del Inka que puso el mundo al revés]: Chalco Chima ynga, Quis Quis ynga, Aua Panti ynga, capitanes, rreynando Topa Cuci Gualpa Uascar Ynga, lexítimo, y contradición con su ermano Atagualpa, uastardo Ynga, aucanacuscan pacha, cutiscan pacha [la era de las luchas, la de la rebelión]. El sétimo, conquista cristiano runa, don Francisco Pizarro y don Diego de Almagro, don Luys de Áualos de Ayala, conquistascan pacha [la época de la conquista], rreyna doña Juana de Castilla, enperador don Carlos pacha runa [del tiempo de don Carlos]. El otabo, cristianopachapi, auca tucuscan rreyninchicmanta quiuicuscan, alsascan pacha, Yscay sonco traydor don Francisco Pizarro, paypa uauquin Gonzalo Pizarro, don Diego de Almagro macho, don Diego de Almagro uayna mestizopaypa churin, Francisco Hernandes Girón, auca tucuscan pacha runa. [Durante la época cristiana se volvieron enemigos y se rebelaron contra nuestro rey, tiempo de rebelión, los traidores Francisco Pizarro y su hermano Gonzalo Pizarro, don Diego de Almagro el viejo, don Diego de Almagro el joven, su hijo mestizo, Francisco Hernández Girón, la era de los hombres que se hicieron la guerra.] El noueno, allin tactalla cristiano justicia, alli cascan, capac apo señor rrey enperador don Carlos, paypa churin don Phelipe segundo, rrey, paypa churin don Phelipe terzero cauzapuuanchic, allin cristiano cayninchicta uacaychan capac cayninuan. [La justicia cristiana, el bienestar, el señor poderoso señor rey emperador don Carlos, su hijo don Felipe segundo, rey, su hijo don Felipe tercero, por quien vivimos y quien guarda nuestro bienestar cristiano con su señoría.] El décimo, cristiano cayninchic yallin, miran. Cayta yuyaycunqui soncoyqui ánimayquipe [Nuestra cristiandad emerge y aumenta. Esto debes ponderar en tu corazón y en tu alma.]. Aués de conzederar en tu corasón y ánima, cristiano. Conzedera que los primeros yndios Uari Uira Cocha Runa, primer gente, y el segundo gente, Uari Runa - unos dizen que éstos fueron gigantes -, el tersero gente, Purun Runa, el quarto, Auca Runa, fueron gente de poco sauer pero no fueron ydúlatras. Y los españoles fueron de poco sauer pero desde primero fueron ydúlatras gentiles, como los yndios desde el tienpo del Ynga fueron ydúlatras. Los primeros yndios tubo sonbra de conoser al criador como por ello le llamauan: “Ticze caylla uira cocha, dios maypim canqui? / wira qucha / Wari Wira Qucha Runa / Wari Runa / Purun Runa / Awqa Runa / Inkap Runan / Pacha Kuti Runa / awqanakusqan pacha, kutisqan pacha / conquistasqan pacha / don Carlos pacha runa / Cristiano pachapi, awqa tukusqan reyninchikmanta q'iwikusqan, alzasqan pacha. Iskay sunqu traidor Francisco Pizarro, paypa wawqin Gonzalo Pizarro, don Diego de Almagro machu, don Diego de Almagro wayna mestizo paypa churin, Francisco Hernández Girón, awqa tukusqan pacha runa. / allin tactalla cristiano justicia, alli kasqan, qhapaq apu señor rey emperador don Carlos, paypa churin don Felipe segundo, rey, paypa churin don Felipe tercero kawsapuwanchik, allin cristiano kayninchikta waqaychan qhapaq kayninwan. / Cristiano kayninchik yallin, miran. Kayta yuyaykunki sunquyki ánimaykipi. / “T'iqsi qaylla wira qucha, dios maypim kanki? / Hanac pachapicho? Uco pachapicho? Ticze caylla pachapicho? Runa camac, allpamantallutac, cay pacha ymaymanatapas rurac.” De manera para conzedrar que dezían: “O dios mío español, hazedor de los hombres y del mundo, ¿adónde estás? ¿En el cielo o en el mundo o en el cabo del mundo o en el enfierno? Hazedor de los hombres de la tierra y este mundo y todas las cosas, hazedor de ellas.” Con estas palabras adorauan y se hincauan de rrodillas, auiertas las manos, mirauan al cielo los antigos yndios hasta el quarto edad del mundo llamado Auca Runa [gente de la época de guerra]. Y aués de conzederar todo lo dicho, cristiano. Conzedera de los yndios del tienpo de los Yngas ydulatraron como gentiles y adoraron al sol su padre del Ynga y a la luna su madre y a las estrellas sus ermanos y a sus ýdulos uaca bilca, Uana Cauri y adonde salió de Pacari Tanbo. Y ancí mandó en todo el rreyno adorar a los demás ýdulos y domonios guaca bilcas, adoraron todos los yndios deste rreyno. Con todo eso guardaron los mandamientos y buenas obras de misericordia de Dios en este rreyno, lo qual no lo guarda agora los cristianos. Aués de conzederar, cristiano, ques la causa de los malos padres. Conzedera como los sabios que conponen los libros y lo escriuen para el seruicio de Dios, aunque lo escriua de fábulas, algunos son buenos para el seruicio de Dios y algunos para emienda de uida o para entretenimiento o bien del cuerpo en el mundo. Éstos son santos dotores alumbrado por el Espíritu Santo que le dio gracia. Aunque están muertos se deue llamarse dotor de Dios de la santa yglecia o de la ley o de medecinas, como del muy rrebrendo fray Luys de Granada a uenido en mucho aumento del seruicio de Dios, como de rrebrendo fray Domingo que escriuió del bocabulario2, lengua de los yndios, que trauajó tanto cin escrito, como de fray Pedro d'Uré de la horden del señor San Francisco3 y de otros muchos santos dotores y lesenciados, maystros, bachelleres4. Éstos se puede tener títulos de ellos. Otros que no an escrito el comienso de las letras, a, b, c, se quieren llanarse lesenciado, asno, de farsante y se firma como don Beuiendo y doña Calabaza. Te [sic] odo esto el cristiano letor a de conzederar. / Hanaq pachapichu? Ukhu pachapichu? T'iksi, qaylla pachapichu! Runa kamaq, allpamanta llut'aq, kay pacha imaymanatapas ruraq.” / waqa willka / S[AN]TA OBRA DE LA CARIDAD que tienen los yndios deste rreyno con sus prógimos: Y ancí comen en la plaza pública por dalle de comer a los pobres enfermos y peligrinos, la ley antigua y la ley de Dios de las buenas obras de misericordia. “Corpachanqui”. [“Debes hospedarlos”.] Cómo los yndios primeros, aunque de los Yngas fueron ydúlatras, tubieron fe y mandamiento de sus dioses y ley y buena obra guardaron y cumplieron. Y tubieron rreys y señores grandes y capitanes y justicias y toda pulicía, entero fe de la corona rreal y magestad del Ynga y conseruación entre ellos. Aués de conzedrar. Conzedera lo desta uida, auiendo tantos buenos rreligiosos y justicias, todos andan alborotados de la fe de Jesucristo y de la ley del rrey y de sus señores grandes porque tienen tales maystros. Y ací se pierden las ánimas de los cristianos en esta uida. Aués de conzederar desto, cristiano. Conzedera de cómo los pobres yndios tienen tantos rreys Yngas. Antiguamente tenía sólo un rrey Ynga. Y ancí en esta uida ay muchos Yngas: corregidor Ynga, doze tinientes son Yngas, ermano o hijo del corregidor y muger del corregidor y todos sus criados hasta los negros son Yngas y sus parientes y escriuano son Yngas. Los encomenderos y sus ermanos o hijos y criados, mayordomos y mestizos y mulatos, negros y su muger, yanaconas [criados] y chinaconas [criadas], cocinaras son Yngas. Y los padres y sus ermanos y hijos y mayordomos, yanaconas, coseneras o amigos hasta sus fiscales y sacristanes, cantores son Yngas. Los susodichos hazen grandes daños y males a los yndios en este rreyno. Tantos Yngas aués de conzederar. Conzedera que los yndios tienen tanto pleyto en esta uida. En tienpo de los Yngas no la tenía porque le enseña los dichos mestizos, españoles a mentir y hurtar porque les quiere sacalle quatro rreales y camaricos [donación] y mitayos [que prestan trabajo] y presentes. Lo saca por fuerza de los dichos pobres yndios. Conzedera esto. Conzedera que los yndios tienen ya costumbre como español de jugar y deuer que deuen mil pesos o quinientos o docientos, lo qual no lo auía en tienpo de los Yngas los yndios en este rreyno. Aués de conzederar que le enseña españoles este uicio. Que aués de conzederar que todo el mundo es de Dios y ancí Castilla es de los españoles y las Yndias es de los yndios y Guenea es de los negros. Que cada déstos son lexítimos propetarios, no tan solamente por la ley, cómo lo escriuió San Pablo que de dies años estaua de pocición y se llamaua rromano. Que uien puede ser esta ley porque un español al otro español, aunque sea judío o moro, son españoles, que no se entremete a otra nación cino que son españoles de Castilla. La ley de Castilla, que no es de otra generación que a razón de los yndios que se qüenta y le dize por la ley y la de llamar estrangeros, y en la lengua de los yndios, mitmac, Castillamanta samoc, que uinieron de Castilla. Y los yndios son propetarios naturales deste rreyno, y los españoles, naturales de España. Acá en este rreyno son estrangeros, mitimays. Cada uno en su rreyno son propetarios lexítimos, poseedores, no por el rrey cino por Dios y por justicia de Dios: Hizo el mundo y la tierra y plantó en ellas cada cimiente, el español en Castilla, el yndio en las Yndias, el negro en Guynea. Y ancí como los yndios no tengan ydúlatra y tengan cristiandad y capilla, aunque sea dos yndios, cada año se truequen por alcalde de canpo porque ayga en ellos Dios y la justicia y rrey, que entra propetario y lexítimo señor. Porque es Ynga y rrey, que otro español ni padre no tiene que entrar porque el Ynga era propetario y lexítimo rrey. Y ací lo es el mismo rrey porque la corona lo ganó y después los pobres de don Francisco Pizarro, don Diego de Almagro, Gonzalo Pizarro, Caruajal, Francisco Hernandes Girón y se defendió de ellos. Y le costó su trauajo y perdió y trauajó y ganó. Y ancí es propetario lexítimo, rrey. Y ancí, aunque le haga merced al padre, al español en las tierras que se conponga con el rrey, no es propetario. Y ací a de tener obedencia al señor prencipales y justicias, propetarios lexítimos de las tierras, que sea señor o señora. Y la de seruir y honrrar todos los españoles y españolas, mestizos, mulatos, negros. Y ancí se sirue a Dios y a su Magestad según la ley y derecho de cristiano de cada natural en su rreyno en todo el mundo y cristiandad. Aués de consederar, cristiano, esta ley de Dios. VMILDAD, OBEDENCIA y serbicio a Dios y a su padre y madre y a su Magestad que tenían los hombres y mugeres antigos de la conquista: De ueynte años andaua cin capa y cin sonbrero los españoles y indios y el buen egenplo de Catón de Roma1 tenía los yndios deste rreyno. Aués de conzederar en tienpo de los Yngas y después en la conquista, ací los yndios como yndias y españoles, fueron muy ubidentes. Tenía mucha fe en Dios y leal y tenía mucha caridad, umildad, criauan a sus hijos y hijas con castigo y dotrina. Andauan cin capa y cin sonbrero hasta beynte años hasta que le puntauan las barbas, muy ubidente a Dios y a su padre y madre y al rrey y a los biejos y biejas. Le obedecía y le llamaua padre y madre, ermanos a los mayores, y a los menores, hijos. Y rrespetauan muy mucho con una humildad y bien nacidos y criados. Y ancí los yndios luego tomaron fe de Dios en su ánima y corasón. Y la gente desta uida son perdidos. Es la culpa de los padres y madres que Dios le a de castigar por culpa de su hijo y le a de echar al ynfierno. Conzedera que en esta uida no ay justicia. Todo es enterés y amigo de leuantarse y buscar uida axena y matarse unos como otros. Ci este cauallero se leuantase y alsase estandarte rreal y la ciudad defendiese a la corona rreal y pelease un credo, un apretón ciquiera que diese en seruicio de Dios y de su Magestad, fuera gran seruicio y honrra de la dicha ciudad y memoria en el mundo. Pero memoria y afrenta de enbustes y maldades en el mundo la señal quésta es ynfame y deshonrra. Auía de enterrarse en ciete estados pero santo del pobre cauallero que fue martirizado de cristiano que no de ynfiel. Es santo de los santos uerdaderamente, estará en el cielo. Aués de conzederar la historia deste pobre cauallero don García de Solís Portucarrero1, noble cauallero del áuito del señor Santiago, corregidor y justicia mayor que fue de la ciudad de Guamanga y de las minas de Guancabilca por la zédula rreal de su Magestad. Le prendieron estando en la uilla de Guancabilca seruiendo a su Magestad. Le prendieron a oras de uísperas en la plasuela de la perroquia de Santa Ana. Coino auía uenido del serro de las minas, y le hallaron cin armas ofencibas y defencibas cino sólo su persona, y en su casa no se halló cosa y no tenía conpañía, da donde lo lleuaron preso el capitán nombrado y los demás soldados sus enemigos. Y lo lleuaron a la ciudad de Guamanga a entregar a las manos de todos sus enemigos de aquella ciudad. Y lo lleuaron preso a buen rrecaudo y muy pobre, preseguido, le lleuaron derecho a la cárzel pública. Y allí estubo preso dos meses en el calaboso cin dalle fabor ni ayuda. Que toda la ciudad fueron contra él ni auía quien le diera un jarro de agua por amor de Dios, cino que fue una muger prencipal cristiana, doña Ynés de Uillalobos, que lo seruía y daua de comer por caridad, aunque después le prendieron a esta dicha señora por la limosna que hizo. Y trageron por jues de la ciudad de los Reys de Lima a un jues de poca caridad y era su enemigo mortal; quando le dixeron que uenía un alcalde de corte por su jues, luego dijo don García: “Miserere mey deus secundum magnam misericordiam tuam”: “Comendo mi ánima en Dios y a la Uirgen María y a sus santos.” Y dixo que ya uenía su cochillo y uerdugo y muerte que Dios lo quería, ací cúmplase su boluntad: “Que uiene mi enimigo; es mi muerte.” Y ancí desde entonses, comensó a hazer penitencia. Hasta morir no sesó y se puso selicio y descalso y no se tresquiló, haziendo oraciones, lloraua cienpre. Y ací al pobre caballero le leuantaron testimonio sus criados que tenía el dicho don García, llamada Peralta, Orejón, Urbina. Estos dichos tres criados rrobaron una tienda para jugar y desta culpa le quizo castigar a los susodichos. Y por uengarse lo declararon y juraron falsamente contra el dicho don García, leuantado testimonio de cómo se quería alsarse contra la corona rreal. Y se fueron a decillo a todos sus enemigos. Y ací al dicho don Melchor Ynga le leuantaron y al dicho Alonso Gutierres Houero le dieron garrote y murió mártir y le hicieron quartos. Al pobre don Carlos Melchor Ynga le enbarcaron a España. Y a don García le sacaron a la justicia. Salió a comulgarse; allí lo uieron todos sus enemigos que desearon uengarse. Como uido a sus enemigos, alsó las manos y los ojos al cielo y lloró teniéndole lástima daquellos testimonieros. No tenía pena de su persona, ya sauía que auía de morir mártir y que era seruidor de su Magestad, que todo era mentira. Y ancí le sacaron todo cubierto de luto como a malhechor, ciendo caballero y seruidor de Dios y de su Magestad. Y le subieron en una mula, preso en las manos un santo crucifixo. Lleuaua los ojos todo cubierto de lágrimas, hincado al cielo y al santo crucifixo, rrezando en unas oras todas las letanías y miserere mey. Y andaua por todas las calles pidiendo perdón, deziendo a boses que la ciudad le leuantaua testimonio. Como aquel cordero santo le leuantó los judíos y sayones, ací le leuantaua testimonio, que él era cauallero, seruidor de Dios y de su Magestad y del áuito del señor Santiago. Llegó al tablado questaua en la plasa, cubierto de luto. Y allí se confesó y se puso a las manos de Dios su ánima y su cuerpo a las manos de sus enemigos y del uerdugo. Y dixo: “Mi ánima sea con Dios y con la uirgen Santa María, con todos los santos y santas, ángeles.” Alsó los ojos al cielo y puso la cauesa al degüello con un amor y caridad a las manos del uerdugo. Y ací le degollaron. Murió santo mártir. Y después escríuieron un mestizo y el negro uerdugo falsa y mentira y fueron castigados y el testigo yndia, negra fueron castigados. Y lo puciero la cauesa con el letrero en la plasa: “Afrenta y deshonrra de la ciudad” Luego lo sacaron los cristianos, que ci fuera traydor, no lo sacara. Desto hizo la ciudad gran daño a los pobres flayres franciscos. Y ací se acabó. PVLICÍA I CRISTIANDAD y cofrade1 ueynte y quatro ermanos desta horden santa de yndios, yndias Adonde entra la pulítica y cristiandad de los yndios y se le dexara y no les metiera con tanto trauajo y maltratamiento y rroballe sus haziendas y otras cosas y quitalle sus mugeres y hijas, lo qual no se huzan en la tierra de promición de cristiandad. Para que ueáys que son cristianos y tienen fe los yndios y tienen capillanía y altares y hermita en sus estancias y chacaras y tienen ymágenes y bultos y hornamentos y pendones y muchos seriales y candelas de sera, y con ello priostes, mayordomos, munidores y fiscales y cofrades cincillos y ermanos y ueynti y quatro y en la fiesta mucha dansa y haylles [canto] y taquies [danza] a costa de ellos para honrrar la dicha fiesta. Cómo an uisto los españoles y becinos de enbidia teniendo de hazienda cinqüenta mil pesos, se mete con los yndios. No son para hazer otro tanto. Ci estos yndios fueran encomendados becinos de yndios que tubiese rrenta como los becinos, creo que hiziera mucho más cristiandad y pulicía. Después dizen que los yndios son bárbaros y no son cristianos. Es al contrario de lo que dizen los españoles auarientos deste rreyno. Aués de conzederar, cristiano. Conzedera cómo no alcansan justicia los pobres yndios en esta uida porque todos son enteresados y todos hurtan y rroban de los yndios en este rreyno. Conzedera esto. Conzedera cómo maltrata y hurta y rroba de los yndios los dichos corregidores y sus mugeres y ermanos y parientes y escriuano, tinientes y criados en este rreyno. Conzedera. Conzedera cómo maltrata y hurta los padres de las dotrinas y sus ermanos y hijos y criados hasta las sus cocinaras en todo este rreyno. Aués de conzederar en esto. Conzedera cómo maltrata y hurta y rroba los comenderos y sus mugeres y mayordomos y ermanos y hijos y sus mugeres de los mayordomos y parientes y criados con color de la tasa y se cirue y pide rregalos y mitayo [que presta trabajo] y camarico [contribución] en este rreyno. Aués de consederar esta enjusta cosa. Conzedera cómo le rroba y maltrata los dichos mineros de su Magestad y sus mayordomos con color de que dizen que cirue a su Magestad y castiga y maltrata a los yndios cirues y a sus mugeres y hijos en este rreyno. Conzedera estas perjuyciales. Conzedera cómo le hurta y rroba los españoles pasageros, caminantes que llegan a los dichos tanbos [mesón] y pueblos y le dan de palos a los pobres de los yndios, alcaldes y mitayos [el que trabaja] y le carga por fuerza como a caballo y animal los dichos españoles cristianos de fuerza en este rreyno. Aués de conzederar desto. Conzedera cómo le rroba y hurta sus haziendas los dichos jueses, pisquicidores y rreseptores con color del arrimo de las minas y plaza que les enbía los dichos corregidores, alcaldes. Y desnudan a los pobres yndios y a los caciques príncipales y demás mandones en este rreyno. Conzedera esto. Conzedera cómo le rroba y hurta a los yndios sus haziendas y trauajos y lo que tenían los dichos caciques principales y segunda y mandones, curaca de la uaranga [señor de 1000 unidades domésticas], pisca pachaca[de 500 unidades domésticas], pisca chunga[de 50], chunga [de 10], pisca [de 5], alcaldes, mandoncillos, rregidores, alguazil mayores, minores, alcayde, pregonero, que todos son contra los pobres yndios en este rreyno. Conzedera. Conzedera cómo le rroba y hurta a los pobres yndios los dichos alcaldes mayores, alcaldes de minas y de plasa, alcaldes de canpo y de tanbo. Éstos rroban más que todos en este rreyno. Aués de conzederar en tu ánima y corasón este trato. Conzedera cómo le rroba y hurta los fiscales mayores y minores, sacristanes, cantores, mayordomos, cofrades, munidores y sus fiscales. Roban y hurtan en este rreyno a los yndios. Conzedera este trauajo en los pobres. Conzedera cómo les rroba y hurta a los yndios y a los padres dotrinantes los dichos becitadores y sus oficiales de la santa madre yglecia, notario, fiscal y el dicho uicario en cada pueblo a los yndios, yndias con color de la becita en este rreyno. Conzedera. Conzedera cómo le rroba y hurta quanto puede los cobradores de la taza de los yndios, los mayordomos y de la corona rreal de su Magestad, los tezoreros y los jueses con color de la taza y tributo deste rreyno. Conzedera en esto. CÓMO LE [sic] MALTRATAmiento de los corregidores y padres españoles deste rreyno a los yndios, yndias pobres. Están en su tierra cin concideración de ello y no teme a Dios ni a la justicia de su Magestad. Cómo es enemigo mortal de los yndios los dichos corregidores y enemigo mortal de las yndias los dichos padres y curas de las dotrinas y mucho más de los caciques prencipales. Todos los españoles son contra los yndios pobres deste rreyno. Ay que conzederar en éste mucho. Conzedera que los pobres de Jesucristo, los ciegos, tulidos, enfermos, biejos, biejas, biudas, güérfanos que en esta uida pasan trauajo y no ay limosna. Y no ay cristianos ni sanctos, que todos están en el cielo. Y ancí no ay caridad. Por eso los pobres padesen trauajo, hambre y sed y frío y castigos y preciguimientos en este rreyno. Conzedera. Conzedera que los dichos caciques principales y otros yndios que se hazen mandoncillos en este rreyno enpiden todas las tierras en los pueblos y fuera de ellas, de sementeras, pastos, corrales que sobran y se pierden porque no los benefician y lo estorua a los yndios. Que las benefician deziendo que son suyas y piden paga del alquil, arrendamiento y se prouechan ellos y no se los da a los dichos erederos de las dichas tierras. Y ací en partes y quebradas y uaycos [quebrada] , en pucyos [manantial] o rríos que se saca la agua del rriego, se pierde y se quiebra y se haze monte y los andenes se cae. Y se pierde lo que los primeros yndios Uari Uira Cocha Runa, Uari Runa y Purun Runa, Auca Runatrauajaron y rronpieron tierra uirgen. En partes dizen que sernían la tierra y sacauan las piedrecitas menudas, de lo qual hasta agora están amontonados las piedrecitas que sacaron de lo que sernían. Y los andenes están puestas a mano: aunque fue llano, de fuerza lo aderesaron gastando sus comidas y trauajo. Y ancí no es justo que se pierda porque ci no lo beneficia se perderá para cienpre y peor de los dichos yndios pobres erederos y pierde el seruicio de Dios y pierde su Magestad su rreal quinto. Y se huelga que se pierda los dichos padres y curas de las dichas dotrinas a los dichos que la cienbra con color de la dotrina. Luego les echa de las dichas tierras que no se le da nada y de su parte los dichos corregidores los echa y muchos más lo echa los dichos comenderos porque ellos entran de fuerza en las tierras y citios, quebradas y sementeras y pastos y les haze gran daño, haziendo estancia de cabras, ouexas, bacas, yeguas. Y no se les paga a los dichos pobres yndios ni paga el diesmo y primincia ni paga el quinto ni la alcauala ni el pecho a su Magestad lo que le uiene de derecho. Y ancí en este rreyno es muy justo que todos coman y mantengan y cienbran, ací yndios o españoles o mestizos o mulatos, negros, horros, sospendiendo a que no entre el comendero o padre, corregidor y sus ermanos y hijos y deudos que no se entremeta. Y ci fuere yndio natural no tiene que pagar los susodichos y se fuere forastero y los demás españoles, pague todo lo dicho al dueño de las dichas tierras con que no les pague en chicha ni uino ni coca, cino fuere en plata para sus tributos y taza y sustento de sus mugeres y hijos, y alquilar a las minas, que pague en maýs, trigo, rropa o ganado. Y no se le pueda uender las dichas tierras y moyas [huerta] y pastos, corrales de nenguna manera ni dejar al padre en su testamento, sino a la comunidad. Y ci no tubiere eredero, y ci le hiciere el menor agrauio, cin pleyto le eche los yndios de sus tierras, a lo menos el dicho dueño eredero, y no lo eche el padre ni corregidor ni comendero. Pero que no tenga mansebas yndias ni tenga yndios chico ni grande en las dichas tierra. Y ci lo tubiere, el corregidor, padre, lo eche de ellas. Y ancí será de prouecho del seruicio de Dios y de su Magestad de las dichas tierras en este rreyno. Y le ualdrá mucho a su Magestad y al eredero de las dichas tierras. Conzedera esto en todo el rreyno, que esté llieno de cristianos, uilla, aldea de los pueblos. Conzedera la pulicía y ley y justicia que tubieron los yndios, rrey y conzejo, justicias, príncipes, principales, caualleros deste rreyno. El rrey fue capac, Topa Ynga Yupanqui; príncipe, auquicona; excelentícimo señor, capac apo Guaman Chaua, Allauca Guanoco, Yaro Uilca; principales, guamanin apo; señor de un corregimiento, apo; segundas personas, curacas; mandoncillos, caualleros, uaranga curaca, pisca pachaca camachicoc, pachaca camachicoc, pisca chunga camachicoc, chunga camachicoc, pisca camachicoc; coya, rreyna; nusta, prensesa; palla, señora; capac guarme, excelentícima señora; curaca uarmi, mayor señora; allicac uarmi, señora. / kuka / muya / qhapaq / awkikuna / qhapaq apu / wamanin apu / apu / kuraka / waranqa kuraka / pisqa pachaka kamachikuq / pachaka kamachikuq / pisqa chunka kamachikuq / chunka kamachikuq / pisqa kamachikuq / quya / ñust'a / palla / qhapaq warmi / kuraka warmi / allikaq warmi / CÓMO MALTRATA A sus negros y negras esclabos y los buenos esclabos lo lleua con pasencia por amor de Dios. Y no le dan de bestir y de comer y no conzederan que le hizo Dios y murió por ellos como por los españoles. Cómo lleua los buenos negros y cristianos tanto pasencia. Ciendo cazados, seruiendo a Dios y el maldeto y soberbioso que no teme a Dios ni a la justicia de su amo y de su ama españoles los maltrata y pide jornal y tributo y no le dan de comer ni de bestir, andan desnudos. Como se uen esclabos, callan y se encomiendan a Dios y a la Uirgen María y a todos los santos y santas, ángeles del cielo en este rreyno. Aués de consederar, cristiano. Conzedera que ay muy cristianos negros que de ellos salen santos que fue San Juan de Buenauentura. Y de ellos salen muy malos, enubidentes y mentirosos, ladrones, salteadores y borrachos y jugadores negros y negras en este rreyno. Conzedera. Conzedera cómo se haze malo negros y negras y se enseñan famosos ladrones y salteadores y malos cristianos. Unos, porque no son castigados y porque no tiene hierro en los pies, amansa uellacos y porque no le dotrinan ni tienen entre ellos justicia. Otros, por la causa de sus amos y amas que les maltrata cin rrazón y les castiga cruelmente y no les dan de comer, almozar, comer a las doze y senar ni le da de bestir. De su jornal, le piden mucha plata y les haze trauajar cin comer desde por la mañana, saliendo el sol hasta entrar. Y algunos le da de comer de puro mízero una ues al día a las doze, dizen almozar. Y ací se le mueren. El quien trauaja quiere comer tres ueses al día y trauajar largamente. Y no le dan ningún rregalo ni carne. Tanbién son cristianos que desea comer apititos los pobres negros, negras en este rreyno. Conzedera que perdéys. Conzedera que a los dichos negros no tiene poder de traer arma defenciba, ofenciba, aunque sea no se le concienta traer cochillo ni garrote ni a los mulatos catibos. Y a los mulatos o mestizos o españoles para traer arma, primero se conponga con su Magestad. Y acimismo los dichos españoles que no trayga arma hasta tener edad de ueynte años para arriua y al moso se le a de dar las armas y título los señores gouernadores de su Magestad que le dé las dichas armas para defenderse sólo para seruir a Dios y a su Magestad y para la defense de nuestro santa fe católica, cristiandad en este rreyno en el mundo en toda cristiandad. Se conponga con su Magestad de ello y de otra manera no lo pueda traello, sean perdidos cin título. Y los dichos negros son gente rrecia; no ay que fiar. Y son esclabos; quieren una ues beuir y murir y son borrachos, jugadores, ladrones, salteadores. Y ancí no se puede dar arma cino fuere de algún señor grande o jues o becitador o cacique prencipal deste rreyno; pueda traer arma y alauarda y sea alauardero de su señor, amo. Y a los dichos españoles no se le dé lisencia de traer ninguna arma a los honbres que fueren locos, tontos ni a hombre arreuatado ni a honbre cargado de deuda ni a hombre seloso de su muger ni a hombre perjuro ni a hombre jugador, borracho, ladrón ni a hombre que no tema a Dios ni a la justicia ni a los padres, saserdotes o que sea de la corona, motilón, hermitaño. Que todos los dichos pierda, acimismo el cacique prencipal y segunda persona que fuere borracho, coquero y jugador. Que ellos ni sus esclabos ni sus yndios por ellos no pueda traer arma. Y ci fuere linpio desto, libremente trayga arma ellos como sus ermanos y hijos y nietos, bisnietos, desendientes, arma. Questo le ualga título conforme la ley y merced del rrey enperador. Le hizo cauallero don Juan, don Pedro, don Francisco en todo el rreyno. Conzedera esta horde y pulicía y cristiandad. Conzedera que en el mundo a a [sic] de auer pulicía y cristiandad en las ciudades grandes como Lima. A de auer quatro alcaldes hordenarios y cabildo. Y en las uillas como en Yca, dos alcaldes, negros o mulatos, aunque sea esclabo, horro por la ley de cristiano y justicia de Dios y de su Magestad en todo el mundo. A de auer alcalde, rregidor, alguazil mayor, menor, alcayde, pregonero, escriuano de cabildo, fiscal de la yglecia, procurador entre ellos. Y ací el quarterón español o yndio; es horro1 del rrey. Ci es cauallero, es pechero o cacique principal o yndio tributario y ci es mulato fino esclabo. Éstos an de seruir por escriuano, alcayde, alguazil. Conzedera. VIDA DE LOS LADRONES: “Alli suuaconqui. Noca yanapascayqui.” [“Vas a robar bien. Yo te voy a ayudar.”] / “Pachac cullqui”. [“Aquí tienes cien monedas de plata.”] / ladrón, suua / / Alli suwakunki. Ñuqa yanapasqayki. / Pachak qullqi. / suwa / Cómo ay muy famosos ladrones y jugadores, rrufianes, salteadores y mintirosos, peor que negros, españoles como en Castilla en este rreyno. Porque en tienpo de los Yngas no tenían puertas ni caxa ni serradura, llaues. Tenían sus casas serrado con dos palillos. Agora ay grandícimos ladrones que desserraxan y hurtan y rroban los yndios como españoles y peor que negros. En esta uida los yndios que no tienen oficio lo que no trauajan quiere y entiende sólo bestir y enborrachar y jugar a los naypes entre ellos con los españoles y negros en este rreyno. Conzedera. Conzedera cómo son tan peresosos los yndios y las yndias en esta uida. Son holgasanes yanaconas, chinaconas porque les enseña los españoles y españolas, trayéndole por yanacona [criado] o po [sic] muchacho o chinacona [criada], ama o cosenera, panadera, despensera. Y ancí se pierde y se hazen muy grandes putas y paren mestisos. Y ancí se despuebla los pueblos y se acauan los yndios y multiplica mestisos. Cin prouecho pierde su Magestad1 deste rreyno. Conzedera desto. Conzedera que cómo los yndios se huyen de misa y de la dotrina y de los sermones por la causa y rrazón y por ser muy cruel el padre de las dotrinas. Le castiga y le fuerza y le quita sus haziendas y hijas y ancí se huyn. Y uiendo a un padre de la Conpañía de Jesús o flayre franciscano o hermitaño, se huelga y se confiesa. Conzedera deste trauajo de pobre. Conzedera cómo biuen mal cazados los yndios en este rreyno en esta uida. Que en tienpo de los Yngas no auía adúlteras, putas, mal cazadas. Agora lo ay por las causas ciguientes: El primero, como uen a las españoles; el segundo, que son grandes borrachas las mugeres y comen rregalos y ancí enciende la luxuria; el terzero, como uen al corregidor, padre, comendero, españoles estar amansebado quiere ellos tanbién; el quarto, le fornica de fuersa a sus mugeres y hijas, donzellas y no ay rremedio. Y ancí se hazen ya después las dichas yndias muy grandes putas y no ay castigo. Conzedera esto. Conzedera del trage y uso, áuito de los yndios, de los españoles, de los antigos y los desta uida y la pulicía y cristiandad que ay ahora y más de los yndios de pocos años, esta parte y ser cristiano nuebo que lleua uentaja a los cristianos biejos y lo lleuara ci lo dexa y le enseña. Conzedera de ello. Conzedera, vuestra Magestad, de todos los capítulos contenidos y conzederando a ello muy atentamente, torne a conzederar de los pobres yndios deste rreyno y de los caciques prencipales como de don Cristóbal de León1. Le echaron y despocieron y le castigaron, afrentaron porque daua fabor y ayudaua y defendía a los pobres yndios de la prouincia. Y el padre y corregidor, comendero fueron enemigos mortales; lo que deseauan que le ahorcara o que le echara a las galeras. Le priciguió los saserdotes de la prouincia y ací le castigaron y le echaron de la prouincia el uecitador de la santa madre yglecia que entonses fue. Y le bicitó al dicho padre; aunque hacía muy grandes daños le sentenció por buen saserdote dotrinante y libre. Cin costas de cohecho, le sacó dos mil pesos y sentencia a don Cristóbal de León al hospital de destierro, lo que quería el dicho padre y corregidor y los demás en la prouincia, año de 1611. Diré aserca desto para que vuestra Magestad lo sepa y consedere y se escriue como es uerdad. Son enemigos mortales todos los corregidores y tinientes y españoles y padres, curas de las dotrinas enteresados y uecitadores de la santa yglecia y jueses y comenderos porque lo a de defender a los pobres yndios, ací de sus haziendas y como de sus comidas y de sus personas y más de sus mugeres y hijas los dichos caciques prencipales deste rreyno. Questando yo en esta dicha prouincia gouernando y defendiendo de todos estos dichos ferós animales que no teme a Dios ni a la justicia en el pueblo de la prouincia llamado la Concipción de Guaylla Pampa Apcara, ciendo corregidor don Antonio Monrroy2, ciendo el padre licinciado Alonso Rota uicario de la prouincia y Diego Ueltrán de Sarauia, 3gran papelista, y Hernán Rodrigues de Pinieda y todo los demás saserdotes de los Lucanas y Soras de la prouincia se ajuntaron y hicieron cabildo y ordenaron y nombraron notario para hazer enformación y auto, buscándome uida, en meneando una paxa para uengarse hacia lo criminal y echarme de la prouincia y quedar ellos desollando y quitando las hijas a los pobres yndios. Con to[do] eso me quiso afrentar cin culpa y me maltrató y me molestió y me tubo preso en la cárzel pública y me mandó que no parisiese en la dicha prouincia. Acimismo lo haze con todos los demás caciques prencipales de este vuestro rreyno del Pirú. Y ací se acaua los señores prencipales y los pobres yndios se ausentan y se despuebla. Adonde auía en la becita general cien yndios tributarios, no ay dies, y ellos y sus ganados y haziendas se acauan como tengo dicho a vuestra Magestad para que conzedere. Ci las donzellas lo desuirga y lo toma para cí todas hasta que sean medias uiejas con color de la dotrina y después de ser uiexa, pasados de cinqüenta años que en su uida ya no hará hijo, que la sobra que dexa las cojas y feas, enfermas, mancas, tollidas yndias lo dexa. Y ací no multiplica ni multipricará los yndios, más multiplica los mestizos, andan en áuito de yndios. Por esta rrazón, vuestra Magestad deue mandar y suspender de conoser de causas de pecados ciuiles y criminales, cino que la misma audiencia o un jues que para ello vuestra Magestad señalare le connoca [sic] y que rrecida en los Rey de Lima y que con el contrario querellante acuda personalmente parra el seruicio de Dios y de uuestra corona rreal y bien de los pobres de Jesucristo. Le dé vuestra Magestad esta prouición sobornadas y rremitida a la corte de uuestro rreyno adonde precide bueso bizorrey y encargando a todos los yndios de bueso rreyno, principales que defienda a sus yndios. Y ancí vuestra Magestad seruirá Dios y bien, aumento de los yndios deste rreyno. Conzedere vuestra Magestad de todo ello, bien de los yndios. Conzedera cómo las cosas de rropa de Castilla y de la tierra y ganados de Castilla y de la tierra y comidas de Castilla y de la tierra en la conquista ualía muy uarato porque los españoles no lo comían cino su natural comida y los yndios, lo propio. Y tenían asco de comellas y del bestido, lo propio. Agora todos se bisten y los comen mejor y ací uale muy cara todas las cosas en este rreyno, ací de español como de yndios. Conzedera. S[AN]TA M[ARÍ]A PEÑA DE FRANCIA rruega a su hijo Señor Jesucristo y los santos y santas, ángeles del cielo por el mundo y por los pecadores. Aués de conzederar, cristiano, y tener deboción de Santa María de Peña de Francia. / INRI / Santa María suplica a su hijo. / Santa María de Peña de Francia1, madre de Dios, rruega cienpre por los pecadores del mundo. Conzedera cómo de tantos males y enubidencia y pecados mortales, ueniales no nos castiga Dios por rruego de la Uirgen María y de todos los santos y santas, ángeles del cielo y los questá en el mundo de los santos saserdotes, glérigos, flayres y hermitaños y otros que no traen áuito, santos y santas señoras del mundo. Nos tiene en su santa mano Dios nuestro señor y saluador y criador. Conzedera de todo esto en el mundo y en este rreyno. Y ancí an de ser muy obligado de seruir en los días de su fíesta y sáuados en todo el mundo. Y las misas an de ser de limosna y caridad a la Uirgen María y honrralle y seruille. Los saserdotes no puede lleuar limosna y la limosna sea para sera y lánpara de la Uirgen María en el mundo. Conzedera este seruicio de Dios. Conzedere vuestra Magestad cómo una persona que tiene haziendas de ganados, ouejas que lo a ganado con su trauajo y le duele de ellas porque le costó su sudor y trauajo y no quiere que se le muera ni que estén enfermos ni que se les acaue. Y que se les acaua, ¿con qué a de sustentar él y sus hijos, nietos? Y desea aumentallo y ser rrico y que uaya en más para memoria y que estén buenos y sanos, gordos y multiplique para ualerse de ellos desta hazienda y rriquiesa de las ouejas de Dios que le dio y le hizo hombre a él y a su padre, agüelo y por ellas a tenido muchos rreynos desta dicha hazienda y después Dios le a de tomalle cuenta de ellas porque le dio Dios. Y ací procure de rremediallo estas obejas pobres. Ues aquí, Sacra Magestad, lo que a de consederar que en las minas de azogue se acauan y los que quedan son asogados, que no uale un pito. Y ci no lo rremedia se acauará a vuestra Magestad y a su corona rreal; le a de doler. A los mineros no le duele ni se le da nada. Tanpoco quiero que se cierre; antes aumente y ayga más minas y rriquiesas. Diga vuestra Magestad cómo yo rrepartiré yndios para la labransa y daré horden de que no se muera tanto y se saque fácilmente el azogue. Pero a de comunicar vuestra Magestad conmigo y aconpañar y daré mi pareser como príncipe de los yndios y segunda de vuestra Magestad deste rreyno, seruidor de Dios y de vuestra corona rreal y cristiano católico, seruir sea en todas las minas deste rreyno, seruicio de Dios y de vuestra Magestad y de nuestra santa fe católica y cristiandad y bien de los yndios deste rreyno. Consedere, vuestra Magestad. Conzedera que a de ser faborecido los pobres pecadores del mundo y es muy conbiniente y seruicio de Dios y buena justicia y ley y [sic]cristiana por  cienpre Dios fue misericordioso, amigo de los pobres. Cienpre los pecadores son pobres. Y ací nuestro señor Jesucristo auajó del cielo al mundo y encarnó en la Uirgen María y se hizo Dios y hombre y pasó mártir y derramó su preciosa sangre y murió en la crus. Y ancí questando un pobre pecador ora sea de su culpa u no, porque emos uisto que los dichos jueses arreuatados, digamos agora hombre loco, necio y soberbioso que no teme a Dios ni a su justicia, afrenta o ahorca o degüella o saeta o garrote a algunos que no la deue el pobre la muerte. Como lo de don Francisco de Toledo degolla al rrey Ynga. Ciendo un pobre soldado, mata al rrey por su soberuia. Y lo del cauallero de don García de Solís Puertocarrero murió cin culpa, y destierra al príncipe don Melchor Carlos Ynga cin culpa. Y otros príncipes andan desnudos, cin culpa. Y otros muertes de pobres que no se saue como lo de Juan García de la Uega, minero1. Y para esto, ¿qué rremedio que el culpado apele, ci fuere su enemigo o hombre pacionado, loco o tonto o borracho o enteresado, acimismo de su escriuano? Este dicho tal no pueda sentenciar ni ualga los dichos sentenciados prosesos hechos contra él. Que tome el buen cristiano jues la causa y que de nuebo torne el proseso y sentencia; el malo no pueda ser aconpañado, cino el bueno pueda ser aconpañado en lo jusgado. An de ser tres aconpañados: el primero, la justicia; el segundo, del culpado; el tersero, del querellante para que no sea agrauiado el uno como el otro. Y seguir ci a por esta horden todo los dichos pobres del mundo y se pasare a más, sean castigados los dichos jueses y más los dichos escriuanos. Conzedera, jues. Conzedera como los españoles por medio rreal yrán al ynfierno. Agora lo propio será los yndios que en tienpo de español auido esta cudicia, que en tienpo de los Yngas no auia esta cudicia de oro y plata. Y ancí ay muchos ladrones en esta uida, ací yndios como negros y mucho más los españoles que le desuella a los pobres de los yndios y le hurta y rroba. Y no tan solamente eso, cino le quita a sus mugeres y hijas y mucho más los saserdotes. Aués de conzederar esta torpesa de mundo. MVRIÓ DIOS POR EL MVNdo y por los pobres pecadores, hijos de Adán, Eua. / INRI / Fue crucificado por los pecados. / Conzedera cómo murió Dios y hombre por los pecadores del mundo. Yuyaycuy ymanam Dios uanorcan huchazepa runarayco, cay pachapi cacpac [Recuerda cómo Dios murió por los hombres pecadores para beneficio de aquellos que están en esta tierra]. Murió Jesucristo por el mundo y por los hombres. Pasó tormento y mártir y subió a los cielos después de auer rresucitado. En esta uida andubo pobre, preciguido. Y después el día del juycio, uendrá con una magestad y gloria y trayrá en la mano derecha a su madre bendita Santa María y a todos los santos y santas, ángeles y rregocijos y guernaldas y juyas para pagar a los pobres menospreciados. Y en la esquierda, el ynfierno abierto la boca para tragar a los malos pecadores y enubidentes, soberbiosos y tormentos. fuego, asotes, hiel, castigos, afrentas, martirios cin gloria para los malos pecadores. Con ellos todos los demonios, serpientes, escorpiones, culebras y guzanos, espíritus malos espantosos, nunca uista para castigos todos. De la gloria y del ynfierno tomarán su carne, güeso. Se bistirán para yr adonde le mandare Dios para nunca acauar, Conzedera, cristiano. Conzedera atentamente que Dios tanbién tiene enemigo mortal que no le quiere mostrar los ojos. Conzedera, cristiano, ci lo quiere tan mal pues que no le da el ojo a que uea. Pregunta, cristiano, quién es el enemigo. El enemigo es la soberbia. No ay cosa oy en el mundo ni en el cielo tan mal que el primer pecado que le acometió a Dios. Fue la soberuia daquel tan lindo y hermoso y de toda sus secguases. Uierás caer del cielo al mundo y pasar adelante al profundo enfierno. Que allá son castigados con el fuego de perpetua por su soberuia. Agora, conzedera daquel señor don Francisco de Toledo, bizorrey, que quizo ser más que rrey con la soberuia, ciendo su bizorrey. Porque en el mundo el papa es papa, lugar de Dios, enperador y rreys españoles o yndios o negros son rreys y duques y condes, marqueses y caualleros que decienden déstos. Tanbién en un tienpo fueron rreys y de la casa grande que no como los que está en este rreyno. Todos son caualleros de haldas y de mangas. A trueque de quatro rreales haze una prouansa y dize que es cauallero que cómo se a de sauer ci tiene mancha de un poco de judío o moro u turco, englés. Harto mejor es dezir que soy cristiano biejo. La buena prouansa es uálido traer de su casa y patria de España y firmado de su Magestad o de su consejo rreal, es cauallero fino. Como dicho tengo, al buen cauallero en el mundo se deue honrar y desuiar y dalle lugar. Aunque tenga oficio o cargo de su Magestad, aunque sea dotor, lesenciado no queráys ser demás de lo que soys de sangre y linage. Por más pobre que sea, se le deue onrra y primenencia y facultad al cauallero y seruidor de Dios y de su Magestad. Nos queráy ser soberbioso, cristiano, conzederando cómo don Francisco de Toledo que sentenció a degollar al rrey ynfante Topa Amaro Ynga, que no pudo según derecho de justicia azeptar esta sentencia, ni a nenguno de los dichos señores de arriua susodichos. Aunque fuera alsado ni castigar ni afrentar, antes hincado de rrodilla le deue dar agua, pan o manos y hazello lauarse. Pero tenelle preso hasta entretanto que lo entriegue a su Magestad, dándole paxes y maestresala y alementos y mucha honrra, ¡o, don Francisco de Toledo, teniendo tanto auilidad y tratado de las hordenansas, que quicistes ser más que rrey y hicistes justicia al rrey del Pirú! Ci entonses su Magestad enbiara un jues que fuera degollado en el mismo tablado, pero no quiso. Como fue tan gran cristiano el rrey, lo dexó por sus pecados. Y por el castigo de la soberbia se degolló el mismo don Francisco de Toledo. Dios saue adónde estás. Mira, cristiano, la soberuia en qué para. Acimismo lo de aquel cauallero don García1: Le degollaron en justa causa a un cauallero de su Magestad cin otorgarle la apelación. ¡O, pobre cauallero, que uenistes a las manos de buestros bazallos! Todo esto causa la soberuia. De ser lesenciado, dotor, presumen de sauer mucho, pobre de bosotros. Ci conzederásedes jues y justicia para sentenciar a degollar a la horca y quartezallo, atormentallo y afrentalle por las calles dándole cien asotes. Primero tu ánima y consencia auías de llorar y menear tu corasó y tu ánima y tenblar tu carne. Uení acá. cristiano, conzedera ací a bos os diera sentencia de todo lo dicho no te pesara y te diera en la alma. Aun con esto no aués de ser soberbioso; primero aués de entregallo a las manos de su Magestad y a su consejo rreal. Uení acá, conzedera de tu cuerpo que los pies no puede rregir a la cauesa, las manos no puede mandar a la cauesa aunque sea el corasón que es más. No uale nada cin la cauesa y ací cin Dios no uale nada el cristiano. Y cin el papa y la santa madre yglecia no uale el cristiano. Y cin el rrey no uale nada el cuerpo. Y ací quien es la cauesa es el rrey y no otro nenguno. Y ací aués de entregar a [é]l la cauesa. No queráys ser otro don Francisco de Toledo y otro lesenciado. Y los dichos padres dotrinantes y jueses y uecitadores quieren ser tanbién otro obispo. Ci uno apela a su señoría, obispo que sea culpado o que no lo sea, le dexe porque el pie no deue mandar más que la cauesa, dixno de castigo. Como apeló el pobre de don Cristóbal de León. No le admetió ni le dio lugar. ¡O pobrecito de don León!2 Por defender buestros yndios estáys afrentado y castigado y desterrado y cargado de hierro. Mira la soberbia del jues: Los saserdotes ciendo beneficiado dotrinante, se haze jues y justicia entre los yndios. Conzedera desta soberbia. CIVDAD DEL CIELO PARA los buenos pobres pecadores / agua de uida, causay uno, hanac pacha[agua de vida, lugar superior] / Guaccha runa Diospa cimin uacaychacpa, hanac pacha, Diospa llactan. [La ciudad de Dios y de los pobres hombres que guardaron su palabra.] / ciudad de Dios para los hombres. / A de conzederar buestra ánima que en el cielo y en el mundo y en el [in]fierno está un solo Dios Padre, Hijo, Espíritu Santo. Y aués de conzederar que fuystes hecho para aquella tan gran ciudad del cielo adonde está Dios y la Uirgen María y todos los santos y santas, ángeles y aués de yr allá porque fuestes hecho para ello. Y aués de conzederar que el ynfierno fue hecho para los malos soberbiosos, enubidente de su Criador. Conzedera esto. Conzedera que los sazerdotes sean muy rrecogidos: Que no anden de día y de noche por las calles, mucho más los dichos flayres. Porque salen de sus conuentos, sólo anda paseando por el mundo como soldado enquietando. Que en ello tiene sus perlados la culpa y se le deue castigar y penar grauemente. Aunque sea motilón, no tiene que salir del conuento cin conpañía. Y a de pedir lisencia al perlado. Y ací deuen que sea becitado por el becitador general de la santa yglecia. As de sauer y conzederar por qué causa no son tan uenerados ni estimados ací los dichos padres de las dotrinas. Es porque salen por las calles de día y de noche a rrondar, a pasear como persona del mundo, salteador y ladrón con algún fin de pecado, de luxuria, enbidia y soberbia. Al saserdote muy rrecogido, umilde le llama santo. Todos acuden a ellos con limosnas y los pecadores se allega más que al callexero enubedente de Dios y de la justicia de Dios. Para esto tomó áuito y se consagró; lo propio an de ser los cazados como solteros escogidos de Dios en el mundo en este rreyno. Que todos los santos sazerdotes y santos cazados y santas donzellas, uírgenes y otros pecadores del mundo arrependiendo de sus pecados y buelbe a Jesucristo tan santos son como los demás, todo los dichos son cielo, ciudad del cielo. Conzedera esta grandesa del cielo. Aquí aués de conzederar la grandeza deste bien del cielo que nos está guardado: Sube con el espíritu, hermanos míos, a está noble rregión y mira atentamente. ¿Qué será uer la hermosura daquella ciudad soberana, aquellos muros y puertas de piedras preciosas, aquellas fuentes de aguas de uida? ¿Qué será uer aquellos nueue coros de ángeles rrepartidos en sus herarchías tan hermosos, tan gloriosos, tan bien ordenados, tan rresplandecientes? ¿Qué será uer aquellas órdenes y cillas de uírgenes y de confesores y de monges hermitaños y de mártires, de apóstoles euangelistas, de patriarchas y de profetas? ¿Qué será uer la Sacratícima Uirgen Santa y [A]bogada nuestra sobre todos los coros de los ángeles ensalsada? ¿Qué será uer aquella sacratícima humanidad de Jesucristo nuestro señor asentado a la diestra del Padre, abogado por nosotros y haziendo nuestros negocios?1 ¿Qué será sobre todo esto uer aquella beatícima y gloriocícima Santícima Trinidad, Padre, Hijo, Espíritu Sancto, un solo Dios uerdadero adonde se encierra toda la fe del cristiano uerdadero, adonde tiene que conzederar y creer como católico cristiano? Conzedera que la nació de español fue judío: Aunque tubieron otro ley y tubieron letra y trage, áuito y rrostro, barbas, cudicia, aunque fueron gentiles deferencia en el sacrificio, los judíos conocieron muy de ueras a Dios y tubieron ley de Muyzén y mandamiento. Lo qual no las tubieron los yndios su ley ni áuito ni rrostro ni letra2. Conzedera esto. Conzedera cómo ay grandícimos ladrones en este tienpo de cristianos porque se enseñan de los cristianos españoles. Porque uen al corregidor, padre, comendero, españoles de los tanbos [mesón] y justicias hurtar y rrobar. Y ancí toman desta cartilla y lición de los malos cristianos deste rreyno y de otro bicios tan malos. Y ací se echa a perder este rreyno de la cristiandad. Conzedera desto, cristiano del mundo. CIVDAD DEL INFIERNO1 / penas graues / príncipe de las tinieblas / el rrico auariento, engrato, luxuria, soberuia / Castigo de los soberbiosos pecadores y rricos que no temen a Dios. / Aquí aués de conzederar a que esta muchidumbre de penas que nos senefica la Escriptura Deuina quando dize que en el enfierno abrá hanbre y sed y llanto y gruger de dientes y cuchillo dos ueses agudos, espíritus criados para uengansa y serpientes y guzanos y escorpiones y martillos y axencios y agua de hiel y espíritu de tenpestad y otras cosas semejantes por las quales se nos figura la muchidumbre y terriblesa espantosa de los tormentos de aquella lugar. Allí tanbién abrá aquellas tinieblas enteriores y exteriores para qüerpos y ánimas que se puede palpar con las manos. Allí abrá frío y fuego que no se apagará, cienpre castigarán a los qüerpos y ánimas. A todo esto se añade la de aquel perpetuo gastador que es el guzano de la consencia de quien tantas ueses haze mención la Escritura, deziendo el guzano. De ellos nunca se acauará y no murirá y el fuego de ellos nunca se apagará. Este guzano es un despecho rrauioso y un arrepentimiento enfrutuoso que los malos que allí tendrán cienpre1 que no se acauará hasta que Dios sea Dios y secula cin fin. Conzedera este castigo. Conzedera que cómo lleua tanta pasencia los yndios y las yndias en esta uida de tantos males de españoles, padre, corregidor y mestizos y mulatos, negros, yanaconas y chinaconas que les sacan la uida y las entrañas de los yndios. Conzedera. Conzedera de los uezinos encomendados de yndios que de puro mízero enbía un quarto de queso a un cacique prencipal con una carta. Lo enbía nueue leguas a un yndio cin pagalle y manda que le uengan a uecitalle y le uea los caciques prencipales, acimismo los dichos corregidores y jueses y los saserdotes de las dotrinas y uecitadores de la santa madre yglecia. Conzedera el corasón déstos, lo que piensa. No quiere uer a ellos cino que los lleuen de presente de plata, oro y rropa y fruta, otras cosas y desea uelle para pedir hazienda, yndios para trageneadores y rrescatadores. Y dizen los padres dotrinantes que no se uayan los yndios a sus pueblos cin pidille lisencia. Por qué le a de pedir lesencia el yndio al padre ni al corregidor ni al comendero, ciendo libre, pero a su cacique prencipal se le deue pidilla como a su señor. Y le dize el yndio al padre: “Lisencia llayquiuan llactayman risac, chacrayta, tazayta mascacoc, llamcacoc.” [“Con pena me voy a ir a mi pueblo a trabajar mi sementera para la tasa.”] Y le dize el padre: “Hijo, lisenciayuan ripuy. Chaypi nocapac tarpuchinqui. Cabrayta, ouejayta, llamayta, ata guallpayta alli uacaychanca solteracuna. Puchucachinque, auachinque sobrecamata. Pachac yutota, rontota, ataualpata, papa hanegata, zara hanegata apachiuanqui. Chayllapune. Ama picipanquicho, castigayquimanmi. Padre, propetariom cani. Alli ciruiuay.” [“Hijo, ándate con mi licencia. Allí vas a hacer que siembren para mí. Las solteras van a cuidar bien mis cabras, mis ovejas, mis llamas, mis gallinas. Vas a vigilar que hagan esto. Vas a hacerlas tejer sobrecamas. Vas a mandarme cien perdices, huevos, gallinas, una fanega de papa y una fanega de maíz. Eso es todo. No me vas a faltar, podría castigarte. Yo soy el padre y el propietario: sírveme bien.”] Conzedera, cristiano, qué mísero que engaña es con un quarto de queso a los yndios ciendo rrico y por qué a de uenir a ueros ni pidir lesencia, no deuiendo, sólo a fin de rroballe a los yndios queréys que os pida lisencia. Conzedera esta torpeza a un cristiano libre y pobre de Dios. Conzedera el castigo muy sentible y penosa de los españoles y malos cristianos y de españolas: Es la pena de secutalle todo sus bienes y desterralle a España para secula o a Chile. No ay mejor castigo para ellos. Y consedera del gran castigo y purgatorio para los malos soberbiosos enubidentes de Dios y de su mandamiento a los matadores, traydores, salteadores y ladrones, hicheseros. Que no se deue ahorcar desde oy adelante a los españoles, mestizos, mulatos, negros, yndios. Se destierre al socabón de las minas de azogue para cienpre con preción de hierro a sacar metales, que allí dé la alma a Dios y cirua a su Magestad, esclabo. Esto es muy santa sentencia y pena y conzederación de que se salued la ánima del malhechor del mundo, seruicio de Dios y de su Magestad. Conzedera que rreciue grandes daños del cobrar el diesmo de los yndios. Tienen merced de su santidad papa de Roma de que no pague diesmo los yndios en este rreyno, cino los españoles por los dichos ciguientes: El primero, paga el diesmo del trauajo y sudor de los yndios deste rreno [sic] de todas las especias, de comidas y frutas los españoles. El segundo, los comenderos paga el sudor de los yndios del tributo de las comidas, especias y sementeras y ganados y rropa deste rreyno. El tersero, pagan del sudor de los yndios su Magestad a los saserdotes su sallario a la yglecia. De ello puede partir la santa yglecia con ellos. Por esta rrazón le fue rrezeruado del diesmo a los yndios, auiéndolo sustentado y seruido tanto. En nengún cristiandad del mundo no a seruido tanto como deste rreyno a la santa madre yglecia de Roma. Y aués de conzederar esto destos yndios pobres y de sus trauajos. Conzedera que en un pueblo tienen sacado unas asecyas de los rríos o posos, de las lagunas o de estanques. En tienpo antigo lo sacaron con tanto trauajo que ci auía de pagar y gastar se gastaría dies o doze mil pesos o ueynte mil pesos. Que antes que fuese Ynga, como auía tanta suma de yndios y no tenía más que un rrey y señor, lo abrieron y lo sacaron las asecyas y todas las sementeras, andenes que ellos les llama pata [andén], chacra [sementera], larca [acequia]. Y lo sacaron con mayor facilidad del mundo a mano cin herramienta; que parese que cada yndio alsaua una piedra. Aquello bastaua de la tanta suma de gente que auía. Y ací en todo el rreyno todas las tierras era de pan, lleuar sementeras aunque fuese en los yungas [zona cálida], arrenales o en la cierra peruersa deste rreyno. Las puentes y rríos, asecyas, lagunas, estanques y ciénegas que fueron sacadas por mandado de los primeros rreys y señor de los rreynos y después mandó los señores rreys Yngas guardar el costumbre y ley de que no meneasen todas las dichas secyas, agua de rregar. Las dichas sementeras hasta los pastos de ganados rregauan1 en los altos y quebradas, sauiendo que no auían de poder aquella que tanta gente la edeficaron. Y ací puso una pena cin apelación sentencia que ninguna persona lo dañe ni menee ninguna piedra y que ningún ganado entre en las dichas asecyas. Y se guardaron esta ley y hordenansa para el seruicio de Dios y de su Magestad y bien de la rrepública deste rreyno. Uista esta tan santa horden y ley, mandó el señor don Francisco de Toledo guardar y confirmó su Magestad. Y ací no se a guardado esta ley. Y ací se pierde todas las sementeras por falta de agua. Desto pierde los yndios sus haziendas y pierde su quinto rreal su Magestad y pierde la santa madre yglecia el diesmo que le deue. Y ací en este tienpo los españoles sueltan sus bestias y rreguas de mula o ganados y pasen las cabras, obejas y hazen grandes daños. Y se sacan las dichas aguas y se quiebran las asecyas que no se pueden aderesar con nengún dinero. Y la poca agua sólo quitan a los yndios pobres. Y ací se ausentan los yndios de sus pueblos. Y para esto en cada pueblo a de auer un jues de asecya que llama cillquiua que rreparta agua y que castigue y pene y eche los ganados de las dichas asecyas y sementeras. Cin rremición sea castigado. Con ello será seruido Dios y su Magestad y bien de las comunidades y bien de los pobres yndios deste rreyno. Que se deue guardarse y cozederar desta ley y hordenansa destos rreynos, bien para los pobres y rricos del mundo. Conzedera atentamente en buestra ánima y corasón que un cristiano que da limosna y el quien rrecibe la limosna que son dos cosas. El bueno es la gloria, el malo es uanagloria del mundo. Dios ni el mundo no se huelga desto, cino se huelga los demonios del ynfierno. Que algunos hombres son grandícimos míseros, auarientos que no quiere la gloria ni uanagloria. De tan mísero, cómese mita[prestación de trabajo] y mote [maíz molido], patasca [maíz cocido y reventado]. Todo lo guarda para el ynfierno para pesar más sus pecados con ello. Y los otros es uanagloria que entra y sale de su casa gente rrica o jugadores y ladrones peresosos, almidonados y otros que tiene hazienda. Le pone a comer y gasta de su casa. Desto dize que haze limosna y a otros dan limosna a los flayres o clérigos o a los que tienen pies y manos, ojos, mozo que puede tomar una barreta, holgazanes y algunas mugeres mozas que puede arremangarse y trauajar y paren hijos de deferentes castas. Estando echadas, dizen que es pobre. A estos dichos, aunque se le da limosna, es uanagloria ci al padre da limosna. El padre da a putas. No es limosna ni lo rrecibe Dios la limosna. Lo que rrecibe Dios de la limosna es de los ciegos de los dos ojos y manco y tullido, enfermo, biejo de ochenta años, güérfano, pobre biuda o que tenga dies hijos y los presos peligrinos. Aunque sean caualleros son forasteros y presos. Algún padre pobre franciscano, flayre de la Conpañía de Jesús, hermitaño o que pida limosna hombre o moxer para algún pobre tollido, enfermos, esto es limosna muy enpleado que rrecibe Dios en sus ojos porque los santos nos enseñó claramente y Dios Jesucristo en su euangelio y en las obras de misericordia nos enseña; los santos pedía limosna para los pobres en el mundo. Haze uanquete y fiesta, como tengo dicho, a los hombres o mugeres rricos; gasta con ellos. Después se alaua que haze limosna de uanagloria del mundo. Y ancí usan los yndios y no quiere comer en la plasa pública como acostumbrado y obra de misericordia y ley deste rreyno del seruicio de Dios. Conzedera, cristiano. Que se deue conzederarse que ay algunas mugeres españolas o españoles como no sea mestizo ni quarterón, criollo, mulato, cino nacido en Castilla. Que ay santo hombre y mugeres, ci se escriuiese de su cristiandad no abría papel. Que quiere y ama tanto a los pobres yndios porque bien saue el trauajo que pasa en Castilla, que no le ayuda nadie: qué deferencia con este rreyno. Y ací con ello uiendo a un yndio o yndia enfermo, el propio con sus manos le da de comer y rregala con un amor y caridad. ¡O qué buena limosna y caridad, obra de misericordia! Que ua el humo al cielo y lo hinche con esta santa obra en todo el cielo y lo rrecibe la Santícima Trinidad y la Uirgen María y todos los santos y santas, ángeles al bien deste cristiano deste rreyno, mejor de España. Que no se escriue tan alta limosna y caridad, conzederación para yr al cielo. Conzedera que en este rreyno rroban las justicias a los dichos justo pobres, lo qual no lo haze en toda Castilla y en el mundo. Y ací que prende a un pobre español o mestizo o mulato, yndio por sola una palabra de su enemigo o de algún español enteresado. Es desta manera disque un español le prestó alguna plata para jugar o para dar a putas o para comer. Por no trauajar, quiere hurtar. Como no le da de su plata el pobre o no le quiere prestar o de lo prestado se lo pide o se quiere seruirse del dicho pobre o sea seruido o desea fornicar a su muger o hija o ermana. Deste color se le leuanta testimonio consexándose con el dicho cura y corregidor. Y ancí le prende y lo quita su pobresa y le rroba con el dicho escriuano y no ay rremedio. Y ací es muy justo y conueniente, según ley y derecho, como se pinta, la justicia es ciega y tiene una balansa con que pesa y tiene en la mano derecha una espada con que corta y haze justicia. No mira ci es rrico ni pobre, cino a todos ajusta porque la justicia es Dios. Y ancí, aunque lo uea hurtar y matar, no puede ualer por testigo ni condenar, cino que a de condenar testigos de uista y a de jurar daquí adelante en una ara consagrada. Y ci lo xura con temoridad, es perjuro y a de condenar. Y sobre esto no puede sentenciar el jues, cino el contrario pidillo y uengallo grauemente. Antes desto a de tener caridad y fabor al culpado la justicia y le a de dar muy buen defensor procurador y curador. Y que el acusador le acuse con el testimonio y ci le acusa cin testimonio, le sea castigado y desterrado y penado. Y la justicia que le prendiere cin lixítimo culpa, de las penas y costas y daños y pérdida lo pague. Y de ciuil o de criminal se rretragere a la yglecia. No le pueda sacar del sagrado en el mundo en este rreyno, según la ley y derecho de Dios y de su Magestad en toda cristiandad. Conzedera de ello. Conzedera, cristiano jueses de Dios, para auer de castigar y afrentar que es más al cauallero y hidalgo, aunque sea judío o negro o yndio o que sea ynfiel, porque por rredimir por todos los hombres del mundo murió Nuestro Señor Jesucristo y derramó su sangre. Y ancí se a de tener caridad y justicia. En ellos procurar de que no sea afrentado ni tormentado, ahorcado, saetado y quartezado y otras penas y castigos, según la ley y derecho de justicia. Y se le a de dar estas penas conforme la edad y culpa. El jues, lo primero, a de sauer ci es cauallero o prencipal. Que no le puede tormentar de ningún tormento conforme la ley. Y a de sauer ci es niño de doze años o cumplidos ueynte años para arriua se le deue dalle tormento y muerte hasta cinqüenta. Y pasando un día es pasado una hora; es biejo. Desta edad hasta setenta no se le deue dalle tormento ni sentencia de muerte. Y ci el culpado lo confesó después auer pasado un tormento, ya no le puede la justicia ahorcalle ni castigar porque ya pasó el martirio ni puede desterrar a las galeras porque es ya tullido, enfermo, biejo y muchacho, cino que sea esclabo en los hospitales y conuentos. Y no a de pasar de la ley del tormento. Y ci pasare el jues y escriuano y el contrario o se muriere, lo pague la misma pena para emienda, exenplo de los soberbiosos jueses le sea castigado. Acimismo se le tenga la ley de cauallero a las mugeres que no se le dé ningún tormento ni preción en cárzeles, cino en sus casas o en una casa de prencipal señora. Porque algunos jueses, como no le ua la mano teniendo la uara, ora sea de culpa o no lo sea, quiere atropellar y hazer una destruyción y escándolo, mucho más en los pobres que no tiene rreales como sea uencido por fuero y de derecho de justicia, dixno de castigo. Porque no temió a Dios y a su justicia y a Dios que la crió y rredimió y le dio dies mandamientos y fue soberbioso y no temió justicia y no temió a su Magestad. Fue soberbioso como Luysber y ací fue castigado Luzifer con sus soldados asecguases. Y ancí deue ser castigado y ci no lo castiga el jues, Dios le a de castigar en el ynfierno, secula cin fin. Conzedera desto, jues. Aués de conzederar qué tan gran magestad que tenía el Ynga Topa Ynga Yupanqui, rrey del Pirú, y Guayna Capac Ynga que se a leýdo todas las historias y corónicas del mundo de los rreys y príncipes, enperadores del mundo, ací cristianos como del Gran Turco y del rrey chino, enperadores de Roma y de toda la cristiandad y de judíos y del rrey de Guenea. No e hallado a nenguno que aya cido tan gran magestad y sean menospreciado. Y no a cido tan gran magestad ni tan gran rrey y de tan alto corona como mi agüelo, rrey Topa Ynga Yupanqui, Guayna Capac, Yngas. Tenía una magestad grandícimo. Conzederando todos los rreys, uiendo a otro rrey o señor grande, luego le mata o procura matalle y luego le descorona y queda solo. El dicho Ynga tenía quatro rreys de los quatro partes deste rreyno. El mayor fue capac apo [el señor poderoso] Guaman Chaua, Allauca Guanoco, Yaro Bilca, y le hizo su segunda persona y su bizorrey. Dándole una ues la corona, no se las quitaua jamás a sus hijos ni a sus nietos, a éste mi bisagüelo excelentícimo señor. Acimismo a los tres príncipes estauan coronados para aconpañamiento y grandeser la persona rreal y magestad del Ynga. Mandaua coronarse de la corona de sus antepasados. Y ací autorizaua el rrey Ynga y se leuantaua más alto y la magestad del Ynga no deuía de hablar ni comunicar ni rreýr ni hazer fiesta con los caualleros ni con gente uaja ni puede estar llorando, cino la magestad del Ynga cienpre estaua contento. Comía y ueuía y brindaua y auía de brindar a gente uaja, cino a los rreys antepasados le honrraua. Con esto abultaua a su ciudad y rreyno y la magestad era grandícimo. El segundo: Ningún rrey en nenguna ciudad ni uilla ni en canpo, en la plasa pública tenía su trono como rrey Ynga. El tersero: Tenía todo el rreyno todos los caminos linpios, sercados en jornadas, aposentos, todo acauado hasta tener despensa y medido de legua en legua por donde pasaua y señalado. El quarto: Que comía caracoles que le trayýa de mil leguas bibo, mullo [Spondylus] de la ciudad de Tumi [Pampa]. El quinto: Tenía los principales de los yndios desnudos Chuncho que come carne humana para memoria y grandesa del mundo. Conzedera qué grandeza del rrey Ynga, aunque fue bárbaro, desendido y casta de muger de la señora de Mama Uaco, coya, rreyna, gouernó mil y quinientos años en este rreyno. Y ancí conzederando deste dicho mi agüelo para la grandesa del mundo y sea monarca de toda gente criada de Dios de los quatro partes del mundo. A de ser monarca el rrey don Phelipe el terzero que Dios le acresente sa [sic] uida, estado para el gobierno del mundo y defensa de nuestra santa fe católica, seruicio de Dios. El primero: Ofresco un hijo mío, príncipe deste rreyno, nieto y bisnieto de Topa Ynga Yupanqui, el décimo rrey, gran sauio, el que puso ordenansas; a de tener en esa corte el príncipe para memoria y grandesa del mundo. El segundo, un príncipe del rrey de Guinea, negro; el terzero, del rrey de los cristianos de Roma o de otro rrey del mundo; el quarto, el rrey de los moros de Gran Turco, los quatro coronados con su septro y tuzones. En medio destos quatro partes del mundo estará la magestad y monarca del mundo rrey don Phelipe que Dios le guarde de la alta corona1. Representa monarca del mundo y los dichos quatro rrays [sic], sus coronas bajas yguales. Y guando [sic] saliere a pie su Magestad monarca, salgan a pie. Y ci sale a cauallo, salgan a caballo con sus palios: En la mano derecha, el rrey cristiano; detrás, el rrey moro; en la mano esquierda, el rrey de las Yndias; detrás, el rrey de Guinea negro. Con ello se rrepresenta monarca del mundo, que ningún rrey ni enperador no se puede engualar [sic] con el dicho monarca. Porque el rrey es rrey de su juridición, el enperador es enperador de su juridición, monarca no tiene juridición; tiene debajo de su mano mundo estos rreys coronados. An de ser asalareados en la dicha corte para la grandesa de oniuerso mundo de todas las naciones y géneros de personas; yndios, negros y españoles cristianos, turcos, judíos, moros del mundo. Conzederación para la grandesa de su Magestad del rrey. Conzedera que los yndios no fueron tan bárbaros ni pucilánimos, cino que tubieron ley antes que fuese Ynga. Deste entonses tubieron ley y rrey Ynga y y [sic] príncipes, capitanes generales. Y después fue el primero rrey capac apo [el poderoso señor] Manco Capac y tenía su bizorrey y segunda persona capac apo Guaman Chaua, Yaro Bilca, Allauca Guanoco, yncap rantin [que remplaza al Inka]. Y tubo asesor, yncap rantin rimac, y tubo conzejo, Tauantin Suyo camachic. Y tubo corregidores de prouincias, tucricoc a, y tubo alcaldes, queme quero b; runa taripac c, jues. Y tubo alguaziles, uata camayoc d. Tubo pregonero, llacta camayoc, runa cayaricoc, y tubo uerdugo, runacinac muchochic, y tubo secretario, yncap quipocnin e, y tubo contador, Tauantin Suyo quipoc taripaspa f. Tenía esta pulicía y leys y hordenansas, justicias y sacrificios en este rreyno los yndios. Conzedera. Conzedera que los dichos yndios son tan buenos umildes cristianos, quitándole los bicios de la borrachera de la chicha y uino y de comer cocay de  la peresa que tienen, fueran santos. Porque ci bosotros en tu tiera fuese yn yndio dacá y os cargase como a caballo y os arrease dándoos con palos como a bestia animal y os llamase caballo, perro, puerco, cabrón, demonio y fuera desto os quitase buestra muger y hijas y haziendas a buestras tierras y chacaras y estancias con poco temor de Dios y de la justicia, conzedera destos males qué dixérades cristianos. Me parese que le comiérades bibo y no estubiérades contento. Y ancí soy todos bosotros, ora sea seglar o ecleciástico, fuera de los rrebrendos padres de San Francisco y de la Conpañía de Jesús y de los padres hermitaños y de las santas señoras beatas, y ací digo que son santos que no se mete en cosas de la justicia. Tanbién todos los bautizados son santos. Pues que soys cristianos biejos de tantos males no os comen bibo por ser tan bien dotrinado y castigado desde sus antepasados, criado con mucha justicia, temeroso de Dios y de su justicia y de su Magestad, de su señor y rrey. Y ancí se dejan hazer mal y ci enbistiera con bosotros, os comiera bibo todos los yndios. Y ací de uerse tan agrauiado, arremeten a españoles y quántos se an muerto por sus pecados, aunque sea una yndia le diera de palos en este rreyno. Y ací teme a Dios y a su justicia. Y conzedera desto. Conzedera que don Francisco de Toledo, bizorrey, mandó despoblar y rreducir de los pueblos deste rreyno1. Desde entonses se a muerto y se ua acauando los yndios deste rreyno por las causas ciguientes: El primero, porque se apartaron los yndios de unos pueblos que tenían escogidos citios, rrincones por sus principales sauios y dotores, lesenciados, filósofos y aprouado de los primeros Yngas los tenples y tierras y agua para multiplicar la gente. Adonde auía dies mil personas, soldados de guerra cin las mugeres y biejos y niños, agora no ay dies yndios de tributo que ellos les llaman auca camayoc[guerrero], los quaales [sic] citios causa en partes tierra úmida y pistilenciales y pasa por ella. Y ací entran enfermedades que trae aquella ayre; en partes biene aquella ayre de la mar que es pistilencial y hedor. Y ancí, en otras partes, lo causa del sol o de la luna o de las planetas que apunta y da la fuerza en los citios y lugares. Todos los quales es causa, como tengo dicho. En lo demás, mayormente les mata a los yndios la borrachera, el mosto y uino, la chicha y la coca, el azogue. Teniendo en la boca todo el día, traga el polbo con la coca2. Y ací en el corasó[n] se detiene este polbo y la coca y ancí muere azogado. Como tengo dicho, que en tienpo de los Yngas no había borrachera. A cido gran daño de los yndios la uenida de don Francisco a este rreyno. Conzedera. Aués de conzederar que don Francisco de Toledo, bizorrey, mandó una de las buenas cosas en sus hordenansas y buena obra de misericordia y serbicio de Dios nuestro señor y de su Magestad: Que el tributo que se lo paga los yndios que no saque de los pueblos los yndios, cino que lo dexe en ellas, que el encomendero se las lleue a su costa las dichas especias y comidas y otras cosas del tributo. Y ancí que el dicho alcalde hordenario haga cobrar el tributo de plata, maýs, papas, trigo, gallinas, carneros, rropa, el tercio de la Natiuidad y de San Juan. Para esto, tenga una casa depocitario con su llaue y caxa para la dicha plata y especias dichas de la tasa por donde no el dicho alcalde a costa del dicho corregidor y del cacique prencipal y de la segunda o del curaca o camachicoc[autoridades locales] al quien fuere sugeto lo cobre el dicho alcalde de los yndios la dicha taza. Y después esa semana de San Juan o de la Natiuidad, cin faltar en cada pueblo, el corregidor o su escriuano o rreseptor o algún cacique principal que tenga abilidad, que sepa leer y escriuir, lo cobre y rreparta en cada persona de los salareados. Primero, al dicho cacique principal y a su segunda y a los demás que tiran salario, luego al padre dotrinante, luego al comendero, luego al corregidor. Y que cada uno se las lleue de cada pueblo cin que le den yndios para ello ni ucupe a ningún yndio. Y se las lleue con harrias y negros cin que pida mitayos [que presta trabajo] ni camaricos [contribución]. Y que del pocitario de la casa y el yndio que las guardare sea alquilado en el dicho pueblo de día y de noche. Que los pague en sus manos de la misma taza el dicho alcalde a rreal de la casa y yndio. Y el que guardare los ganados de la taza se a de pagar a rreal, aunque sea un carnero y de las gallinas, otro rreal. Ci el cacique prencipal y corregidor y padre, comendero no las lleuare su derecho, an de pagar rrata por cantidad al dicho depocitari [sic] yndio y casa. Y ci no fuere presto, pasado de la semana de San Juan o de la Natiuidad, el dicho corregidor se lo a de pagar todo por ser su causa y culpa porque su Magestad se lo paga por ello. Y a los dichos que sacare con yndios la taza del dicho pueblo o de otras partes, se las pene y se las quite, aplicando para su Magestad en todo este rreyno. Conzedera. Conzedera que don Francisco de Toledo, bizorrey, tenía una horden muy santa cosa y serbicio de Dios y de su Magestad. La horden deste rreyno del consejo y ley que tenían los Yngas lo quería tenella don Francisco de Toledo. Y ancí quiso que fuese sugeto y que conociese la magestad y rrey y fuese ubidente los grandes señores principales yndios y sugetas a la corona rreal. Y con esto no se alsauan la tierra. Con esta color, los señores destos rreynos como un señor grande de ser muy gordo no se ajuntaua. Y pedía lisencia al Ynga y se le daua cienpre al capac apo [el señor poderoso] Cullic Chaua. Dizen quéste comía en una comida de todo manjar y pan y carne, especias, fruta, media hanega y beuía con el sol. Para el sol echaua en una tinaja grandícimo, ueuía un mate y el otro el sol con la tinaxa. Y Cullic Chaua, como señorió tanto, se alsó con la corona rreal del Ynga y ancí mismo el capac apo Uari Callo, Hatun Colla. Y le hicieron tanbor que con su mano tocaua la barriga como a tanbor. A éstos les llamó runa tinya [el tambor de piel humana]. Y ancí an de estar sugetos a la corona rreal de su Magestad rrey don Phelipe, que Dios le acresente su uida y le dé más señoríos y rreynos. Y ancí don Francisco de Toledo mandó cada ciudad los dichos becinos encomenderos de yndios acudía cada mes a la corde de la ciudad de los Reys de Lima para el seruicio de Dios y de su Magestad. Y ací cada dos meses an de acudir a estar los becinos encomendados de yndios, comensando de la ciudad de Nobo Reyno hasta acauar en la ciudad de Charca, de todo el rreyno deste Pirú y sus comarcas, Yndias orentales, osedentales. Y que no enbíe a sus ermanos ni alquilado, cino que ellos propios en persona para lo que se ofreciere al seruicio de Dios y de la corona de su Magestad. Y an de pareser en la ciudad de los Rey de Lima, como [e]stá dicho, a la corte rreal, consejo de su Magestad, por donde no baya un jues con días y salarío a costa del dicho becino. Y ancí estará sugeto, ubidente los dichos encomenderos de todo este rreyno del Pirú. Conzedera ubidencia. Conzedera que los yndios de las minas de azogue o de plata, oro o los yndios de la plasa no salgan a las dichas minas los yndios pobres cin oýr misa ni guardar tan gran día y pascua de los años que manda la santa madre yglecia de Roma, que son los mayores del año: la Natiuidad del Señor, la Senisa, Domingo de Ramos, Juebes Santo, Pascua Florida de la Resurición del Señor, Corpus Criste. Estas pasquas dexan de oýr misa ni guardar el día, se uan a hazello en el camino. Poco enporta que el primer yndios que cirua una semana o dos, demás oyendo misa y selebrando la pasqua y fiesta de Dios en el mundo. Y ancí, ci no lo mandare el corregidor o padre o caciques prencipales, sean descomulgados y penados para la santa madre yglecia en este rreyno. Conzedera, cristiano, este seruicio de Dios en el mundo. Aués de conzederar que los becitadores de la santa madre yglecia se haze otro señoría obispo y becita a los malos padres dotrinantes y le acohecha con dos mil pesos y le becita libre cin costas. ¡Buen saserdote!, auiendo rrobado y tiene media dozena de hijos y quitado todas las donzellas de los yndios y otras muy muchas cosas y daños y no ay rremedio. Y todo lo causa de decir y llamarse propetario, otro obispo, el becitador como el padre dotrinante. Y ancí an de ser padres de ýnteren y que den fiansas, aunque sea para estar un día en la dotrina. Acimismo el becitador dé fiansa abonado para la becita de estar en la rraya y jues a derechas. Conzedera, jues. Conzederación del autor: Uerdaderamente a uien conzederar y creer como cristiano fiel y católico que Dios tiene todo: Lo primero, caridad, amor y justicia. Y da salud del ánima y del cuerpo y alemento, rriquiesas. Que las tres personas es un Dios uerdadero, que [e]stán en un peso, todos yguales1. Que primero hizo el cielo para los buenos y el mundo para multiplicar y el ynfierno para castigar los malos. Y ací castigó a aquel Luysber, tan gran ángel y tan hermoso, con sus secguases. Y cayeron los ángeles malos del cielo como arena de la mar y mucho más, conforme la culpa como lo merecieron. Los primeros entraron al ynfierno con su príncipe de las tinieblas para rrecibir mayor castigo. Y otros quedaron en el mundo entre los hombres a estoruarnos la yda del cielo y engañarnos al pecado. Y otros quedaron en los ayres hechos duendes. Después desto aués de conzederar que Dios hizo al primer hombre y muger y trajo su ánima del cielo y lo ynfundió y hizo enperador y rrey del mundo. Conzedera cómo tubo gran magestad deste primer hombre que se seruía del sol y luna, estrellas y de la tierra y uientos, agua y peses, animales y frutales. Sólo un árbol le dio por mandamiento que no la comiese; se la dio porque fuese ubidente con este mandamiento a Dios que la crió. Quebrantó este mandamiento que dio Dios. Y ací fue despoxado, quitado deste paraýso y desterrado a este ualle de lágrimas adonde padesemos sus hijos trauajos y padeseremos hasta el día del juycio que Dios mande otra cosa. Y ací conzedera que estos hombres del mundo que no conocieron a Dios y que corría tantos pecados que no se puede escriuir. Desta culpa, castigó Dios con las aguas del [di]lubio y cubrió y murió toda la xente del mundo. Y consedera que será aquella yra, asotes de Dios sobre los pecadores, que llouió quarenta días y quarenta noches, todo a un peso. Y mira la grandesa de Dios que quiso escapar a Noé con sus seys hijos cazados y todos los animales casados. En aquella arca se saluaron. Y consedera aquella furia y bramidos yespantosos y rruydo que parese  questá rrebuelto el cielo y el mundo de ajuntarse aquella agua y uiento, que yrán cortando las tierras y hazerse la mar y dándole mandamiento Dios para que no salga. Y consederada [sic] que [e]sta tierra y mundo, rrobado, asolado y tan lastimado. Conzedera después desto cómo multiplicaron y ci hicieron gentiles, adoraron ýdolos y salieron del pueblo de Ysrrael santos profetas, pratriarcas [sic] , desendiente de Noé, que cómo por tanta bos y clamación que pedía estos dichos santos profetas, uino Jesucristo, Dios y hombre uerdadero. Y aués de consederar que trauajó treynta y tres años y fue martirizado y murió crucificado y rresucitó y subió a los cielos y enbió el Espíritu Sancto a los santos apóstoles adonde después derramó por todo el mundo a predicar la fe y el euangelio de Jesucristo; quien se bautizare y criere será salbo. Y aués de conzederar esto: Que el Día del Juycio trayrá una magestad Dios para bien de los buenos umildes, mansos corderos pobrecillos, para ellos la gloria y para los malos y rricos soberbiosos, amigos de oro, plata, rrequiesas les dará pena ynacabable y sentencia, conforme las obras y soberuia que tubieron ellos. Estarán en el ynfierno desterrado hasta secula cin fin castigado. Y aués de consederar de los pobres yndios que tan preciguido lo traen los españoles; no son todos algunos y los saserdotes y corregidores y comenderos. Demás desto aués de conzederar que no tan solamente le precigue a los yndios, cino que de hecho le quita a sus mugeres y hijas y hazienda y eredades, casa, chacara[sementera]. Y ancí decís cómo no multiplica, conzederar que cómo no multiplican los yndios en este rreyno. Conzedera desto que el corregidor entra diziendo: “Que yo te haré justicia”, y rroba. Y el padre entra: “Yo te haré cristiano. Bautizare y cazaré y dotrinaré”, y rroba y desuella y quita muger y hija. El encomendero y los demás españoles dize: “Justicia, que cirua al rrey porque soy su bazallo.” Y rroba y hurta quanto tiene. Y peor los caciques y mandones; les desuella del todo a los pobres desuenturados yndios. ¡O desuenturados mas pobres españoles!, que muere con tan gran rriesgo. Por la mar de Castilla uenistes a nuestra tierra a quitarnos y a cobrarnos nuestras pobresas. Y aués de conzederar que quando uino el enbajador del rrey enperador, luego se dio por pas y amigo Uascar Ynga, lexítimo. Mis agüelos de su parte enbió el dicho Uascar Ynga a su segunda persona al capac apo [el poderoso señor]Guaman Malque de Ayala, bizorrey deste rreyno, a dalle pas al puerto  de Tunbes1 adonde se desenbarcaron don Francisco Pizarro y don Diego de Almagro. Desde entonses no se an rreuelado del seruicio de su Magestad. Conzedera más cómo los yndios de la prouincia de Chile se defienden sus tierras y rreyno y no pueden ganallo los cristianos ni lo ganará, sauiendo de tanto trauajo de yndios. Conzederando desto su Magestad, deue bolber por sus caciques principales y de yndios pobres deste rreyno. Y no ay otro quien mejor buelba como quien tiene mejor derecho por la ley de que no ay otro nenguno, cino el rrey para esto. Aués de conzederar que los enbajadores que enbió el rrey enperador de puro goloso quísose alsar y se alsó con la tierra y quiso ser otro rrey Ynga. Aués de conzederar que, como se quicieron alsarse, binieron con expresa lisencia del muy santo padre papa de Roma y del glorioso cristianícimo enperador don Carlos. No truxo zédula para matar al rrey Ynga ni a los excelentícimos señores ni a los capitanes deste rreyno. Para alsarse con la tierra primero mató, acauado se alsó con la tierra y con la corona rreal de su Magestad don Francisco Pizarro y don Diego Almagro y Gonzalo Pizarro, Caruajal y Francisco Hernandes Girón. Y se defendió el señor rrey enperador y gastó y trauajó de defenderse. Y ací aués de conzederar y acauar con esto. Que no ay comendero ni señor de la tierra cino son nosotros propetarios lexítimos de la tierra por derecho de Dios y de la justicia y leys1. Quitando al rrey que tiene derecho, no ay otro español. Todos son estrangeros, mitimays, en nuestra tierra en nuestro mando y señorío que Dios nos dio. Y conzedera, cristiano. Prólogo a los letores de las conzederaciones: Aués de conzerer, cristiano letor, de todos los capítulos, conzederaciones. Mira atentamente en tu ánima y corasón que un capitán general de una armada de una conquista que lleua más de mil soldados a costa de un rrey. Este capitán general conquistó y hizo muy grandes destruciones en seruicio del rrey. Y desta conquista a oýdo el rrey. Con mucha solinidad y fiesta le aguarda a este ualeroso capitán general. No es ora que le desea uelle y hazelle merced. Todo su pueblo y su muger y hijos y parientes dan qüenta a todos los que no lo saue desta uitoria. Todos dizen que es su pariente y deudo sercano y a la llegada le rrecibe con gran solenidad y fiesta y le conbida y honrra y le haze merced todo lo que pide y lo merese de todo. Y ancí que el mal capitán lo a perdido esta dicha uitoria y armada y a perdido muy muchos soldados por su peresa o niglegencia o por descuydo o por ser pucilánimo o por descuydarse o por dormir mucho. Este capitán llora, ya no quiere pareser ante el rrey ni le da puerta. Y ancí su muger y su padre y ermanos, parientes lo niega y dize que no es su pariente y que no le conose. Ya no entra en su ciudad, cienpre anda escondido. Le niega la tierra, el mundo. Y ancí aués de uer y conzederar esto de los cristianos. Mira cómo pareserá ante los ojos de Dios y de la Uirgen María y de sus sanctos en el cielo y en la tierra del rrey y de los perlados y sus parientes. Le a de negar, maldezir el mundo. No se holgará; el demonio se holgará. Y del bueno cristiano se holgará Dios y rrey, perlados y cristianos. Con los grandes hablará libremente, cin miedo corre en el mundo. Aués de conzederar y enfrenaros con todos los capítulos los cristianos en este rreyno los gouernadores y justicias, corregidores, padres, comendero, españoles, bicitadores.