Página:Discurso sobre el origen y los fundamentos.djvu/143

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la otra violase las condiciones, ó que estas cesasen de convenirle. Es sobre este principio que parece que el derecho de abdicar puede estar fundado. Luego, no considerando, como hacemos, sino la institucion humana, si el magistrado que tiene todo el poder en su mano, y que se apropia todas las ventajas del contrato, goza ademas del derecho de renunciar á la autoridad, con mas justa razon el pueblo, que paga todas las fallas de los gefes, deberia tener el derecho de renunciar á la dependencia. Pero las discusiones horrorosas, los desórdenes infinitos que produjera necesariamente un tan peligroso poder, manifiestan mas que otra cosa, cuan grande era la necesidad qne tenian los gobiernos humanos de una base mas sólida que la de la sola razon, y cuan indispensable era para la tranquilidad pública que la voluntad divina interviniese, para dar á la autoridad soberana un carácter sagrado é inviolable, que quitaseá los súbditos el funesto derecho de disponer de ella. Aun cuando la religion no hubiese hecho á los hombres sino este bien, él seria muy suficiente para que todos debiesen amarla, y adaptarla, aun con sus innu-