Página:Discurso sobre el origen y los fundamentos.djvu/72

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indemnizacion suficiente de los daños que se hacen mutuamente á medida que se instruyen del bien que deberian hacerse; ó si no se encontrarian, comparado todo, en una situacion mas feliz, no teniendo ni mal que temer, ni bien que esperar de nadie, que en la de haberse sometido á una dependencia universal, y obligádose á recibir todo de aquello que no se obligan á darles nada.

Guardémonos sobre todo de decidir con Hobbes, que por no tener ninguna idea de la bondad, el hombre es naturalmente perverso; que es vicioso por que no conoce la virtud; que rehusa siempre á sus semejantes los servicios que no cree deberles; y que en virtud del derecho que se atribuye con razon á las cosas de que tiene necesidad, se imagina locamente que es el solo propietario del universo. Hobbes ha visto perfectamente el defecto de todas las definiciones modernas del derecho natural, mas las consecuencias que saca de la suya demuestran que la toma en un sentido igualmente falso y erróneo. Raciocinando sobre los principios que establece; este autor debia decir, que el estado natural siendo aquel en el cual el cuidado