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SOCIAL.

C A P I T U L O I I I.


Division de Gobiernos.

Se ha visto en el Cap. precedente como se distinguen las diversas especies ó formas de Gobiernos por el número de miembros que los componen; pero resta ver en este como se hace su division.

El Soberano puede en primer lugar confiar el depósito del Gobierno á todo el Pueblo, ó á la mas grande parte de él, de suerte que haya mas Ciudadanos Magistrados que Cuidadanos simples particulares. Se da á esta forma de Gobierno el nombre de Democracia. Se puede contener el Gobierno en manos de un pequeño número, de modo que haya mas simples Ciudadanos que Magistrados, esta forma se llama Aristocracia. Enfin se puede concentrar todo el Gobierno en manos de un solo Magistrado de quien todos los otros reciben su poder; y esta tercera forma que es la mas comun se llama Monarquía ó Gobierno real.

Se debe notar que todas estas especies de Gobiernos, ó á lo menos las dos primeras son suceptibles de mas ó ménos,