Página:Encuesta feminista argentina.djvu/24

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

LA MUJER

A A A A A A

cosas útiles, o no necesitaban saberlas, o mejor dicho, ersían no necesitarlas.

La observación de la vida, de los fenómenos sociales, de todo esto raro que constituye el desenvolvimiento de la humanidad a través del tiempo y de las cosas, suele arrastrar a penosos ¿jui- cios.

Frente a ciertos hechos, se advierte el error permanente del hombre, su pretensión ante lo desconocido y sobre todo, esa terquedad de su conciencia, que eree regir la vida mantenien- do la letra de una ley, que los hechos están haciendo saltar de su centro a cada rato, y teme echarse el mundo a las espaldas, abriendo legalmente una nueva válvula a las expansiones hu- manas.

Y es que la mayoría de los seres viven de prestadn; y es que difícilmente se ponen con la conciencia y el cerebro desnudos, frente a los hechos, a dejarse impresionar por ellos. Reciben los hechos eon el velo que les han añadido las cosas presta- das y casi nunca entienden.

Sólo así puede explicarse que haya leyes que afecten a minu- cias de la vida diaria que permanezcan inmutables medio siglo!

Cuando la ley debiera ser, por el contrario, luz suiadora ema- nada de los espíritus más sagaces, eosa movible, capaz de su- frir todas las ondulaciones de la vida, acompañar sus estreme- cimientos, prevenirlos y encauzarlos; sólo así merecería lu ley la adhesión de las mayorías.

En la Cámara de Senadores está actualmente a estudio un proyecto del senador doctor del Valle Iberlucea sobre emanei- pación civil de la mujer.

“Tratan los diversos artículos de este proyecto, de establecer a la familia no sobre la absoluta voluntad y responsabilidad pa- terna, sino sobre el equilibrio de dos voluntades, padre y mudre, y también de las dos responsabilidades.

Según él, las mujeres tienen plenos derechos civiles, pndien- do ejercer toda profesión lícita o desempeñar cualquier empleo civil, donde solamente se exija capacidad.

Además, dentro del matrimonio, toda incapacidad de la mu- jer queda abolida, y sus derechos se igualan a los del marido en la administración de sus bienes propios o gananciales.

Sin embargo, al contraer matrimonio, los contrayentes pue- den optar por el régimen establecido por el código vigente, el

— AY -—