Página:Martin y Herrera Curso sumario de moral.djvu/44

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En estos límites es permitido hasta dar la muerte al agresor, porque si sagrada es su personalidad, también lo es la del agredido; y en este conflicto de iguales derechos, debe ceder y sufrir las consecuen- cias el que voluntariamente se coloca en el terreno de la fuerza; el deber de respetar la personalidad del agresor, cede ante el deber de conservar la propia.

Este derecho de legitima defensa, es extensivo á la salud, al honor, á la propiedad y á las personas de otros agredidos que podamos defender.

55. Injurias y calumnias. —El derecho de personali- dad no solo comprende la vida fisica, sino la espiri- tual, como ya hemos dicho. Los ataques al honor, á la dignidad y á la consideración personal, hieren hon- damente á lo que se ha llamado el más grande de los bienes.

La dignidad es la esencia ideal de la persona, subli- me por su origen, su naturaleza y su destino. El honor y la consideración son la consecuencia de la conducta y del juicio que de ella forman los demás. El honor se relaciona más bier con la probidad, y la consideración se refiere más al aprecio que puede haberse conquistado cada uno en su profesión ó es- tado.

56. El derecho concerniente á la vida espiritual se viola por la injuria y la calumnia. Injuria es todo concepto ó acción ejecutado en menoscabo del honor