Resolución 1933 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 1933 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6350.ª sesión, celebrada el 30 de junio de 2010.
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El Consejo de Seguridad,

Recordando sus resoluciones anteriores, en particular las resoluciones 1924 (2010), 1911 (2010) y 1893 (2009), y las declaraciones de su Presidencia relativas a la situación en Côte d’Ivoire, y la resolución 1885 (2009), relativa a la situación en Liberia,

Reiterando su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Côte d’Ivoire, y recordando la importancia de los principios de buena vecindad, no injerencia y cooperación regional,

Recordando que hizo suyo el Acuerdo firmado en Uagadugú el 4 de marzo de 2007 por el Presidente Laurent Gbagbo y el Sr. Guillaume Soro (“Acuerdo político de Uagadugú”, S/2007/144), y que acogió con beneplácito los cuatro Acuerdos Suplementarios posteriores,

Recordando de nuevo que en su resolución 1721 (2006) hizo suya especialmente la decisión del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana sobre el mandato del Jefe de Estado, y recordando además que en la declaración de su Presidencia de fecha 28 de marzo de 2007 (S/PRST/2007/8) hizo suyo el Acuerdo político de Uagadugú, incluido su capítulo V, relativo al marco institucional de ejecución, y que en dicho Acuerdo se establecía un período de diez meses como plazo para la celebración de las elecciones presidenciales,

Expresando de nuevo su reconocimiento al Sr. Blaise Compaoré, Presidente de Burkina Faso (“el Facilitador”), por su papel esencial y por las gestiones que continúa realizando para apoyar el proceso de paz en Côte d’Ivoire, en particular mediante los mecanismos de seguimiento del Acuerdo político de Uagadugú, encomiando y alentando la labor que continúan llevando a cabo la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) para promover la paz y la estabilidad en Côte d’Ivoire, y reiterando su pleno apoyo a dicha labor,

Destacando que es necesario que el Consejo siga aplicando un planteamiento riguroso y estratégico en el despliegue de las fuerzas de mantenimiento de la paz y que es más probable que los importantes esfuerzos realizados a este respecto conduzcan a una paz sostenible cuando las partes en un conflicto cumplen sus compromisos y obligaciones, acogiendo con beneplácito la intención del Secretario General de seguir vigilando de cerca todas las operaciones de mantenimiento de la paz y observando la importancia de la planificación para imprevistos,

Reiterando su enérgica condena de todo intento de desestabilizar el proceso de paz, especialmente por la fuerza, y expresando su intención de examinar sin demora la situación si se produjera cualquier intento de ese tipo, Habiendo tomado nota del informe del Secretario General de fecha 20 de mayo de 2010 (S/2010/245),

Observando de nuevo con preocupación que, a pesar de los continuos esfuerzos por mejorar la situación general de los derechos humanos, sigan denunciándose violaciones de esos derechos y del derecho humanitario cometidas contra civiles en diferentes partes del país, incluidos numerosos actos de violencia sexual que han quedado impunes, destacando que los autores deben ser sometidos a la acción de la justicia, reiterando su enérgica condena de todas las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en Côte d’Ivoire, y recordando sus resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009) y 1889 (2009) sobre la mujer, la paz y la seguridad, sus resoluciones 1612 (2005) y 1882 (2009) sobre los niños y los conflictos armados, y sus resoluciones 1674 (2006) y 1894 (2009) sobre la protección de los civiles en los conflictos armados,

Habiendo determinado que la situación imperante en Côte d’Ivoire sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

(“Apoyo al proceso político de Uagadugú y a un proceso electoral digno de crédito”)

1. Recuerda que las últimas elecciones presidenciales de Côte d’Ivoire se celebraron el 22 de octubre de 2000 y expresa su profunda preocupación por las continuas demoras en el proceso electoral y la falta de un calendario para la celebración de elecciones abiertas, libres, limpias y transparentes en Côte d’Ivoire, y destaca que los sucesos de febrero de 2010 demostraron que la situación seguía siendo muy frágil e inestable;

2. Insta a los interesados pertinentes de Côte d’Ivoire a que se aseguren de que se publique sin más demora el censo electoral definitivo, sobre la base del censo provisional publicado en noviembre de 2009 y certificado por el Representante Especial del Secretario General, anuncien la fecha oficial de la primera vuelta de las elecciones presidenciales y cumplan plenamente sus compromisos, destaca que considerará a las partes de Côte d’Ivoire plenamente responsables y hace notar la declaración conjunta formulada el 2 de mayo de 2010 por el Primer Ministro y el Presidente de la Comisión Electoral Independiente y la labor realizada respecto de una parte del censo electoral provisional;

3. Reitera su determinación de prestar todo su apoyo a un proceso electoral digno de crédito en Côte d’Ivoire, y destaca que la publicación de un censo electoral definitivo certificado por el Representante Especial del Secretario General es esencial para que se celebren elecciones abiertas, libres, limpias y transparentes, así como para que se completen los procesos de desarme y reunificación, tal como resalta el Secretario General en su informe S/2010/245;

4. Reitera también que el Representante Especial del Secretario General se encargará de certificar que cada una de las etapas del proceso electoral ofrezca todas las garantías necesarias para celebrar elecciones presidenciales y legislativas abiertas, libres, limpias y transparentes con arreglo a las normas internacionales, y reafirma su pleno apoyo al Representante Especial del Secretario General en su función de certificación;

5. Destaca que basará su evaluación del proceso electoral en la certificación que prepare el Representante Especial con arreglo al marco basado en cinco criterios mencionado en el documento S/2008/250 y tras mantener contactos inclusivos con todos los interesados de Côte d’Ivoire, incluida la sociedad civil;

6. Reitera la importancia de que la sociedad civil de Côte d’Ivoire tenga una participación inclusiva en el proceso electoral, y de asegurar que se protejan y respeten por igual los derechos humanos de todos los nacionales de Côte d’Ivoire en cuanto se refiere al sistema electoral, y en particular que se respete la libertad de opinión y expresión, y de que se eliminen los obstáculos y dificultades que impiden la participación y la plena intervención de la mujer en la vida pública;

7. Insta de nuevo a los partidos políticos a que cumplan plenamente el Código de Buena Conducta para las elecciones, que firmaron bajo los auspicios del Secretario General, recuerda la importancia que reviste para la población de todo el país tener acceso a una información pluralista y diversa a través de los medios de difusión e insta también a todos los interesados pertinentes de Côte d’Ivoire a que permitan el acceso equitativo y más amplio a los medios de difusión y en particular a las autoridades de Côte d’Ivoire a que permitan el acceso equitativo a los medios de difusión públicos;

8. Expresa su preocupación por las demoras sufridas en el despliegue y la operatividad de las unidades mixtas del Centro de Mando Integrado encargadas de garantizar la seguridad durante las elecciones e insta a las partes de Côte d’Ivoire a que tomen medidas concretas a este respecto;

9. Insta al Gobierno de Côte d’Ivoire a que preste a los operadores que participan en el proceso electoral el apoyo necesario, y alienta a la comunidad internacional a que siga apoyando el proceso electoral, incluso suministrando, con el acuerdo de las autoridades de Côte d’Ivoire, capacidad de observación electoral y la asistencia técnica conexa;

10. Insta a todos los ciudadanos de Côte d’Ivoire a que se abstengan de hacer cualquier llamamiento al odio, la intolerancia y la violencia, observa con interés que en su informe (S/2010/245) el Secretario General alentó al Consejo de Seguridad a que impusiera sanciones selectivas contra los agentes de los medios de difusión que fomentaron la tensión política e incitaron a la violencia y reitera que está plenamente dispuesto a imponer medidas selectivas en virtud de los párrafos 6 y 20 de la resolución 1893 (2009), entre otras contra las personas sobre las que se haya determinado que constituyen una amenaza para el proceso de paz y reconciliación nacional de Côte d’Ivoire o que incitan públicamente al odio y la violencia;

11. Insta de nuevo a las partes de Côte d’Ivoire a que, con el apoyo de la Operación de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (ONUCI) cuando proceda, sigan realizando progresos concretos, antes y después de las elecciones, para hacer avanzar los procesos de reunificación y desarme, incluso sufragando los gastos de esos procesos tal como se establece en el marco del Acuerdo político de Uagadugú;

12. Destaca que el proceso de identificación es clave para la estabilidad de Côte d’Ivoire a largo plazo y exhorta de nuevo a las partes de Côte d’Ivoire a que continúen las operaciones de identificación, incluso después de las elecciones;

13. Condena el hecho de que sigan denunciándose violaciones de los derechos humanos, en particular casos de violencia sexual, y exhorta a todas las partes de Côte d’Ivoire a que, con el apoyo continuado de la ONUCI, aseguren la protección de los civiles, especialmente las mujeres, los niños y los desplazados, cumplan plenamente las recomendaciones de su Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados en Côte d’Ivoire (S/AC.51/2008/5), en concreto la de aprobar y aplicar un plan de acción nacional para hacer frente a la violencia sexual, y se aseguren de que se fortalezca el estado de derecho y se investiguen todos los abusos denunciados y se someta a los responsables de esas violaciones a la acción de la justicia, exhorta también a todas las partes a que adopten medidas apropiadas para abstenerse de todas las formas de violencia sexual, prevenirlas y proteger de ellas a los civiles y reafirma los párrafos 14 a 17 de su resolución 1880 (2009);

14. Insta a los signatarios del Acuerdo político de Uagadugú a que trabajen para conseguir una solución sostenible que permita el retorno voluntario, la reinstalación, la reintegración y la seguridad de los desplazados, incluso abordando los problemas de tenencia de la tierra, con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas, y a que, a ese respecto, cumplan sus compromisos con arreglo al Acuerdo político de Uagadugú y sus obligaciones en virtud del derecho internacional;

15. Solicita a la ONUCI que, al aplicar el párrafo 16, dé prioridad a la consolidación de la estabilidad del país, incluso según se determina en el párrafo 16 b) y al establecimiento del censo electoral definitivo, que es crucial para el proceso de paz en su conjunto;

(“Mandato de la Operación de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire”)

16. Decide que, para ayudar a las partes a aplicar el Acuerdo político de Uagadugú con más eficacia, la ONUCI tendrá el siguiente mandato desde la fecha de aprobación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2010: Contribución a la consolidación de la estabilidad del país

a) Vigilancia de los grupos armados
– Observar y vigilar el cumplimiento del Acuerdo político de Uagadugú de
marzo de 2007 en lo que respecta a los grupos armados; prevenir, en la medida
de sus posibilidades y dentro de sus zonas de despliegue, todo acto hostil,
incluso los dirigidos contra la población civil; e investigar y denunciar
cualquier acto de violencia cometido por las partes de Côte d’Ivoire en el
Acuerdo político de Uagadugú;
– Prestar apoyo al Centro de Mando Integrado mediante asesoramiento técnico,
capacitación y apoyo logístico continuos y participar en las patrullas de las
unidades mixtas del Centro en zonas problemáticas;
– Hacer de enlace con las Fuerzas Armadas Nacionales de Côte d’Ivoire
(FANCI) y los elementos militares de las Forces nouvelles, en coordinación
con las fuerzas francesas, para promover la confianza mutua entre todas las
fuerzas de Côte d’Ivoire implicadas y aliviar las tensiones;
– Ayudar al Gobierno de Côte d’Ivoire a vigilar las fronteras, prestando especial
atención a los desplazamientos de combatientes o el traslado de armas a través
de las fronteras y a la situación de los refugiados de Liberia en estrecha
coordinación con la Misión de las Naciones Unidas en Liberia;
– Contribuir, en coordinación con las autoridades de Côte d’Ivoire, a la
seguridad de los miembros del Gobierno de Côte d’Ivoire y los principales
interlocutores políticos, en el contexto de los preparativos y la celebración de
las elecciones;
b) Protección de los civiles
– Proteger, sin perjuicio de la responsabilidad principal que incumbe a las
autoridades de Côte d’Ivoire, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus
zonas de despliegue, a los civiles que se encuentren bajo una amenaza
inminente de violencia física, incluso en las zonas consideradas de alto riesgo
por la ONUCI sobre la base de la estrategia general de protección de los
civiles y la evaluación de las amenazas que se mencionan en el informe del
Secretario General (S/2010/245);
– Colaborar estrechamente con los organismos humanitarios, especialmente
respecto de las zonas de tensión y de regreso de los desplazados, para
intercambiar información sobre posibles estallidos de violencia y otras
amenazas contra la población civil a fin de darles una respuesta oportuna y
apropiada;
c) Vigilancia del embargo de armas
– Vigilar, en cooperación con el Grupo de Expertos establecido en la resolución
1584 (2005), la aplicación de las medidas impuestas por el párrafo 7 de la
resolución 1572 (2004), incluso inspeccionando, si lo consideran necesario y
cuando proceda sin aviso previo, todas las armas, municiones y materiales
conexos, independientemente de su ubicación, de conformidad con su
resolución 1893 (2009);
– Recoger, según proceda, las armas y cualquier material conexo introducidos en
Côte d’Ivoire contraviniendo las medidas impuestas por el párrafo 7 de la
resolución 1572 (2004), y disponer de ellos adecuadamente;
d) Información pública
– Promover el proceso de paz resultante del Acuerdo político de Uagadugú en
todo el territorio de Côte d’Ivoire mediante el servicio de información pública
de la Misión, en particular su servicio de radiodifusión ONUCI FM;
– Alentar a los medios de difusión y los principales agentes políticos de Côte
d’Ivoire a aplicar plenamente el Código de Buena Conducta para las
elecciones que los partidos de Côte d’Ivoire firmaron bajo los auspicios del
Secretario General, así como firmar y adherirse al Código de Buena Conducta
para los medios de difusión;
– Vigilar cualquier incidente público de instigación al odio, la intolerancia y la
violencia, señalar a la atención del Consejo a todas las personas identificadas
como instigadores de la violencia política y mantener al Comité establecido en
virtud de la resolución 1572 (2004) periódicamente informado de las
novedades registradas a ese respecto;
e) Asistencia en materia de derechos humanos
– Contribuir a la promoción y protección de los derechos humanos en Côte
d’Ivoire, prestando especial atención a las violaciones cometidas contra los
niños y las mujeres y a todas las formas de violencia sexual; vigilar y ayudar a
investigar las violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario
e informar al respecto para poner fin a la impunidad, incluso con arreglo a lo
establecido en las resoluciones 1612 (2005) y 1882 (2009); apoyar los
esfuerzos que todas las partes deberían realizar en cumplimiento de lo
dispuesto en el párrafo 13; señalar a la atención del Consejo a todas las
personas identificadas como autores de graves violaciones de los derechos
humanos; y mantener al Comité establecido en virtud de la resolución 1572
(2004) periódicamente informado de las novedades registradas a este respecto;
f) Apoyo a la asistencia humanitaria
– Facilitar la libre circulación de personas, mercancías y asistencia humanitaria,
entre otros medios contribuyendo a reforzar la seguridad y teniendo en cuenta
las necesidades especiales de los grupos vulnerables, en particular las mujeres,
los niños, las personas de edad, las personas con discapacidades y los
desplazados;
Contribución al proceso electoral y a la identificación de la población
g) Apoyo a la organización de elecciones abiertas, libres, limpias y
transparentes
– Prestar, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus zonas de despliegue,
apoyo técnico y logístico a la Comisión Electoral Independiente que se
encarga de la preparación y celebración de las elecciones, lo que incluye
permitir que la Comisión pueda continuar el proceso de apelaciones, distribuir
el censo electoral provisional y el definitivo, sensibilizar a los medios de
difusión, distribuir tarjetas de identidad y de identificación de votantes y
distribuir y custodiar material electoral confidencial, en concreto las cédulas
de votación;
– Colaborar con todos los agentes pertinentes en la aplicación del plan de
seguridad acordado para las elecciones y, en particular, contribuir a la
seguridad de las zonas de alto riesgo en que se llevará a cabo la votación;
– Asegurar la coordinación de los observadores internacionales y contribuir a su
seguridad, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus zonas de
despliegue;
– Prestar al Representante Especial del Secretario General la asistencia necesaria
para que cumpla su función de certificación del proceso electoral de
conformidad con el párrafo 4;
– Supervisar la aplicación del Código de Buena Conducta para las elecciones y
las medidas de las autoridades de Côte d’Ivoire para garantizar el acceso
equitativo a los medios de difusión públicos, particularmente en el contexto
electoral, y mantener al Comité periódicamente informado de la situación;
– Informar periódicamente al Consejo de Seguridad de cualquier amenaza para
el proceso electoral, según la definición que figura en el párrafo 11 de su
resolución 1911 (2010), y señalar a su atención a todas las personas
identificadas como responsables de tales amenazas;
h) Operaciones de identificación de la población
– Contribuir, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus zonas de
despliegue, al apoyo prestado por el equipo de las Naciones Unidas en el país
y otros agentes pertinentes al proceso de identificación de la población;
Contribución a las demás tareas pendientes del proceso de paz
i)Desarme, desmovilización, almacenamiento de armas y reintegración de
los excombatientes de ambas partes y los miembros de las milicias
– Prestar apoyo al Centro de Mando Integrado en los procesos de:
– Desarme y almacenamiento seguro de las armas de los excombatientes de
ambas partes;
– Desmovilización de los excombatientes de las Forces nouvelles;
– Desarme, almacenamiento de armas y desmantelamiento de las milicias;
– Ayudar a las autoridades de Côte d’Ivoire, en particular, a que avancen en los
planes previstos para el adiestramiento de los excombatientes de las Forces
nouvelles seleccionados para integrarse en las filas del futuro ejército nacional
y que serán acantonados en Bouaké, Korhogo, Man y Séguéla, incluso en
materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario;
– Contribuir a la reintegración de los excombatientes y miembros de las milicias
y alentar a los donantes a que sigan apoyando iniciativas a este respecto;
j) Apoyo al restablecimiento de la administración estatal y el poder judicial
de Côte d’Ivoire en todo el país
– Apoyar, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus zonas de despliegue,
la mejora de las condiciones de seguridad para que el Gobierno de Côte
d’Ivoire y los organismos de las Naciones Unidas puedan definir y poner en
práctica prioridades de consolidación de la paz en todo el país;
– Ayudar al Gobierno de Côte d’Ivoire, junto con las organizaciones regionales
pertinentes, a restablecer la autoridad del poder judicial y el estado de derecho
en todo el territorio de Côte d’Ivoire;
k)Reforma del sector de la seguridad
– Asesorar al Gobierno de Côte d’Ivoire, según proceda, sobre la reforma del
sector de la seguridad y la organización del futuro ejército nacional, incluido el
establecimiento de un mecanismo efectivo de investigación de antecedentes,
de conformidad con las normas internacionales;
– Contribuir, según proceda, al desarrollo por las autoridades de Côte d’Ivoire de
la capacidad de la policía y la gendarmería, en particular mediante el
adiestramiento antidisturbios, y al restablecimiento de su presencia en todo el
territorio de Côte d’Ivoire;
Otras tareas
1) Facilitación
– Coordinarse con el Facilitador y su Representante Especial en Abidján para
ayudarlos a realizar las actividades de facilitación, según sea necesario y
apropiado y dentro de los medios disponibles, incluso prestando apoyo
logístico a la oficina del Representante Especial;
m) Protección del personal de las Naciones Unidas
– Proteger al personal, las instalaciones y el equipo de las Naciones Unidas y
garantizar la seguridad y la libertad de circulación del personal de las
Naciones Unidas;

17. Autoriza a la ONUCI a utilizar todos los medios necesarios para cumplir su mandato, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus zonas de despliegue;

18. Exhorta a todas las partes a que cooperen plenamente en las operaciones de la ONUCI y de las fuerzas francesas que la respaldan, en particular garantizando su seguridad y libertad de circulación con acceso irrestricto e inmediato, así como las del personal asociado, en todo el territorio de Côte d’Ivoire, a fin de que puedan cumplir plenamente sus mandatos;

19. Decide que la ONUCI tendrá una dotación máxima autorizada de 7.392 efectivos militares, manteniendo la dotación total autorizada actual combinada de 8.650 efectivos, con un máximo de 7.200 soldados y oficiales de estado mayor y 192 observadores militares, y una dotación máxima de 1.250 efectivos de policía y 8 funcionarios de aduanas adscritos;

20. Expresa su intención de considerar la posibilidad de aumentar, durante un período de tiempo limitado antes y después de las elecciones, la dotación autorizada de efectivos militares y de policía hasta un máximo de 500 efectivos adicionales y, a ese respecto, solicita al Secretario General que le siga presentando información actualizada sobre su análisis técnico de manera oportuna para su examen;

21. Acoge con beneplácito la intención expresada por el Secretario General en los párrafos 97 y 99 de su informe S/2010/245 de reconfigurar la ONUCI para aumentar su presencia en las zonas consideradas como zonas de alto riesgo e incrementar la capacidad de su fuerza de reserva;

22. Solicita al Secretario General que siga incluyendo en sus informes datos pertinentes sobre los progresos registrados en la promoción y protección de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, así como sobre el fortalecimiento del estado de derecho, incluido el fin de la impunidad en Côte d’Ivoire, prestando especial atención a la violencia contra los niños y las mujeres, y sobre los progresos logrados en la incorporación de la perspectiva de género en toda la ONUCI, así como todos los demás aspectos relativos a la situación de las mujeres y las niñas, especialmente en relación con la necesidad de protegerlas de la violencia sexual y por razón de género, de conformidad con sus resoluciones 1325 (2000), 1612 (2005), 1820 (2008), 1882 (2009), 1888 (2009) y 1889 (2009);

23. Solicita al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para asegurar que en la ONUCI se aplique plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales y que lo mantenga informado al respecto, e insta a los países que aportan contingentes a que adopten medidas preventivas apropiadas, incluida la sensibilización antes del despliegue, y otras medidas para asegurar la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal;

24. Decide prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2010 la autorización que concedió a las fuerzas francesas para respaldar a la ONUCI, dentro de los límites de su despliegue y su capacidad;

25. Recalca la importancia de que el concepto de operaciones y las normas de intervención militares y policiales sean plenamente acordes con lo dispuesto en la presente resolución, en particular en los párrafos 15 a 19, y solicita al Secretario General que informe al respecto al Consejo de Seguridad y a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía;

26. Solicita al Secretario General que haga un seguimiento de los progresos en el cumplimiento de los puntos de referencia existentes y que prepare un nuevo conjunto de puntos de referencia para una posible reducción de la fuerza, teniendo plenamente en cuenta la necesaria consolidación de la estabilidad del país;

27. Recalca la importancia de que las fuerzas de seguridad de Côte d’Ivoire dispongan de equipo antidisturbios adecuado para que el uso de la fuerza que hagan al mantener el orden público sea siempre apropiado y proporcionado, con sujeción al embargo de armas impuesto por el párrafo 7 de la resolución 1572 (2004) y el procedimiento de exención establecido en los párrafos 8 b) y e) de la resolución 1572 (2004);

28. Solicita al Secretario General que lo informe de la publicación del censo electoral definitivo y le presente un informe de mitad de período, a más tardar el 22 de octubre de 2010, y un informe completo, a más tardar el 30 de noviembre de 2010, acerca de la situación sobre el terreno, la aplicación de la presente resolución y los puntos de referencia revisados mencionados en el párrafo 26, que incluya posibles ajustes de la estructura y dotación de la ONUCI, y solicita también al Secretario General que le presente recomendaciones a ese respecto según proceda;

29. Expresa su intención de volver a examinar, a más tardar el 31 de diciembre de 2010, el mandato, la estructura y la dotación de la ONUCI, la autorización concedida a las fuerzas francesas que la respaldan y los puntos de referencia mencionados en el párrafo 26, y considerar todas las opciones, incluidas las que figuran en el informe del Secretario General de 20 de mayo de 2010 (S/2010/245), a la luz de la consolidación de la estabilidad de la situación, la aplicación de las medidas clave del proceso de paz, la situación de las elecciones y la voluntad política demostrada por las partes de Côte d’Ivoire;

30. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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