Un libro sobre la filosofía del derecho

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​Un libro sobre la filosofía del derecho​ (1918) de José Ortega y Gasset

Desde los estudios de D. Francisco Giner de los Ríos acaso no ha aparecido en España una obra tan honda y sugestiva sobre filosofía del Derecho como la que ahora saca a la luz el señor Rivera Pastor con el título de Lógica de la Libertad.

Se trata de un ensayo muy denso en la ejecución, pero amplísimo en la proyección, para sistematizar los conceptos cardinales de todo Derecho, inclusive el penal y el político. El señor Rivera Pastor ataca en giro agudo y profundo las cuestiones más gravemente filosóficas del problema. Pocas veces un jurista se hallará dotado de más sólida preparación en filosofía.

Por ello, es un libro que va dirigido a muy pocos, dada la infrecuencia de las aficiones filosóficas en nuestro país.

El pensamiento del señor Rivera Pastor avanza desde un fondo clásico de ideología kantiana, más estrictamente dicho, neokantiana. Sin embargo, la ambición principal del libro consiste en una reforma de la filosofía del Derecho que Kant derivó de su sistema. El señor Rivera se hace eco de la justa censura hecha a Kant, desde su propio tiempo, por el formalismo vacío de su filosofía práctica. Stammler y Cohen, cada cual según su humor, han intentado vanamente henchir de materia esas formas vacías que son en Kant lo bueno y lo justo. En la Lógica de la Libertad se aspira a lo mismo, pero con un mayor radicalismo y más decidido ánimo.

No es posible en este lugar desenvolver la trayectoria que el propósito del señor Rivera sigue. Ya es en extremo condensada la exposición de su libro, hasta el punto que sólo quien sea un técnico en la materia puede apreciar los matices de ella. Con dos palabras sólo podría yo indicar ahora que el autor encuentra el origen del formalismo kantiano en que el gran maestro regiomontano no siguió en filosofía práctica la misma arquitectura de su filosofía teorética. En el conocimiento científico, distingue Kant entre el pensar puro, que no es sino forma, y la intuición, en que las cosas nos son dadas como un material que ha de moldearse en aquellas formas. Pero en el conocimiento moral pretende Kant que hallemos los principios rectores de la voluntad mediante el puro pensar, sin intuición ninguna. El señor Rivera se declara muy contra esta resolución, y exige para la Moral y el Derecho una intuición propia.

¿Es esta idea acertada? ¿No existe un grave quid pro quo en la interpretación que el señor Rivera se ha formado de la ética kantiana y aun del papel que la intuición representa en su filosofía teorética? En otro sitio más adecuado me propongo hablar de ello. Aquí sólo puede ir mi aplauso por la riqueza de motivos ideológicos y el acierto en no pocos detalles de esa rara obra española.

Sobre algún punto, sin embargo, me permito, desde luego, llamar la atención del autor. El título del libro me parece poco afortunado. Una lógica de la libertad es una cosa tan imposible como una matemática del amor o una ética de los poliedros. Los motivos que han incitado al señor Rivera para titular así su libro debían muy especialmente haberle apartado de ello. Si desea enseñarnos con peculiar acentuación que existen categorías específicas para la Moral y el Derecho; que, por tanto, no se trata de una mera aplicación de las categorías fisicomatemáticas a los fenómenos de la voluntad, razón de más para no hablarnos de una lógica de la libertad. Desde su punto de vista, muy remoto, por cierto, del mío, sólo cabe hablar de una «filosofía práctica», bajo la cual vayan una ética y una filosofía del Derecho o teoría jurídica.

Otro punto que me interesa subrayar es el excesivo rango que, tanto en este libro como en casi todo lo que hoy se oye en España sobre la filosofía del Derecho, ocupa Stammler. Su obra es, sin duda, magistral y venerable. Pero su dirección y la manera fundamental de acercarse a los problemas pertenecen a un pretérito irredimible. No vacilemos en decirlo. El neokantismo fue la doctrina donde nos hemos educado para la filosofía; guardemos gratitud a nuestros maestros. Pero el neokantismo no es la ciencia actual, ni mucho menos la futura. El más vivo interés del libro que el señor Rivera publica yace precisamente en su intento de superar el neokantismo.

En fin, una advertencia sobre un lapsus que hallo. El señor Rivera hace un paralelo entre los principios de la justicia y los de la mecánica. La utilidad de ese emparejamiento me parece muy dudosa; pero sólo a distracción cabe atribuir que el autor ponga «en el mismo plano la ley de acción y reacción, la cual es, en efecto, un principio de mecánica racional, y la gravitación universal, que no es un principio ni una ley racional, sino una hipótesis empírica, una ley inductiva de física, y, por tanto, una verdad aproximativa. En tiempo de Kant no se veía clara esta diferencia; pero hoy nadie la ve oscura.


El Sol, 10 de febrero de 1918.