Acta del Cabildo de Guayaquil (7 de Agosto de 1638)

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EL CORREGIDOR BALTAZAR MALO DE MOLINA PROPONE LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS DE CABILDO PARA VIVIENDA DECENTE DEL PRÓXIMO CORREGIDOR QUE LE SUCEDA – Cabildo de 7 de Agosto de 1638.

En la Ciudad de Santiago de Guayaquil, en siete días del mes de Agosto de mil y seiscientos y treinta y ocho años, se juntaron a Cabildo los Señores Justicia y Regimiento de esta Ciudad; es a saber; el Mae(tr)e de Campo Baltazar Malo de Molina , Corregidor y Justicia Mayor de esta Ciudad; y el Capitán Joseffe Jiménez, Alcalde Ordinario y Alférez Mayor; el Capitán Joan Pérez de Vargas, Alguacil Mayor; Don Antonio de Castro, Provincial de la Santa Hermandad; y Diego Navarrete del Castillo; Depositario General; y Francisco de Castañeda, Fiel Ejecutor; y Diego de Orozco Briceño, Regidor; todos con voz y voto y con asistencia de Don Francisco Pacheco, Procurador General, se trató y acordó lo siguiente:

I Asunto – Proposición del Señor Corregidor.

En este Cabildo propuso el Corregidor, lo siguiente: Ya vuestra Señoría habrán entendido como Su Magestad tiene proveído por Corregidor de esta Ciudad a Don Joan de Hinojosa y Chávez, y que es persona de toda calidad, y conducta y familia, yq ue s bien se tenga Casas de Cabildo donde pueda vivir, según que esta Ciudad está obligada, y así requiero a Vuestra Señoría que luego, al punto, se ponga por obra el que se hagan estas casas de vivienda sin dar lugar a más dilaciones, costeándolas de los Propios o de donde a Vuestra Señoría le pareciere y, de lo contrario, protesto no me pare perjuicio y que a mí se me paguen los alquileres que he pagado por falta de Casas de Cabildo; pues, es obligación de todas las ciudades donde Su Magestad pone Corregidor se les dé casa en que vivan, y de esta proposición pido testimonio.

II Asunto - Respuesta de los Capitulares.

Y, visto por este Cabildo, entendido dijeron, que por cuanto este Cabildo tiene teja y estantes prestados a vecinos de esta Ciudad, se recojan y cobren con toda brevedad, de las personas que los debieren, y para ello dieron comisión y lo cometieron al Capitán Diego Navarrete, Depositario General, y a Don Francisco Pacheco, Procurador General, para que se hagan las dichas casas le cometieron la fabrica de ellas al General Joseffe de Castro y a los dichos Depositario y Procurador, a los cuales, para dicho efecto, dan poder y facultad para que cobren todo lo que se debe a esta Ciudad de sus Propios y los puedan empeñar en lo que gustaren en fabricar dichas Casas, prefiriendo este gasto a otro cualquiera, de manera que queden capaces dichas casas para vivienda del dicho Corregidor y su familia, y con esto remitieron la data de alquileres que pide a otro Cabildo donde se hallarán los demás capitulares que faltan, y para ver la orden que en esto se ha tenido; con que se acabó este Cabildo y lo firmaron.

Baltazar Malo de Molina. Joseph Ximénez. Joan Pérez de Vargas. Don Antonio de Castro y Guzmán. Diego Navarrete del Castillo. Francisco de Castañeda. Diego Orozco Briceño. Don Francisco Pacheco.

Ante mí, Lorenzo de Bances León. Escribano de Cabildo.

Bibliografía[editar]

  • Freile Granizo, Juan. Actas del Cabildo Colonial de Guayaquil Tomo I: 1634 a 1639 De la Primera Época. Versión de Juan Freile Granizo, basada en la transcripción original de José Gabriel Pino Roca, revisada por Rafael Euclides Silva. Publicación del Archivo Histórico del Guayas bajo patrocinio de la Junta Cívica de Guayaquil (Santiago de Guayaquil, 31 de agosto de 1972). Página 322 y 323.