Constitución de El Salvador de 1983/Título I

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Constitución de El Salvador (1983)
Aprobada por el Decreto Constituyente No. 38, del 15 de diciembre de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 234, Tomo No. 281, del 16 de diciembre de 1983. Entró en vigencia el 20 de diciembre de 1983. Esta versión incorpora reformas hasta 2014.
Título I


Título I
Capítulo único
La persona humana y los fines del Estado
Art. 1.— El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.
Asimismo reconoce como persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción.[1]
En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.

  1. 12.ª reforma constitucional, ratificada por D. L. Nº 541, del 3 de febrero de 1999 y publicada en el D. O. Nº 32, T. 342, del 16 de febrero de 1999.