Ir al contenido

Circular N° 586 de la Junta de Gobierno sobre el uso de la fuerza y control de la población en "Estado de Guerra Interna" (1973)

De Wikisource, la biblioteca libre.
Circular de la Junta de Gobierno sobre el uso de la fuerza y control de la población en "Estado de Guerra Interna" (23 de noviembre de 1973)
de Augusto Pinochet

REPÚBLICA DE CHILE. JUNTA DE GOBIERNO.

Casa Militar N° 586 / SANTIAGO, 23 de noviembre de 1973

CIRCULAR PARA SER DIFUNDIDA A TODOS LOS ESCALONES DEL MANDO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS

1.- El Gobierno de la Nación, a partir del 11 de septiembre, decretó el "Estado de Guerra Interna" y mantiene el territorio nacional en "Estado de Sitio", a fin de facilitar el desarrollo de las operaciones contra las fuerzas marxistas que hasta esa fecha estaban destruyendo los recursos y valores fundamentales de nuestra Patria, fuerzas que todavía no han sido aniquiladas y que por lo tanto desde la clandestinidad y con la ayuda de núcleos foráneos afines tratan de reorganizarse para emerger en la vida nacional y perturbar la acción de restauración de la Junta de Gobierno, así como la tranquilidad de nuestro pueblo.

2.- Paralelamente con estas fuerzas extremistas, existen sectores de los partidos políticos (hoy en receso), que fueron opositores al Gobierno de la U.P. que tratan de llevar adelante una lenta, silenciosa y penetrante acción, para impedir el rápido avance de la acción restauradora nacional de la Junta de Gobierno, aprovechándose fundamentalmente de los errores que se cometen en los mandos medios y subalternos en todas las áreas de la actividad nacional.

3.- Ambas fuerzas opositoras buscan afianzar sus posiciones volcando a su favor la opinión pública, constituida por la gran masa de chilenos que, en un definido apoyo a la acción de la Junta de Gobierno, está trabajando activamente para la restauración de Chile, pero que como es lógico espera del Gobierno y de sus colaboradores más directos, la aplicación de procedimientos diametralmente opuestos a los empleados por el gobierno marxista y cuyas consecuencias nos indicaron el hacer uso del "Derecho de Rebelión", interpretando en gran medida el sentir de esa masa de opinión pública.

4.- Estas consideraciones, tienen una gran repercusión en la labor que a diario están cumpliendo las FF. AA. y Carabineros por cuanto son ellos quienes materializan el Frente Bélico de esta "Guerra Interna" y concretan las acciones más fuertes que para la mantención del "Orden Público" deben ejecutarse en un país en "Estado de Sitio".

5.- En consecuencia, es absolutamente necesario que los Altos Mandos de las FF. AA. y Carabineros orienten la acción de sus mandos subalternos de acuerdo a la siguiente política general:

a.- Las acciones contra fuerzas extremistas cualquiera que sea su magnitud, deben conducirse con energía y decisión, buscando el aniquilamiento de estos núcleos.

b.- Los allanamientos y detenciones de personas, deben ser ejecutadas con oportunidad y firmeza, pero con órdenes de autoridades competentes que aseguren un procedimiento que en ningún caso desprestigie la sacrificada y patriótica labor que están cumpliendo las FF. AA. y Carabineros y que no pueden ser comparadas o confundidas con acciones de extremistas que tanto daño causan a la tranquilidad de la población.

c.- El tratamiento de los detenidos, debe también ser consecuente con la peligrosidad y grado de comprometimiento comprobado del detenido, ya que es lógico que ocurra que por el gran número de procesos que se sustancian, se procede a detener a muchas personas que al no comprobárseles implicancia en dichos procesos son puestas en libertad y desde todo punto es inconveniente que esas personas por el trato que se les ha dado, salgan con espíritu de venganza y por lo tanto pueden transformarse en futuros extremistas.

d.- La acción de las FF. AA. y Carabineros en los diferentes cargos públicos que sus integrantes están ocupando, debe caracterizarse por una honestidad a toda prueba, para que así la Historia asigne estas características como una de las más importantes de nuestra etapa de Gobierno.

e.- Los miembros de las FF. AA. y Carabineros deben actuar en forma ejemplarizadora en el cumplimiento de las disposiciones que dictan los Jefes de las Zonas en Estado de Sitio, en especial en lo referido al respeto a las horas de queda en todo el territorio nacional, actitud que contribuirá en gran medida a facilitar la labor de las patrullas que cumplen funciones en esas horas.

6.- La presente Circular será leída y comentada en el más breve plazo a todos los miembros de las FF. AA. y Carabineros.

Fdo.: AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.