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Decreto contra la esclavitud, las gabelas y el papel sellado (Miguel Hidalgo)

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Don Miguel Hidalgo y Costilla,

Generalísimo de América,

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Desde el feliz momento en que la valerosa nación americana tomó las armas para sacudir el pesado yugo que por espacio de tres siglos la tenía oprimida, uno de sus principales objetos fue exterminar tantas gabelas con que no podía adelantar su fortuna; mas como en las críticas circunstancias del día no se pueden dictar las providencias adecuadas a aquel fin, por la necesidad de reales que tiene el reino para los costos de la guerra, se atiende por ahora a poner remedio en lo más urgente por las declaraciones siguientes:

  • 1. Que todos los dueños de esclavos deberán darles la libertad, dentro del término de diez días, so pena de muerte, la que se le aplicará por transgresión de este artículo.
  • 2. Que cese para lo sucesivo la contribución de tributos respecto de las castas que lo pagaban y toda exacción que a los indios se les exija.
  • 3. Que en todos los negocios judiciales, documentos, escrituras y actuaciones, se haga uso del papel común quedando abolido el de sellado.
  • 4. Que todo aquel que tenga instrucción en el beneficio de la pólvora, pueda labrarla, sin más obligación que la de preferir al gobierno en las ventas para el uso de sus ejércitos, quedando igualmente libres todos los simples de que se compone.

Y para que llegue a noticia de todos y tenga su debido cumplimiento, mando se publique por bando en esta capital y demás villas y lugares conquistados, remitiéndose el competente número de ejemplares a los tribunales, jueces y demás personas a quienes corresponda su cumplimiento y observancia.

Dado en la ciudad de Guadalajara, a 6 de diciembre de 1810.

Miguel Hidalgo,

Generalísimo de América.


Por mandato de Su Alteza,

Lic. Ignacio Rayón,

Secretario.


Fuente: La Independencia de México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, Secretaría de Gobernación, México, 1992.