El contrato social: Libro Primero: Capítulo III

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CAPÍTULO III.
Del derecho del mas fuerte.

El mas fuerte nunca lo es bastante para dominar siempre, sino muda su fuerza en derecho y la obediencia en obligacion. De aqui viene el derecho del mas fuerte; derecho que al parecer se toma irónicamente, pero que en realidad está erigido en principio. ¿Habrá empero quien nos esplique que significa esta palabra? La fuerza no es mas que un poder físico; y no sé concebir que moralidad pueda resultar de sus efectos. Ceder á la fuerza es un acto de necesidad y no de voluntad; cuando mas es un acto de prudencia. En que sentido pues se considerará como derecho?

Supongamos por un momento este pretendido derecho. Tendremos que solo resultará de él una confusion inexplicable; pues admitiendo que la fuerza es la que constituye el derecho, el efecto muda mudando su causa: cualquiera fuerza que supera á la anterior sucede al derecho de esta. Luego que impunemente se puede desobedecer, se hace legítimamente: y teniendo siempre razon el mas fuerte, solo se trata de hacer de modo que uno llegue á serlo. Segun esto, en que consiste un derecho que se acaba cuando la fuerza cesa? Si se ha de obedecer por fuerza, no hay necesidad de obedecer por deber; y cuando á uno no le pueden forzar á obedecer, ya no está obligado á hacerlo. Se vé pues que esta palabra derecho nada añade á la fuerza, ni tiene aqui significacion alguna.

Obedeced al poder. Si esto quiere decir, ceded á la fuerza, el precepto es bueno, aunque del todo inútil; yo fiador que no será violado jamás. Todo poder viene de Díos, es verdad: tambien vienen de él las enfermedades; se dice por esto que esté prohibido llamar al médico? Si un bandido me sorprende en medio de un bosque, ¿se pretenderá acaso que no solo le dé por fuerza mi bolsillo, sino que, aun cuando pueda ocultarlo y quedarme con él, esté obligado en conciencia á dárselo? pues al cabo la pistola que el ladron tiene en la mano no deja de ser tambien un poder.

Convengamos pues en que la fuerza no constituye derecho, y en que solo hay obligacion de obedecer á los poderes legítimos. De este modo volvemos siempre á mi primera cuestion.