Diferencia entre revisiones de «Página:13 Cartas del Famoso Conquistador Hernán Cortés.pdf/189»

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que no tuviesen ni obedeciesen al dicho Narvaez por tal capitan ni justicia; antes dentro de cierto término que en el dicho mandamiento señalé, pareciesen ante mí, para que yo les dijese lo que debian hacer en servicio de vuestra alteza, con protestacion que, lo contrario haciendo, procederia contra ellos como contra traidores y aleves y malos vasallos, que se rebelaban contra su rey, y quieren usurpar sus reinos y señoríos, y darles y aposesionar dellas á quien no pertenecian, ni dellas ha accion, ni derecho compete. E que para la ejecucion desto, no pareciendo ante mí ni haciendo lo contenido en el dicho mi mandamiento, iria contra ellos á les prender y cautivar, conforme á justicia. E la respuesta que desto hube del dicho Narvaez, fué prender al escribano y á la persona que con mi poder les fueron á notificar el dicho mandamiento, y tomarles ciertos indios que llevaban, los cuales estuvieron detenidos hasta que llegó otro mensajero que yo envié á saber dellos, ante los cuales tornaron á hacer alarde de toda la gente, y amenazar á ellos y á mí, si la tierra no les entregásemos. E visto que por ninguna via yo podía excusar tan gran daño y mal, y que la gente de naturales de la tierra se alborotaban y levantaban á mas andar, encomendándome á Dios, y pospuesto todo el temor del daño que se podia seguir, considerando que morir en servicio de mi rey, y por defender y amparar sus tierras, y no las dejar usurpar, á mí
que no tuviesen ni obedeciesen al dicho Narvaez
por tal capitan ni justicia; antes dentro de cierto
término que en el dicho mandamiento señalé, pa-
reciesen ante mí, para que yo les dijese lo que de-
bian hacer en servicio de vuestra alteza, con pro-
testecion que, lo contrario haciendo, procederia
contra ellos como contra traidores y aleves y malos
vasallos, que se rebelaban contra su rey, y quieren
usurpar sus reinos y señoríos, y darles y aposesio-
nar dellas á quien no pertenecian, ni dellas ha ac-
cion, ni derecho compete. E que para la ejecucion
desto, no pareciendo ante mí ni haciendo lo conte-
nido en el dicho mi mandamiento, iria contra ellos
á les prender y cautivar, conforme á justicia. E la
respuesta que desto hube del dicho Narvaez, fué
prender al escribano y á la persona que con mi poder
les fueron á notificar el dicho mandamiento, y to-
marles ciertos indios que llevaban, los cuales estu-
vieron detenidos hasta que llegó otro mensajero
que yo envié á saber dellos, ante los cuales torna-
ron á hacer alarde de toda la gente, y amenazar á
ellos y á mí, si la tierra no les entregásemos. E
visto que por ninguna via yo podía excusar tan
gran daño y mal, y que la gente de naturales de la
tierta se alborotaban y levantaban á mas andar,
encomendándome á Dios, y pospuesto todo el te-
mor del daño que se podia seguir, considerando
que morir en servicio de mi rey, y por defender y
amparar sus tierras, y no las dejar usurpar, á mí

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que no tuviesen ni obedeciesen al dicho Narvaez por tal capitan ni justicia; antes dentro de cierto término que en el dicho mandamiento señalé, pareciesen ante mí, para que yo les dijese lo que debian hacer en servicio de vuestra alteza, con protestacion que, lo contrario haciendo, procederia contra ellos como contra traidores y aleves y malos vasallos, que se rebelaban contra su rey, y quieren usurpar sus reinos y señoríos, y darles y aposesionar dellas á quien no pertenecian, ni dellas ha accion, ni derecho compete. E que para la ejecucion desto, no pareciendo ante mí ni haciendo lo contenido en el dicho mi mandamiento, iria contra ellos á les prender y cautivar, conforme á justicia. E la respuesta que desto hube del dicho Narvaez, fué prender al escribano y á la persona que con mi poder les fueron á notificar el dicho mandamiento, y tomarles ciertos indios que llevaban, los cuales estuvieron detenidos hasta que llegó otro mensajero que yo envié á saber dellos, ante los cuales tornaron á hacer alarde de toda la gente, y amenazar á ellos y á mí, si la tierra no les entregásemos. E visto que por ninguna via yo podía excusar tan gran daño y mal, y que la gente de naturales de la tierra se alborotaban y levantaban á mas andar, encomendándome á Dios, y pospuesto todo el temor del daño que se podia seguir, considerando que morir en servicio de mi rey, y por defender y amparar sus tierras, y no las dejar usurpar, á mí