Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/214»

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SESION DE 15 DE SETIEMBRE DE 1823 197 rezco i digo: que, por diversos decretos de la Su premacía Directorial, se me ha indultado con un privilejio esclusivo en aquellas máquinas deseo nocidas en el país, que levante. Se han instalado algunas que, con feliz éxito, dan al Estado un aventajado lucro en sus producciones. Hoi tengo concluida en la casa fábrica de tejidos otra máquina de torcer hilos de lana i algodon que da movimiento a treinta i seis husos en la que empleado un joven hará tanto cuanto harian ciento cincuenta mujeres, torciendo hilos en los husos que conoce este suelo. No pretendo en esta parte un privilejio esclusivo,sino una patente en que se declare que el que quiera hacer uso de dicha máquina la compre a la casa fábrica de mi cargo, en quinientos pesos que son los que me ha exijido por compensativo a beneficio de ámbos, el constructor don Tomas Escot, de nacion escocesa; i doscientos pesos al ciudadano que quiera hacer dicha máquina a su costa fuera de la fábrica, entendiéndose que dicha patente debe ser por diez años. De este modo la República chilena podrá adelantar con dicha máquina el que ese crecido número de mujeres, que hoi se ocupan en torcer hilos, pueda producir cada una de ellas la labor de ciento cincuenta. Con esta ventaja los ponchos i otros tejidos de este órden podrán llegar a un precio ínfimo, que haga cuenta al comerciante para esportarlos a otras naciones, Las naciones mas civilizadas nos dan el ejemplo de invitar a los empresarios i constructores de nuevas máquinas, con estos privilejios i patentes, persuadidos que el hombre se mueve por el interes i miéntras no se le pone un premio a sus fatigas, se quedan sepultados los mas aventajados injénios. Nuestro suelo, como una nacion naciente, necesita mas que las otras apurar estos compensativos, en la certeza que, cuanto mayor sean los premios, lo debe ser el número de empresarios i constructores. La esperiencia en Chile le ha hecho ver esta verdad en la fábrica de tejidos, donde, con crecido lucro, las maquinarias que han venido han dado alas a costa de mis intere ses i la diversidad de máquinas que en dicha fábrica i en el Carrizal se han organizado. Si el Soberano Congreso quiere cerciorarse de la ventaja que llevo anunciada en la máquina de torcer hilos, puede nombrar una comision que pase a la fabrica el dia de mañana i observe si con el impulso de un individuo elaboran treinta i seis husos, i asimismo inspeccionen si los hilos torcidos en un cuarto de hora corresponden al trabajo de ese crecido número de mujeres que llevo anunciado i, evacuado este trámite, se dé cuenta para que el Soberano Congreso resuelva como llevo pedido i es de justicia, etc.— Santiago Heitz. TOMO VIII
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rezco i digo: que, por diversos decretos de la Su

premacía Directorial, se me ha indultado con un
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privilejio esclusivo en aquellas máquinas deseo

nocidas en el país, que levante. Se han instalado
di PROYECTO PROPUESTO EN AQUELLOS TIEMPOS I EN EL NUESTRO POR EL CIUDADANO TOMAS DEL CAN'IO, 1 NUEVAMENTE HOI POR MUI JUSTAS CONSIDERACIONES. Señor: Toda la felicidad de la República consiste en la riqueza; su desprecio, que es una virtud de los particulares, seria un gran pecado de la Soberanía, porque la opulencia en los países es el mayor asunto de las compañías civiles i es el espíritu que las anima. El proyecto que se presenta tiene una gran parte de grandeza i se hará un coadyuvante poderoso, que a su tiempo servirá de base o instrumento para establecer magníficas obras. Un pósito de granos jeneral es el que producirá estos efectos; su acopio es facilísimo i suave, a que convendrá todo hombre civil; puede hacerse de dos modos: o pidiendo a los vecinos respectivos lo que cada uno quiera dar de gracia, o que en una sola cosecha den de cada diez (anegas cuatro almudes. Este último arbitrio, si se adopta, aseguro que de la ciudad de Aconcagua i villa de los Andes se acopiarán tres mil fanegas de trigo, sin contar con los demas granos. El fin primario de su establecimiento será socorrer labradores necesitados con el interes de cuatro almudes por carga a cada cosecha; su buen uso i seguridad, afianzando un reglamento prolijo, a los cinco años dobla el principal con 486 fanegas seis almudes (ofrece unos cortos gastos para el acopio que omito), i suma su totalidad 6,486 fanegas seis almudes. Si se quiere, por cálculo, tirar una cuenta de lo que el reino o cada uno de sus pueblos debe producir en el referido término, me parece mui bastante el ejemplo de lo que produce sin equivocacion la de Aconcagua i Andes; mi insufi ciencia no permite que trate prontamente sobre los destinos provechosos a que se debe aplicar el producto anual del fondo o pósito; cuando ya esté en estado, que lo considero a los diez años de su establecimiento, entónces (permítaseme asentar por objeto necesario) servirá una pai te para renta de curas, para que los recibos de lo que les debe constar su sangre gocen el beneficio de óleos, casamientos i entierros, sin mas interes. El proyecto debe considerarse como un hallazgo, porque si hai economía, con sus productos bien dirijidos serán en breve tiempo conocidos sus relativos proventos. Dios prestará salud i vida a los señores de este Soberano Congreso para que sean testigos de (1) Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 29, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.) 28
algunas que, con feliz éxito, dan al Estado un
aventajado lucro en sus producciones. Hoi tengo
concluida en la casa fábrica de tejidos otra má-
quina de torcer hilos de lana i algodon que da
movimiento a treinta i seis husos en la que em-
pleado un joven hará tanto cuanto harian ciento
cincuenta mujeres, torciendo hilos en los husos
que conoce este suelo. No pretendo en esta par-
te un privilejio esclusivo,sino una patente en que
se declare que el que quiera hacer uso de dicha
máquina la compre a la casa fábrica de mi cargo,
en quinientos pesos que son los que me ha exiji-
do por compensativo a beneficio de ámbos, el
constructor don Tomas Escot, de nación escoce-
sa; i doscientos pesos al ciudadano que quiera
hacer dicha máquina a su costa fuera de la fá-
brica, entendiéndose que dicha patente debe ser
por diez años.
De este modo la República chilena podrá ade-
lantar con dicha máquina el que ese crecido nú-
mero de mujeres, que hoi se ocupan en torcer hi-
los, pueda producir cada una de ellas la labor de
ciento cincuenta. Con esta ventaja los ponchos i
otros tejidos de este órden podrán llegar a un
precio ínfimo, que haga cuenta al comerciante
para esportarlos a otras naciones,
Las naciones mas civilizadas nos dan el ejem-
plo de invitar a los empresarios i constructores
de nuevas máquinas, con estos privilejios i paten-
tes, persuadidos que el hombre se mueve por el
Ínteres i miéntras no se le pone un premio a sus
fatigas, se quedan sepultados los mas aventajados
injénios.
Nuestro suelo, como una nación naciente, ne-
cesita mas que las otras apurar estos compensa-
tivos, en la certeza que, cuanto mayor sean los
premios, lo debe ser el número de empresarios i
constructores. La esperiencia en Chile le ha he-
cho ver esta verdad en la fábrica de tejidos,
donde, con crecido lucro, las maquinarias que
han venido han dado alas a costa de mis intere
ses i la diversidad de máquinas que en dicha fá-
brica i en el Carrizal se han organizado.
Si el Soberano Congreso quiere cerciorarse de
la ventaja que llevo anunciada en la máquina de
torcer hilos, puede nombrar una comision que
pase a la fabrica el dia de mañana i observe si
con el impulso de un individuo elaboran treinta
i seis husos, i asimismo inspeccionen si los hilos
torcidos en un cuarto de hora corresponden al
trabajo de ese crecido número de mujeres que
llevo anunciado i, evacuado este trámite, se dé
cuenta para que el Soberano Congreso resuelva
como llevo pedido i es de justicia, etc. — Santia-
go Heitz.
TOMO VIII
Núm. 378 di
PROYECTO PROPUESTO EN AQUELLOS TIEMPOS I
EN EL NUESTRO POR EL CIUDADANO TOMAS
DEL CAN'IO, 1 NUEVAMENTE HOI POR MUI JUS-
TAS CONSIDERACIONES.
Señor:
Toda la felicidad de la República consiste en
la riqueza; su desprecio, que es una virtud de
los particulares, seria un gran pecado de la So-
beranía, porque la opulencia en los países es el
mayor asunto de las compañías civiles i es el
espíritu que las anima. El proyecto que se pre-
senta tiene una gran parte de grandeza i se hará
un coadyuvante poderoso, que a su tiempo ser-
virá de base o instrumento para establecer mag-
níficas obras. Un pósito de granos jeneral es el
que producirá estos efectos; su acopio es facilí-
simo i suave, a que convendrá todo hombre civil;
puede hacerse de dos modos: o pidiendo a los
vecinos respectivos lo que cada uno quiera dar
de gracia, o que en una sola cosecha den de
cada diez (anegas cuatro almudes. Este último
arbitrio, si se adopta, aseguro que de la ciudad
de Aconcagua i villa de los Andes se acopiarán
tres mil fanegas de trigo, sin contar con los de-
mas granos. El fin primario de su estableci-
miento será socorrer labradores necesitados con
el Ínteres de cuatro almudes por carga a cada
cosecha; su buen uso i seguridad, afianzando un
reglamento prolijo, a los cinco años dobla el
principal con 486 fanegas seis almudes (ofrece
unos cortos gastos para el acopio que omito), i
suma su totalidad 6,486 fanegas seis almudes.
Si se quiere, por cálculo, tirar una cuenta de lo
que el reino o cada uno de sus pueblos debe
producir en el referido término, me parece mui
bastante el ejemplo de lo que produce sin equi-
vocación la de Aconcagua i Andes; mi insufi
ciencia no permite que trate prontamente sobre
los destinos provechosos a que se debe aplicar
el producto anual del fondo o pósito; cuando ya
esté en estado, que lo considero a los diez años
de su establecimiento, entónces (permítaseme
asentar por objeto necesario) servirá una pai te
para renta de curas, para que los recibos de lo
que les debe constar su sangre gocen el benefi-
cio de óleos, casamientos i entierros, sin mas
ínteres. El proyecto debe considerarse como un
hallazgo, porque si hai economía, con sus pro-
ductos bien dirijidos serán en breve tiempo co-
nocidos sus relativos proventos.
Dios prestará salud i vida a los señores de este
Soberano Congreso para que sean testigos de
(1) Este documento ha sido trascrito del volumen titu-
lado Varios, tomo III, pájina 29, del archivo del Minis-
terio del Interior. (Nota del Recopilador.)
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SESION DE 15 DE SETIEMBRE DE 1823 197 rezco i digo: que, por diversos decretos de la Su premacía Directorial, se me ha indultado con un privilejio esclusivo en aquellas máquinas deseo nocidas en el país, que levante. Se han instalado algunas que, con feliz éxito, dan al Estado un aventajado lucro en sus producciones. Hoi tengo concluida en la casa fábrica de tejidos otra máquina de torcer hilos de lana i algodon que da movimiento a treinta i seis husos en la que empleado un joven hará tanto cuanto harian ciento cincuenta mujeres, torciendo hilos en los husos que conoce este suelo. No pretendo en esta parte un privilejio esclusivo,sino una patente en que se declare que el que quiera hacer uso de dicha máquina la compre a la casa fábrica de mi cargo, en quinientos pesos que son los que me ha exijido por compensativo a beneficio de ámbos, el constructor don Tomas Escot, de nacion escocesa; i doscientos pesos al ciudadano que quiera hacer dicha máquina a su costa fuera de la fábrica, entendiéndose que dicha patente debe ser por diez años. De este modo la República chilena podrá adelantar con dicha máquina el que ese crecido número de mujeres, que hoi se ocupan en torcer hilos, pueda producir cada una de ellas la labor de ciento cincuenta. Con esta ventaja los ponchos i otros tejidos de este órden podrán llegar a un precio ínfimo, que haga cuenta al comerciante para esportarlos a otras naciones, Las naciones mas civilizadas nos dan el ejemplo de invitar a los empresarios i constructores de nuevas máquinas, con estos privilejios i patentes, persuadidos que el hombre se mueve por el interes i miéntras no se le pone un premio a sus fatigas, se quedan sepultados los mas aventajados injénios. Nuestro suelo, como una nacion naciente, necesita mas que las otras apurar estos compensativos, en la certeza que, cuanto mayor sean los premios, lo debe ser el número de empresarios i constructores. La esperiencia en Chile le ha hecho ver esta verdad en la fábrica de tejidos, donde, con crecido lucro, las maquinarias que han venido han dado alas a costa de mis intere ses i la diversidad de máquinas que en dicha fábrica i en el Carrizal se han organizado. Si el Soberano Congreso quiere cerciorarse de la ventaja que llevo anunciada en la máquina de torcer hilos, puede nombrar una comision que pase a la fabrica el dia de mañana i observe si con el impulso de un individuo elaboran treinta i seis husos, i asimismo inspeccionen si los hilos torcidos en un cuarto de hora corresponden al trabajo de ese crecido número de mujeres que llevo anunciado i, evacuado este trámite, se dé cuenta para que el Soberano Congreso resuelva como llevo pedido i es de justicia, etc.— Santiago Heitz. TOMO VIII


Núm. 378

di PROYECTO PROPUESTO EN AQUELLOS TIEMPOS I EN EL NUESTRO POR EL CIUDADANO TOMAS DEL CAN'IO, 1 NUEVAMENTE HOI POR MUI JUSTAS CONSIDERACIONES. Señor: Toda la felicidad de la República consiste en la riqueza; su desprecio, que es una virtud de los particulares, seria un gran pecado de la Soberanía, porque la opulencia en los países es el mayor asunto de las compañías civiles i es el espíritu que las anima. El proyecto que se presenta tiene una gran parte de grandeza i se hará un coadyuvante poderoso, que a su tiempo servirá de base o instrumento para establecer magníficas obras. Un pósito de granos jeneral es el que producirá estos efectos; su acopio es facilísimo i suave, a que convendrá todo hombre civil; puede hacerse de dos modos: o pidiendo a los vecinos respectivos lo que cada uno quiera dar de gracia, o que en una sola cosecha den de cada diez (anegas cuatro almudes. Este último arbitrio, si se adopta, aseguro que de la ciudad de Aconcagua i villa de los Andes se acopiarán tres mil fanegas de trigo, sin contar con los demas granos. El fin primario de su establecimiento será socorrer labradores necesitados con el interes de cuatro almudes por carga a cada cosecha; su buen uso i seguridad, afianzando un reglamento prolijo, a los cinco años dobla el principal con 486 fanegas seis almudes (ofrece unos cortos gastos para el acopio que omito), i suma su totalidad 6,486 fanegas seis almudes. Si se quiere, por cálculo, tirar una cuenta de lo que el reino o cada uno de sus pueblos debe producir en el referido término, me parece mui bastante el ejemplo de lo que produce sin equivocacion la de Aconcagua i Andes; mi insufi ciencia no permite que trate prontamente sobre los destinos provechosos a que se debe aplicar el producto anual del fondo o pósito; cuando ya esté en estado, que lo considero a los diez años de su establecimiento, entónces (permítaseme asentar por objeto necesario) servirá una pai te para renta de curas, para que los recibos de lo que les debe constar su sangre gocen el beneficio de óleos, casamientos i entierros, sin mas interes. El proyecto debe considerarse como un hallazgo, porque si hai economía, con sus productos bien dirijidos serán en breve tiempo conocidos sus relativos proventos. Dios prestará salud i vida a los señores de este Soberano Congreso para que sean testigos de (1) Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 29, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.) 28