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cargan armas prohibidas, inclusive palos i piedras, i facultar al Gobierno para formar un proyecto en que se gradúe la penalidad de los infractores, con cargo de presentarlo al Congreso para su sancion. (Anexo número 903. V. sesion estraordinaria de hoi i la del 13 de Marzo de 1824..) 3.° Mandar que se publique en EL REDACTOR la esposicion del prebendado i diputado don Joaquin Larrain contra el ilustrísimo Obispo i sobre la necesidad^de erijir tribunales eclesiásticos de alzada. (Anexo núm. 906. V. sesion estraordinaria de hoi.) 4.° Que la Comision Militar presente por escrito una esposicion de las razones por que no ha informado los proyectos de creacion de inspectores i organizacion de milicias. (V. sesiones ordinatia del 3 i estraordinaria del JO.) 5.° Sobre el recurso de don J. I. Sotomayor, que pase a la Comision de Justicia i se pidan los antecedentes. ( V. sesion del 5 de Julio de 1824.) 6.° Sobre la consulta del Gobierno relativa al nombramiento de letrados suplentes, que la Comision de Justicia dictamine. (V. sesiones ordinaria del 12 i estraordinaria del 22.)
SESION DE 9 DE DICIEMBRE DE 182 3

533
===ACTA===
cargan armas prohibidas, inclusive palos i

piedras, i facultar al Gobierno para formar
Se abrió a la hora acostumbrada. Leida el acta de la anterior, se hicieron algunas adiciones, i con ellas fué aprobada i rubricada por el señor Presidente. El señor Arce pidió que, para privar a algún señor diputado del voto, se consulte a la Sala. Leyóse un proyecto del señor Fuenzalida para que se suspendan los efectos de la lei sobre estincion de las alcabalas de viento, en los artículos de abasto, hasta que se establezcan nuevos arbitrios que llenen el déficit que causa aquélla. Se preguntó si este proyecto estaba suficientemente ilustrado con las observaciones hechas en las anteriores sesiones, sobre la lei a que hacia referencia, o si se le daba alguna sustanciacion, i se resolvió que estaba ilustrado bastantemente. En seguida se preguntó se admite o nó a discusion. Resultó, no se admita. Entró el señor Ministro de Gobierno a la Sala con el objeto de discutir la mocion sobre penas; reiteró la esposicion que hizo en la sesion estraordinaria del dia, concluyendo con que se subroguen los seis años de presidio que establecen las leyes contra los que cargan armas prohibidas en la de azotes o en la de condenacion a trabajos públicos, i que tambien se estendiese a los que se armaban con palos o piedras. Se preguntó si esta mocion del Gobierno pasa o nó a alguna comision, i se resolvió que nó. Pidió el Ministróse facultase al Gobierno para formar un proyecto en que se espresase el máximum i el mínimum de las penas aplicables a los que cargaren armas prohibidas i que el Ejecutivo graduaria segun su prudencia, las que podrian aplicarse por la primera, segunda i tercera vez, pasándolo al Soberano Congreso para su sancion. Fué aprobado. Leyóse un oficio del Supremo Director sobre las consultas que le han dirijido de varios pueblos relativas a la suspension o continuacion de los Cabildos, en el que anuncia que seria mui útil suspender la eleccion de nuevos Ayuntamientos hasta que se promulgue la Constitucion. El señor Larrain, despues que el Ministro manifestó la necesidad del pronto despacho de este negocio, dijo: que no debia convenir en que se tratase este asunto pretermitiéndose su mocion para cuya resolucion había sido citado el Congreso en sesion del dia, i que pedia no se defiriese por mas tiempo su despacho. Se renovó la discusion, i declarado suficientemente discutido se preguntó, si en virtud del acuerdo de 29 de Setiembre, que se leyó, se mandaba o nó imprimir en el REDACTOR la esposicion presentada por el señor Larrain. Se resolvió se imprimiese. El señor Cáceres dijo; que, en esta misma fecha, se habian pasado a la Comision Militar dos espedientes: uno en que el Ejecutivo exije resolucion sobre la creacion de inspectores i arreglo de milicias, i otro relativo a este mismo objeto, i que esperaba se le exonerase de su despacho por estar próxima la presentacion del plan orgánico militar, en el cual se tomaban en consideracion estos mismos proyectos. El Excmo. Señor Presidente dijo: que en los mismos espedientes hiciese esta esposicion para constancia. Se anun ciaron los asuntos en rol i se levantó la sesion.— Juan Egaña.— Dr. Gabriel Ocampo, secretario.
un proyecto en que se gradúe la penalidad

de los infractores, con cargo de presentarlo
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al Congreso para su sanción. (Anexo nú-

mero 903. V . sesión estraordinaria de hoi i
===ANEXOS===
la del 13 de Marzo de 1824..)

3.
====Núm. 894(1)====
0

Mandar que se publique en EL RE-
Soberano Señor:
DACTOR la esposicion del prebendado i di-

putado don Joaquin Larrain contra el ilus-
Habiendo procedido la Cámara de Justicia sin competente facultad a nombrar letrados que subrogasen a los que por decreto supremo de 20 (1) Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 34, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)
trísimo Obispo i sobre la necesidad^de erijir
tribunales eclesiásticos de alzada. (Anexo
núm. 906. V. sesión estraordinaria de hoi.)
4.
0
Que la Comision Militar presente por
escrito una esposicion de las razones por
que no ha informado los proyectos de crea-
ción de inspectores i organización de mili-
cias. (V. sesiones ordinatia del 3 i estraordi-
naria del JO.)
5° Sobre el recurso de don J. I . Sotoma-
yor, que pase a la Comision de Justicia i se
pidan los antecedentes. ( V. sesión del 5 de
Julio de 1824.)
6.° Sobre la consulta del Gobierno rela-
tiva al nombramiento de letrados suplentes,
que la Comision de Justicia dictamine.
(V. sesiones ordinaria del 12 i estraordina-
ria del 22.)
ACTA
Se abrió a la hora acostumbrada. Leida el
acta de la anterior, se hicieron algunas adiciones,
i con ellas fué aprobada i rubricada por el señor
Presidente.
El señor Arce pidió que, para privar a algún
señor diputado del voto, se consulte a la Sala.
Leyóse un proyecto del señor Fuenzalida para
que se suspendan los efectos de la lei sobre es-
tincion délas alcabalas de viento, en los artículos
de abasto, hasta que se establezcan nuevos arbi-
trios que llenen el déficit que causa aquélla. Se
preguntó si este proyecto estaba suficientemente
ilustrado con las observaciones hechas en las
anteriores sesiones, sobre la lei a que hacia refe-
rencia, o si se le daba alguna sustanciacion, i se
resolvió que estaba ilustrado bastantemente. En
seguida se preguntó se admite o nó a discusión.
Resultó, no se admita.
Entró el señor Ministro de Gobierno a la Sala
con el objeto de discutir la mocion sobre penas;
reiteró la esposicion que hizo en la sesión estra-
ordinaria del dia, concluyendo con que se su-
broguen los seis años de presidio que establecen
las leyes contra los que cargan armas prohibidas
en la de azotes o en la de condenación a traba-
jos públicos, i que también se estendiese a los
que se armaban con palos o piedras.
Se preguntó si esta mocion del Gobierno pasa
o nó a alguna comision, i se resolvió que nó.
Pidió el Ministróse facultase al Gobierno para
formar un proyecto en que se espresase el má-
ximum i el mínimum de las penas aplicables a los
que cargaren armas prohibidas i que el Ejecutivo
graduaría según su prudencia, las que podrían
aplicarse por la primera, segunda i tercera vez,
pasándolo al Soberano Congreso para su sanción.
Fué aprobado.
Leyóse un oficio del Supremo Director sobre
las consultas que le han dirijido de varios pue-
blos relativas a la suspensión o continuación
de los Cabildos, en el que anuncia que seria mui
útil suspender la elección de nuevos Ayuntamien-
tos hasta que se promulgue la Constitución.
El señor Larrain, despues que el Ministro ma-
nifestó la necesidad del pronto despacho de este
negocio, dijo: que no debia convenir en que se tra-
tase este asunto pretermitiéndose su mocion para
cuya resolución había sido citado el Congreso en
sesión del dia, i que pedia no se defiriese por mas
tiempo su despacho. Se renovó la discusión, i
declarado suficientemente discutido se pregun-
tó, si en virtud del acuerdo de 29 de Setiembre,
que se leyó, se mandaba o nó imprimir en el
REDACTOR la esposicion presentada por el señor
Larrain. Se resolvió se imprimiese.
El señor Cáceres dijo; que, en esta misma fe-
cha, se habian pasado a la Comision Militar dos
espedientes: uno en que el Ejecutivo exije reso-
lución sobre la creación de inspectores i arreglo
de milicias, i otro relativo a este mismo objeto, i
que esperaba se le exonerase de su despacho por
estar próxima la presentación del plan orgánico
militar, en el cual se tomaban en consideración
estos mismos proyectos. El Excmo. Señor Pre-
sidente dijo: que en los mismos espedientes hi-
ciese esta esposicion para constancia. Se anun
ciaron los asuntos en rol i se levantó la sesión.—
Juan Egaña.— Dr. Gabriel Ocampo, secretario.
ANEXOS
Núm. 894 a
'
Soberano Señor:
Habiendo procedido la Cámara de Justicia sin
competente facultad a nombrar letrados que su-
brogasen a los que por decreto supremo de 20
(1) Este documento ha sido trascrito del volumen titu-
lado Varios, tomo III, pájina 34, del archivo del Minis-
terio del Interior. (Nota del Recopilador.)

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cargan armas prohibidas, inclusive palos i piedras, i facultar al Gobierno para formar un proyecto en que se gradúe la penalidad de los infractores, con cargo de presentarlo al Congreso para su sancion. (Anexo número 903. V. sesion estraordinaria de hoi i la del 13 de Marzo de 1824..) 3.° Mandar que se publique en EL REDACTOR la esposicion del prebendado i diputado don Joaquin Larrain contra el ilustrísimo Obispo i sobre la necesidad^de erijir tribunales eclesiásticos de alzada. (Anexo núm. 906. V. sesion estraordinaria de hoi.) 4.° Que la Comision Militar presente por escrito una esposicion de las razones por que no ha informado los proyectos de creacion de inspectores i organizacion de milicias. (V. sesiones ordinatia del 3 i estraordinaria del JO.) 5.° Sobre el recurso de don J. I. Sotomayor, que pase a la Comision de Justicia i se pidan los antecedentes. ( V. sesion del 5 de Julio de 1824.) 6.° Sobre la consulta del Gobierno relativa al nombramiento de letrados suplentes, que la Comision de Justicia dictamine. (V. sesiones ordinaria del 12 i estraordinaria del 22.)

ACTA

Se abrió a la hora acostumbrada. Leida el acta de la anterior, se hicieron algunas adiciones, i con ellas fué aprobada i rubricada por el señor Presidente. El señor Arce pidió que, para privar a algún señor diputado del voto, se consulte a la Sala. Leyóse un proyecto del señor Fuenzalida para que se suspendan los efectos de la lei sobre estincion de las alcabalas de viento, en los artículos de abasto, hasta que se establezcan nuevos arbitrios que llenen el déficit que causa aquélla. Se preguntó si este proyecto estaba suficientemente ilustrado con las observaciones hechas en las anteriores sesiones, sobre la lei a que hacia referencia, o si se le daba alguna sustanciacion, i se resolvió que estaba ilustrado bastantemente. En seguida se preguntó se admite o nó a discusion. Resultó, no se admita. Entró el señor Ministro de Gobierno a la Sala con el objeto de discutir la mocion sobre penas; reiteró la esposicion que hizo en la sesion estraordinaria del dia, concluyendo con que se subroguen los seis años de presidio que establecen las leyes contra los que cargan armas prohibidas en la de azotes o en la de condenacion a trabajos públicos, i que tambien se estendiese a los que se armaban con palos o piedras. Se preguntó si esta mocion del Gobierno pasa o nó a alguna comision, i se resolvió que nó. Pidió el Ministróse facultase al Gobierno para formar un proyecto en que se espresase el máximum i el mínimum de las penas aplicables a los que cargaren armas prohibidas i que el Ejecutivo graduaria segun su prudencia, las que podrian aplicarse por la primera, segunda i tercera vez, pasándolo al Soberano Congreso para su sancion. Fué aprobado. Leyóse un oficio del Supremo Director sobre las consultas que le han dirijido de varios pueblos relativas a la suspension o continuacion de los Cabildos, en el que anuncia que seria mui útil suspender la eleccion de nuevos Ayuntamientos hasta que se promulgue la Constitucion. El señor Larrain, despues que el Ministro manifestó la necesidad del pronto despacho de este negocio, dijo: que no debia convenir en que se tratase este asunto pretermitiéndose su mocion para cuya resolucion había sido citado el Congreso en sesion del dia, i que pedia no se defiriese por mas tiempo su despacho. Se renovó la discusion, i declarado suficientemente discutido se preguntó, si en virtud del acuerdo de 29 de Setiembre, que se leyó, se mandaba o nó imprimir en el REDACTOR la esposicion presentada por el señor Larrain. Se resolvió se imprimiese. El señor Cáceres dijo; que, en esta misma fecha, se habian pasado a la Comision Militar dos espedientes: uno en que el Ejecutivo exije resolucion sobre la creacion de inspectores i arreglo de milicias, i otro relativo a este mismo objeto, i que esperaba se le exonerase de su despacho por estar próxima la presentacion del plan orgánico militar, en el cual se tomaban en consideracion estos mismos proyectos. El Excmo. Señor Presidente dijo: que en los mismos espedientes hiciese esta esposicion para constancia. Se anun ciaron los asuntos en rol i se levantó la sesion.— Juan Egaña.— Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS

Núm. 894(1)

Soberano Señor:

Habiendo procedido la Cámara de Justicia sin competente facultad a nombrar letrados que subrogasen a los que por decreto supremo de 20 (1) Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 34, del archivo del Ministerio del Interior. (Nota del Recopilador.)