Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIV (1835-1839).djvu/636»

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=== ANEXOS ===
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<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}==== Núm. 644 ====


==== Núm. 644 ====



El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}Senado, en sesion de este dia, considerado el proyecto de lei contenido en el Mensaje que el Presidente de la República dirijió al {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}Congreso Nacional en 8 de Agosto próximo pasado, sobre admision de las embarcaciones mercantes españolas en los puertos de la República, se ha servido aprobarlo en los mismos términos que espresa el sobredicho Mensaje, que con los demas antecedentes devuelvo a V. E.
<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}Senado, en sesion de este dia, considerado el proyecto de lei contenido en el Mensaje que el Presidente de la República dirijió al {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que abre los puertos nacionales a las embarcaciones españolas}}Congreso Nacional en 8 de Agosto próximo pasado, sobre admision de las embarcaciones mercantes españolas en los puertos de la República, se ha servido aprobarlo en los mismos términos que espresa el sobredicho Mensaje, que con los demas antecedentes devuelvo a V. E.




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==== Núm. 645 ====
<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García}}==== Núm. 645 ====




El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García}}Senado, en sesion de hoi, ha tenido a bien aprobar la asignacion de $ 15 mensuales a favor de doña Florencia Rojas viuda del oficial mayor de la Inspeccion Jeneral de Cuentas, don Victoriano García, i de su hija soltera, en los mismos términos en que fué iniciada por la {{MarcaCL|C|Cámara|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García}}Cámara que V. E. preside. —Devuelvo los antecedentes. —Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Agosto 31 de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. —''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede una pensión a doña Florencia Rojas viuda de García" />
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==== Núm. 646 ====
<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}==== Núm. 646 ====




El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}Senado, en sesion de este dia, en vista del Mensaje en que el Presidente de la República recomienda a la consideracion del {{MarcaCL|C|Congreso|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}Congreso a doña Antonia i doña Peta, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, ha aprobado el artículo siguiente:
<section begin="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez" />{{MarcaCL|D|Oficio|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}El {{MarcaCL|C|Senado|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}Senado, en sesion de este dia, en vista del Mensaje en que el Presidente de la República recomienda a la consideracion del {{MarcaCL|C|Congreso|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}Congreso a doña Antonia i doña Peta, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, ha aprobado el artículo siguiente:




"{{May|Artículo único.}} En testimonio de gratitud nacional, se concede a doña Antonia i a doña Peta Martínez Arredondo, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, una pension pía igual a la que disfrutan por el reglamento de montepío militar las familias de los oficiales de la clase del difunto." —Acompaño los antecedentes. —Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 1.º de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. -''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez" />
{{MarcaCL|ND|Proyecto de ley|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}{{May|Artículo único.}} En testimonio de gratitud nacional, se concede a doña Antonia i a doña Peta Martínez Arredondo, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, una pension pía igual a la que disfrutan por el reglamento de montepío militar las familias de los oficiales de la clase del difunto." —Acompaño los antecedentes. —Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 1.º de 1839. —{{MarcaCL|P|Juan de Dios Vial del Río|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}[[:bcnbio:Juan de Dios Vial del Río|JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO]]. -''{{MarcaCL|P|José Miguel Yrarrázaval Alcalde|OK|Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez}}[[:bcnbio:José Miguel Yrarrázaval Alcalde|José Miguel Irarrázaval]]'', secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.<section end="Oficio con que el Senado devuelve el proyecto de ley que concede cierta pensión a las hermanas de don Pedro Martínez" />

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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. Autorizar al Presidente i al secretario para aprobar i suscribir el acta de la presente sesion.
  2. Declarar clausuradas las sesiones ordinarias. (Anexo núm. 652.)



ACTA

SESION DEL 1.º DE SETIEMBRE DE 1839


Se abrió con los señores Arce, Concha, Covarrúbias, Dávila, Eyzaguirre, Fernández, Fierro, Frutos, Gandarillas, García de la Huerta, González, Iñiguez, Irarrázaval, Izquierdo, Larrain, Martínez, Morán, Ovejero, Ortúzar, Palacios, Pérez don José Joaquin, Plata, Prieto, Reyes, Seco, Tocornal, Valdés Saravia, Valdivieso i Vidal.


Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron cuatro oficios del Senado: los dos primeros en que se anunciaba el haberse aprobado la lei que abre los puertos de la República a las embarcaciones mercantes españolas i la asignacion de quince pesos mensuales a la viuda e hija de don Victoriano García, que habían sido remitidas por esta Cámara; se mandaron archivar con sus antecedentes i comunicarse al Ejecutivo lo resuelto sobre ámbas.


El tercero era relativo a la gratificacion acordada por el mismo Senado a favor de las hermanas del difunto capitan graduado de fragata don Pedro Martínez Arredondo, i fué remitido a la Comision de Hacienda.

El cuarto trascribía otra gratificacion acordada a favor de José María Pérez, tambor mayor del batallon Carampangue, de un sobresueldo de seis pesos mensuales, i habiendo espuesto el Presidente de la Cámara que, por la urjencia del caso, lo había remitido a la Comision de Guerra para que informase, acordó la Sala que se leyese su informe, i que se tuvieren las discusiones jeneral i particular, despues de las cuales se aprobó por unanimidad en los términos siguientes:


Artículo único. Se concede al tambor mayor del batallon Carampangue, José María Pérez, la gratificacion de seis pesos mensuales sobre el sueldo de doce que goza actualmente."


En seguida, se procedió a la eleccion de Vice-Presidente de la Junta del Crédito Público, la que recayó en el Diputado don Pedro Felipe Íñiguez, acordándose que se comunicase a quienes correspondía.


Finalmente, se declararon cerradas las sesiones ordinarias del actual período lejislativo, previniéndose que se pusiese en noticia del Presidente de la República i Cámara de Senadores, i quedando autorizados el Presidente i secretario de esta Cámara para aprobar i suscribir la presente acta; con lo cual se levantó la sesion. —JOSÉ VICENTE IZQUIERDO. —Rafael Valentín Valdivieso, diputado-secretario.




ANEXOS

Núm. 644

El Senado, en sesion de este dia, considerado el proyecto de lei contenido en el Mensaje que el Presidente de la República dirijió al Congreso Nacional en 8 de Agosto próximo pasado, sobre admision de las embarcaciones mercantes españolas en los puertos de la República, se ha servido aprobarlo en los mismos términos que espresa el sobredicho Mensaje, que con los demas antecedentes devuelvo a V. E.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 1.º de 1839. —JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO. —José Miguel Irarrázaval, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 645

El Senado, en sesion de hoi, ha tenido a bien aprobar la asignacion de $ 15 mensuales a favor de doña Florencia Rojas viuda del oficial mayor de la Inspeccion Jeneral de Cuentas, don Victoriano García, i de su hija soltera, en los mismos términos en que fué iniciada por la Cámara que V. E. preside. —Devuelvo los antecedentes. —Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Agosto 31 de 1839. —JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO. —José Miguel Irarrázaval, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 646

El Senado, en sesion de este dia, en vista del Mensaje en que el Presidente de la República recomienda a la consideracion del Congreso a doña Antonia i doña Peta, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, ha aprobado el artículo siguiente:


Artículo único. En testimonio de gratitud nacional, se concede a doña Antonia i a doña Peta Martínez Arredondo, hermanas lejítimas del finado capitan graduado de fragata, don Pedro Martínez Arredondo, una pension pía igual a la que disfrutan por el reglamento de montepío militar las familias de los oficiales de la clase del difunto." —Acompaño los antecedentes. —Dios guarde a V. E. —Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 1.º de 1839. —JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO. -José Miguel Irarrázaval, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.