Diferencia entre revisiones de «Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 42»
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<div style='text-align:left'>[[Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 41|'''<< Artículo 40. Conferencia de los Estados Partes''']]</div><div style='text-align:right'>[[Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 43|'''Artículo 42. Firma >>''']]</div> |
<div style='text-align:left'>[[Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 41|'''<< Artículo 40. Conferencia de los Estados Partes''']]</div><div style='text-align:right'>[[Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 43|'''Artículo 42. Firma >>''']]</div> |
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[[Categoría:Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas]] |
Revisión del 23:03 30 abr 2017
Artículo 41. Depositario
El Secretario General de las Naciones Unidas será el depositario de la presente Convención.