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Histórica relación del Reyno de Chile/Libro Quinto/IV

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Histórica relación del Reyno de Chile​, y de las misiones, y ministerios que ejercita en él la Compañía de Jesús: Y de las misiones, y ministerios que ejercita en él la Compañía de Jesús (1646)
de Alonso de Ovalle
Cap. 4. Del gouierno ciuil, eclesiastico, y secular dela ciudad de Santiago, y delas propriedades de sus naturales.

CAPITVLO IV.
Del gouierno civil, eclesiastico, y secular dela ciudad de Santiago y delas propriedades de sus naturales.

ES el gouierno el alma dela republica, y assi luego, que se fundò la ciudad de Santiago, se formò el cabildo, y regimiento, para administrar la justicia, sin la qual ninguna se puede conseruar: consta este cabildo de dos alcaldes ordinarios, el Alferez Real, vn Alguacil maior, vn depositario general, seis regidores, que se eligen cada año, y son la mitad en comenderos, y la mitad moradores, y los demas, proprietarios, que tienen comprada la bara para si, y sus decendientes. delos dos alcaldes, tiene el primer voto, y lugar, el encomendero, y el segundo el morador, y los demas reparten los meses del año entresi: Preside al cabildo el corregidor, que es juntamente teniente de Capitan General, y es vn oficio muy honrroso, y aunque es demas costa, que prouecho, por el lucimiento, que ninguno puede ya escusar en este puesto; nunca le falta dueño, por ser de mucha autoridad, credito, y estima. Eligense cada año juntamente cò los dos alcaldes ordinarios, otros dos dela santa hermandad, para fuera delos terminos dela ciudad, como se vsa en otras partes.

Habra mas de treinta años, que se fundò en esta ciudad la Real chancilleria, que consta de vn presidente, quatro oidores, y dos fiscales, vno que es el ordinario, y otro, que se ha añadido de quatro años a esta parte, tambien con garnacha, y assiento de bajo de dosel, aquien toca la proteccion delos Indios, y las materias, dela santa cruzada, despues delos quales se sigue el Alguacil mayor de corte, que assi mesmo tiene asiento de baxo dedosel despues delas garnachas: el Chanciller secretario, relator, y demas ministros, como en otras partes. No ay appelacion dela sentencia de reuista que se dà en este Real acuerdo, sino para el Real consejo de Indias; y aun esto, no en todos los pleitos, sino en los, que se litiga de cierta cantidad considerable, que està ya determinada. No se puede negar sino que la Magestad de este tribunal ha dado muy grande lustre a esta ciudad, si bien no falta quien llore, que la ha atrasado en la riqueza, a que huuiera llagado, si sus vezinos huuieran proseguido passando con la llaneza, que antes acostumbrauan, vistiendose delos paños, que se texian en la tierra, y ahorrando de tantas libreas, y galas superfluas, como las que oy vsan, porque los que antes salian muy honrrados ala plaça vestidos con la templanças que vsauan los mas principales y la gente mas noble; no pueden oy parecer en publico, sino con vestidos de seda, o paño de castilla, que aun suele costar mas, por que vna bara vale de doce a veinte Reales de aocho. Ni puede parecer decentemente quien tiene opinion de algun caudal, menos que con criados vestidos de libreas, mas, o menos, conforme tiene cada vno el possible, y de algunos años a esta parte, han dado en vsar Quitasoles de mucho precio, y si bien al principio començaron por la gente de prima classe; oy dexa de vsarlos solamente quien no puede, y aunque parecen bien, y son de mucha autoridad, y maior comodidad, y prouecho, para la salud; pero en fin es maior carga, y gasto, y aumenta los forçosos, que trae consigo el viuir en corte.

Por esta, y otras causas han juzgado algunos, que le estaua mejor a esta ciudad y Reyno, gouernarse sin la audiencia Real, como lo haxia antiguamente; pero verdaderamente, no tienen raçon, porque lo primero ay muchas ciudades en las Indias, donde sin esta ocassion de corte, he visto tan entablada la vanidad de galas, y gastos superfluos, como en qualquiera otra parte. Lo segundo porque abstrayendo de particulares affectos de passiones, y proprios interesses, a que comunmente estan expuestos los hombres, y son los que pueden corromper la entereza, y sinceridad dela justicia, y raçon; no se puede negar, sino que la summa autoridad de este tribunal, es de grande momento, para mantener en paz vn Reyno, administrando justicia, y deshaziendo agrauios, y amparando alos desualidos, no permitiendo, que el soberano poder, y licencia, que algunos se toman, o por raçon de sus officios, y puestos, o por sus riquezas, valimientos, y buena maña, ahogue la raçon, oprima la inocencia, y quieras lleuarse por delante alos menos entremetidos, que no cursaron las escuelas dela lisonja, pisando sus fueros, y atropeleando por los derechos de su justicia.

De esta manera es vna Real audiencia en vn Reyno freno delos vicios, premio dela virtud, amparo de pobres, y fiel valança dela raçon, y derecho de cada vno; y este es el intento de nuestro catolico Monarca, y por este sin fundò esta Real audiencia en este Reyno; que aun alli viene a ser mas necessaria, por estar tan remoto, y apartado de su Real vista, a cuya causa es tan difficultoso, que lleguen a sus Reales oidos los clamores delos pobres, las quexas, injurias, y agravios de sus leales, y fieles vasallos; y si talvez llegan, llegan ya tan cansados, que apenas se dexan sentir, y por esta mesma causa les corre mas apretada obligacion alos que interuienen en el proveimiento, y elecion delos Reales ministros, que se embian a partes tan remotas, y distantes, a poner los ojos en personas christianas, y de buena intencion (que es lo principal) y que sean doctos, y inclinados ala piedad christiana, como los ha havido, y ay en aquel Reyno, y es necessario, para dilatar, y confirmar aquella nueua christiandad.

Tambien sirue la Real audiencia, de que passe a Chile con sus ministros mucha nobleza, y como se van succediendo vnos a otros, y le van acimentando en aquella tierra; ayudan a su poblacion, y aumento, con que se continua la trauaçon, y correspondencia con España, que alos vnos, y alos otros està empre muy bien, y no se puede negar; que aunque accessorio, es de mucho lustre para la ciudad la autoridad, que dà sus fiestas, y actos publicos, la asistencia de vn tribunal de tanta veneracion, y respeto, con que demas desto se honrran los acttos literarios, y se patrocinan las letras, y los que se dan a este tan vtil, y honesto exercicio, se alientan a trabajar con la esperança del premio, con que ven laureados los desvelos delos que por el mesmo camino, llegaron alos puestos de auogados, relatores, fiscales, y oidores, que en las Indias son todas estas plaças de muy grande honrra, y prouecho, y las de Chile hazen ventaja a muchas otras, porque demas de ser maior el salario, que en algunas otras partes es la tierra tan apacible, y semejante ala de España, como hemos visto, y tan barata la comida, que se puede a horrar buena parte de la renta, para otros efectos. Fuera de estos tribunales, ay otro, que es el ordinario, que ay en otras partes, de contadores, y thesoreros, para el manejo, y administracion dela hazienda, y caxa Real; toca a estos ministros la visita delos nauios, que entran, y salen de Valparaiso, y son officios de mucha honra, y estima, y no de poco prouecho, y es merced, que haze el Rey, como la de todos los demas ministros, y officiales dela Real audiencia: A esta toca solamente administrar justicia en las materias tocantes ala republica, que las dela guerra, y gracia, partenecen al gouernador, y a sus ministros, de que hablaremos en su lugar. Del gouierno ecclesiastico es dueño absoluto el Señor obispo, y aunque el obispado de Santiago no es delos mas ricos delas Indias, por valer alli tan baratos los frutos de la tierra, y consiguientemente los diezmos, lo suple la bondad del pais, y aun essa mesma abundancia, y valer tan barata la comida, viene aser, parte de riqueza, pues con menos gasto puede sustentar la familia, y casa episcopal, mas numerosa, que en otras partes, con que a horrandose buena parte de la renta, viene a enparejar, y aun aventajarse a muchos otros obispados, que por mucho que valgan, es casi todo necessario para mantener la autoridad Episcopal con la debida decencia. La de este obispado puede carearse con las mayores delas Indias, porque la clerecia es muy lucida, y numerosa; y assi lo suelen ser los acompañamientos, con que sale de casa el señor Obispo algunos dias mas señalados, y el que le hazen, quando se reciue en su Yglesia es muy celebre, porque sale parte dela audiencia, los cabildos, la caualleria, la milicia, y demas pueblo, y suele ser vn dia de mucho lucimiento. El cabildo ecclesiastico es muy graue, y autorizado en cuyo proeimiento no tiene parte otro, que el Rey, el qual en virtud del patronazgo Real, y concession delos summos Pontifices, prouee todas las preuendas, conongias, y dignidades delas Indias, y assi no ay como en España el mes del Obispo, o del Papa, porque todas las vacantes corren por su cuenta, y no solo las delas dignidades, y prevendas, sino tambien delos Curatoz; aunque differentemente. porque aquellas las provee immediatamente por si, desde España, por consulta, que el Real consejo de Indias haze a su Magestad delos benemeritos, y ma sdignos; pero la prouision delos Curatos, y dotrinas, la haze por su gouernador, y presidente, fijandose primero los editos, paraque los opositores al beneficio, que ha vacado, se opongan al examen: delos quales presenta el Señor obispo tres al gouernador, paraque en nombre del Rey elija el que mas conviene conforme ala graduacion, en que va propuesto. El santo tribunal dela inquisicion, que esta en la corte de Lima, sirue para todos los Reynos, y Prouincias dela austral America, y assi no ay en Chile, sino vn comisario con sus officiales, y familiares, que en los actos publicos le acompañan, y hazen forma de tribunal representando muy grande autoridad; otro commissario ay tambien dela santa cruzada, que es tambien vn puesto de muy grande veneracion, y el dia, que se publica, y passea la bula, acuden por obligacion todos los vezinos, y moradores del lugar a cauallo, y despues ala procession todas las religiones, que son dias de muy gran lucimiento, y assi el officio es de mucha estima, y de grande autoridad.

Concluyamos este Capitulol con dezir algo delos naturales que nacen en esta ciudad, pues son la principal parte de ellas; son estos por lo general de buenos ingenios y habilidades, assi para las letras, en que se señalan mucho los que sedan a ellas, como para otros empleos. Son naturalmente mas inclinados alas guerra, que a otros, y assi ay muy pocos que se apliquen ala mercancia, y los que no se dedicaron desde niños alo estudios, o aplicandolos sus padres aellos, no se inclinaron, y començaron con tibieza, o desgana este exercicio, facilmente les dan de mano; y ensonando la caxa, o la trompeta, se inquietan de manera que no paran hasta asentar plaça de soldados, porque les agrada mas la libertad dela milicia, que la sugecion y disciplina de las escuelas.

Son notablemente inclinados a andar a cauallo, y he visto muchas veces que para acallar a vn niño, que a penas comiença a andar, no ay medio como ponerle sobre vn cauallo, y assi salen famosos ginetes, y muy diestros, fuertes, y sueltos en ambas sillas; y es comun opinion, y experiencia conocida, que en la guerra, vale mas para la caualleria vno dela tierra, que quatro que vengan de fuera, han probado bien esta verdad, en el discurso de tantos años como ha que dura la de aquel Reyno, como se verà en los hechos particulares, y hazañas que referiran la historias de Chile quando salgan aluz, a que me remito.

Son Naturalmente liberales, compassiuos, y amigos de hazer bien a todos, y los que les saben obligar honorandolos y tratandolos con la cortesia y respecto debido, son dueños de sus voluntades, y los muchachos lleuados por bien, son muy dociles, y faciles de persuadir, pero si quieren lleuar los por mal, muerden la manta, y lo hazen peor, y assi tenemos hecha experiencia en nuestros estudios y escuelas, que se obligan mas a estudiar procurandolos lleuar por motiuos de honrra, y suauidad, que por via de rigor y aspereza.