La Revolución (1846)

De Wikisource, la biblioteca libre.
La Revolución (1846) de Junta Superior de Galicia
Nota: Se respeta la ortografía original de la época
Núm. 1
Año 1846
Viernes 17 de Abril

LA REVOLUCION,
PERIÓDICO OFICIAL DE LA JUNTA SUPERIOR DE GALICIA

SALE A LUZ EN DIAS INDETERMINADOS.-- SE SUSCRIBE EN TODAS LAS ADMINISTRACIONES DE CORREOS A REAL CADA NUMERO.


PARTE OFICIAL.

———

LA JUNTA SUPERIOR PROVISIONAL
DE GOBIERNO DE GALICIA

á sus habitantes.

   HABIA llegado el dia de mayor peligro para la pátria, i con él la ocasion de cumplir los juramentos hechos ante el ara de nuestra conciencia: salvar las instituciones ó morir con ellas. Habia sonado la hora de romper el cetro de esa dictadura brutal que escarneció todos los principios i holló todos los fueros populares. La ley fundamental, conquistada en las calles i en los campos de batalla por el heroismo del ejército i de los ciudadanos, servía de alfombra á los lacayos de ese menguado Cisneros que dictaba ordenes al trono. Con la infame invencion de ese monstruoso sistema apellidado tributario, la inmunda camarilla saqueaba vandalicamente los pueblos, disipando los productos de catorce millones de españoles en escandalosas bacanales que eran un sarcasmo de la miseria pública i envilecian nuestra nacion á los ojos de toda Europa. La sangre de los patriotas que han sido las columnas mas firmes de, la libertad , la sangre de nuestros valientes de Arlaban i Luchana había sido derramada cobardemente, llegando hasta castigar como un crimen las lágrimas que se derramaban sobre sus tumbas , i privandonos el consuelo de levantar un monumento á su gloriosa memoria. Los fueros municipales, respetados durante tantos siglos, la milicia nacional, la independencia de los tribunales , el jurado , la imprenta , el parlamento, todo había muerto á manos de la camarilla. Solo restaba á los traidores poner en venta el honor español i la corona de nuestra reina en las antesalas de los monarcas de Europa; y este proyecto, ó pueblos de Galicia , había llegado á su completo desarrollo. El nombre de Doña Isabel II , reina constitucional de España, cuya voluntad encadenan los que blasonan de sus mas leales defensores, servia de escudo para esa horrible traicion urdida en una corte estrangera.

   Pocos dias de vida quedaban á la libertad. Sobre las ruinas de la obra nacional de trece años, edificada con las virtudes, los tesoros i la sangre de los españoles, iba á levantarse un horrible sistema de tiranía política i religiosa. El terror y las tinieblas, la censura i las descargas, noche perpetua en el entendimiento, silencio en los labios, muerte en los corazones, he ahí el porvenir que preparaban al pais los perjuros que pusieron á los pies de D, Carlos el trono de nuestra reina.

   En tan críticos momentos para la libertad, en horas de tan inminente riesgo para la patria, i faltando la imprenta i la tribuna, que pudiesen llamar la nacion á la defensa de sus derechos, solamente un generoso i grande esfuerzo de los buenos españoles podia salvar las instituciones i el trono: oponer la revolucion á la dictadura.

   A la inmortal Lugo cupo la gloria de ser la primera que dió ese grito santo, que es el eco de todos los corazones, y en la bandera enarbolada el dia 2 de abril sobre los muros de aquella ciudad, están escritos los pensamientos y deseos de toda la nacion. Por esto el pais respondió al instante á la mágica palabra que resonó en Lugo, y Santiago, Pontevedra, Vigo, Tuy, Bayona, y los demas pueblos del antiguo reino de Galicia se reunen en torño de la única bandera que puede salvarnos de la ignominia y opresion, de las tinieblas y museria.

   Los ciudadanos que suscriben y los que llegarán muy pronto á esta ciudad, al constituirse en Junta Superior provisional de Gobierno de las cuatro provincias de Galicia, por el voto unánime del pueblo y del ejército, levantan en alto la bandera de Lugo, porque es patriótica, grandiosa, santa, i graban en ella con mano firme el pensamiento de la revolucion de 1846, seguros de que cumplen la voluntad del pais poniendo como lema — ISABEL II LIBRE I CONSTITUCIONAL, ABAJO EL SISTEMA TRIBUTARIO, LIBERTAD, INDEPENDENCIA NACIONAL, CORTES CONSTITUYENTES.

   Al tomar sobre sus hombros una mision tan honrosa como delicada, solo les es dado anunciar que la cumplirán con resolucion y lealtad, dejando al tiempo el encargo de justificar sus actos, aunque la vida de sus individuos es bien pública, para que pueda inspirar desconfianza. Armonizar todos los deseos y todas las voluntades, dirigir á un solo fin los esfuerzos de los pueblos y tropas, centralizando la accion revolucionaria, y creando un directorio activo é inteligente; que ponga á las cuatro provincias de Galicia en estado de desplegar todo su formidable poder para propagar este alzamiento, tan puro y legítimo por su origen, como sublime é inmenso por su fin, serán , las principales tareas de la junta superior. Ningun obstáculo la hará retroceder en su marcha, y desde la altura donde la colocan los sucesos llamará los pueblos á romper sus cadenas en la frente de los tiranos.

   Cree, tambien, dentro de su conciencia, que tiene otro deber que cumplir respecto á Galicia. Hasta ahora la revolución ha sido una horrible mentira, una farsa impia... es tiempo de que se realicen las encantadoras promesas que repitieron los falsos sacerdotes de la política, recogiendo los frutos de tanta abnegacion i de tanto sacrificio. El pueblo conquistará en esta revolucion lo que le han arrebatado los cómicos de los pronunciamientos: PAN i DERECHOS. Galicia, arrastrando hasta aquí una existencia oprobiosa, convertida en una verdadera colonia de la corte, va á levantarse de su humillacion y abatimiento. Esta Junta, amiga sincera del pais, se consagrará constantemente á engrandecer el antiguo reino de Galicia, dando provechosa direccion á los numerosos elementos que atesora en su seno, levantando los cimientos de un porvenir de gloria. Para conseguirlo se esforzará sin descanso en fomentar intereses materiales, crear costumbres públicas, abrir las fuentes naturales de su riqueza, la agricultura y el comercio, y poner en armonía con la época los hábitos i las ideas que dejó una sociedad decrépita, fundada sobre la ignorancia. Despertando el poderoso sentimiento de provincialismo, i encaminando á un solo objeto todos los talentos i todos los esfuerzos, llegará á con quistar Galicia la influencia de que es merecedora, colocándose en el alto lugar á que éstá llamado el antiguo reino de los Suevos. Que la espada de Galicia haga inclinar una sola vez la balanza en que se pesan los destinos de España.

   Gallegos: la Junta Superior Provisional no vacila en aseguraros que, contando con vuestro franco apoyo, logrará que nuestra provincia sea temida y respetada por nacionales y estrangeros.

   Pátria i libertad. — Santiago 15 de abril de 1846. — Pio Rodriguez Terrazo, presidente. — José Maria Santos. — Ramon Buch. — Por acuerdo de la junta, Antolin de Faraldo, secretario.


JUNTA SUPERIOR PROVISIONAL DE
GOBIERNO DE GALICIA

uno de sus mas grandes deberes proteger de- rididamente la religion que profesan los espa- Ítult's.

Des-cosa de poner término á la situacion angustiosa en que tienen á sus ministros los que siempre les lian engañado. nombrará una comision compuesta de un cura párroco. de inteligencia i probidad. por cada provincia de Galicia. que de acuerdo con esta Junta pro- ceda definitivamente al arreglo decoroso del culo

to i clero.

Ant. 5.’

Queda aliolido el sistema tributario. Todo funcionario público ó cualquiera persona que int'riuja esta disposicion será castigado con el t'uadruplo de las cantidades que perciba. ade- mas de la peuaá que está sujeto por el art. 19.

An. 6.‘

Las contribuciones ae cobrarán en el mis- mo modo i forma que se practicaba en 18H. i con arreglo a los repartos de entonces. Se tomarán en cuenta las cantidades satisfechas por lus meses que se recaudaron segun el sis- te-um tributario. i eu proporcion del cupo del citado año.

Los alcaldes de los pueblos quedan encar- gados. bajo su mas estrecha responsabilidad. del pronto cumplimiento de este articulo.

Au. 7.’

Esta Junta superior. en union con los Sres. D. Francisco Sierra. D. Pedro Juntjuera i D. Juan Tabares. determinará el derecho que de- Iie sustituir al de consumos i puertas.

Ant. 8.’ Quedan derogados en todas sus partes los

aranceles judiciales publicados en 2 de mayo de 18H). que empezaron á regir en i.“ de junio del mismo año.

Desde el dia 20 de este mes se arregla- nin los jueces i sus dependientes por el aran- cel de ‘29 de noriembre de 1837. el que Ira- rán ubsertar bajo su mas estrecha responsa- bilidad.

Ant. 9.‘ Q’m‘tla suprimida la policía: los alcaldes deu sernpenariiu las funciones que les eslaban con- lindas. con arreglo á la ley de 3 de febrero.

Ant. lo.

Ningun ciudadano necesita documento algu-

no que le garantice para transitar dentro del radio de cinco leguas: quedan. pues, suprimi- dos los para. Se reduce á dos rs. vn. el pre- cio de los pasaportes.

An. ll.

Desde el momento en que se constituya una Junta en cualquier pueblo. el comisionado ó representante del Banco de San Fernando. como depositario de los caudales de la nacion, pondrá estos a’ disposicion de ella.v

Los que contravengan á esta medida ade- más de quedar comprendidos en el art. 19. responderán con sus bienes ó los dc sus fia- dores de las cantidades que retengan ci hayan entregado á los funcionarios del eat-gobierno de Madrid.

Ant. 12.

Toda la sal ecsistente en los almacenes de Galicia se expenderá al precio de veinte i cinco rs. la lanega, con intervencion recíproca de los empleados del ramo. i de las Juntas ó Ayuntamientos respectivos; á quienes se encar- ga el cumplimiento de esta

Ant. ¡3.

Una comision del gremio i Claustro de la Universidad de Santiago propondrá las reformas Jue deben introducirse en el plan de estudios

e ¡7 de setiembre. para nerlo en armo- nia con las buenas doctrinas libre enseñanza.

Ant. H.

Todos los licenciados del ejército que re- siden en Galicia se organizarán en batallones que tomarán el nombre de c Defensores del pueblo e. Las Juntas 6 Ayuntamientos dispon- drán lo necesario para que tomar las annas' cuando lo determine esta Junta. desde cuyo momento recibirán antro rs. diarios i racion de pan.

An. 15.

Los Cuentan: rinde: formarán nn cuerpo titulado «Garin: de lo libertad. i disfrutarán el mismo sueldo que basta aqui. Estarán in- mediatamente á las ónlenes del general en ge; l'e de las tropas de Calida.

Ant. 16.

El cuerpo de Carabineros seguirá lo ia-

mo que bastaeldiaitleabt'il.
Art. 17.

Se crea un escuadrón de caballería en ca- da provincia de Galicia. Al efecto se declaran requisados todos los caballos i yeguas de al- zada de siete cuartas con la rebaja de cuatro pulgadas.

Art. 18.

Á todos los soldados del ejército, que se hayan adherido al alzamiento ó lo verifiquen dentro del término de ocho dias, los que se hallen en pueblos abiertos i de quince los que residan en ciudades cerradas, se les con- ceden dos años de rebaja en su servicio.

Art. 19.

Se declara traidor á la causa nacional a todo el que directa ó indirectamente contrarie la revolucion iniciada el dia 2 en la ciudad de Lugo.

Art. 20.

Saldá a la luz un periódico con el titulo de « LA REVOLUCION » que será el órgano o- ficial de la Junta Superior Provisional de Ga- licia. Todas las órdenes i disposiciones que se inseten en él obligarán en esta ciudad desde el dia de su publicacion, i cinco dias despues en los demas pueblos.

Articulo Último.

Las Juntas, Ayuntamientos i demás fun- cionarios públicos quedan encargados del pron- to cumplimiento de las anteriores disposiciones bajo su mas estrecha responsabilidad.

Patria i libertad. Santiago 16 de abril de 1846.- Pio Rodríguez Terrazo, presidente.- Por acuerdo de la Junta; Antolín de Faraldo, secretario.

___


PARTE NO OFICIAL
__

Elenos de entusiasmo i admiracion toma- mos la pluma para describir á nuestros lecto- res la revista que tuvo lugar en el dia 15 de todas las tro s que se hallaban en este cuar- tel general. ‘ormalian la vanguardia desde la

ner-ta fajcra las compañias de cazadores de ¿anima de línea. provincial de Oviedo. Za— mora, Segovia i Gijon. siguiendo en formacion dc batalla. los n‘speclims cuerpos por su or- tlt‘ll de antigüedad; concluyendo tan vistosa i

marcial linea cl cuerpo de Gnardiasjfxu'riles i Carabineros con el escuadron de Lanceros de Villaviciosa. Como el objeto de esta revista a: Á dar a conocer como mariscales de carn- p'o a los valientes ¡Solis i Robin, i tambien ll como general en Gefo del ejército libertador, desfilaron a su fi'ente en columna de todos los cuerpos. colocando los rei- terados vivas de los valientes. los himnos man- ciales de' ego r Espai-ten que tocaban cua- tro bandas e música. En este dia abogaron' siempre' sus inicnas esperanzas. a ellos hombres de corazon villano que tuvieron po- bre ilusion de pensar que nuestro heroico al- dmiento era solo un motín. como los que hasta a ui desbicieron a bayonetazos los pretores de arvaez. Gloria al ejército libertador de Gali- cia! Gloria al campeon de la libertad, el Rie- go de Galicia. el Gener-al Sous!

—Esta Junta ba. recibido de la‘ de la provin- cia de Lugo. ' la lausible noticia de haberse retirado el provincial de Málaga. que por tres dias estuvo asediando aquella plan: el pueblo, las fuerzas del ejército. Carabineros i Milicia Nacional han rivalizado en valor. sufrimiento i entusiasmo , estrellan'dose contra tanto hemis- nío las inicnas sujestiones del ex-gele político Ferreira Caamaño. quien ha sabido volver las bayonetas de algunos valientes centra las en- trañas de la patria. Dicho Ferreira huye en direccion de Castilla. lletando consigr el amah go desengaño dc que en Galicia ya saltó para siempre el reinado de los tiranuelos.

-- ,n Vigo. Tuy i Pontevedra. se esu’in or- ganizando 'con la mayor rapidez los veteranos del ejercito bajo el nombre de t DEFENSOR!!! nm. Punto a. Estos valientes que han con- quistado la libertad en cien combates, acuden preSumsos á prestar el último servicio que la patria ccsije de ellos. al ver que tanta san- gre como derramaron en una lucha de siete aos. solo ba servido para amasar cadalsos para los héroes que les condujeron a la viaoria. solo para conquistar dictaduras los villanos que traficaban con sus esfuerzos.

—- Dentro de breves dias desembarearan en Vigo. procedentes de Londres. 20 mil fusiles; dentro de breves momentos Galicia se lenn- tará como un hombre solo para conquistar la dignidad de los pueblos libres.



SANT.:-1846. IMP. DE LA V. DE COMPAÑÉL É HIJOS