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LIBRO XV 177 Gente Y Cavallos que puede echar la Ziudad de Cordova debajo de la Proctezion de su Gov.” Y el sequito de dho. D. Joseph de Cabrera no dejaran ninguna Vaca y se abrira la puerta con semejante Permiso a todo Jénero de desordenes =Cuios yncombenientes ante Vistos por el ss.* D. Joseph de Garro siendo Gover.” de estas Provin- zias en Ygual disposs.** de la pretens.*” de otra entrada Intentada por la Ziu.* de Cordova El año passado de mil seiszientos y setenta y nueve con el Pretesto de Aiudarse con el ganado que pudiese sacar de las Campañas a la fa- brica de la Iglesia de dha. Ziu.* que se havía Caido le obligo a denegarsela no obstantte el rrendido ruego” que le hizo en el particular por carta que le escrivio sobre que se Interpusiese este cavildo q.” se los represento Y no obstante el aver sido Gover.” de dha, Provincia Y hallarse las Campañas en muy diferente estado del ganado que oy tienen considerando los perjuizios que se seguirian a estos avitadores se Comformo con el acuerdo que se hizo sobre esto Y se les denego la lizencia zerrando La puerta a los desordenes que se podian seguir de lo contrario De Cuio exemplar se deve prometer este Cavildo La superior razon con que el ss.” Gover.* no permitira la entrada espresada por que si aviendo sido dho. ss." D. Josseph de Garro Gov." de dha. Provinzia de la qual acavaba de llegar a Governar esta con el Conozim.'” que le asistia de aquellos avitadores y la propension Nattural en todos a la destruc- zion del ganado de estas Campañas le obligo a negarse a su pretension en medio de aplicarla a obra Tan pia con quanto mas fundam.” deve Su Senoría oponerse a seme- jante dispossizion quando de ella se an de seguir todos los Incombenientes que Tiene representados a que se aña- de el que en la Referida ocass.* que no permitio tal lizen- cia el dho. ss." D. Joseph Garro no avia obtenido este Cavildo el Real despacho Zittado de Quinze de octtubre de mil seiszientos y noventa y seis que tan abiertam.* proibe dhas. entradas con el amparo de los Vezinos aczio- ARCHIVO 12.-—TOMO 11

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