Página:ACEC TomoII Libros XIVaXVI SerieII.djvu/550

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,,_ 106, Sago dg las Indias, con lo que dho_ Y pidio mi fiscal del, " gljy una "*· braj 542 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS Amus Y los YHSl31'IJID."°· Y despachos que p.’ Vra. parte se an presentado, Y teniendose pres.“’ que aun que la Zitada Zedula de Veinte Y ocho de febrero, del aio passado de mil Seiszientos, Y noventa, iuciuco, no se dispense la cali dad de que los Rexidores que nombrase dho. Cavildo no pagazen media anata, Y tambien el passar, a elejir ofncio de preheminenzia no estando expresam."° conzedida fa cultad para ello, Y de dezirse de los Testimonios, haverse vendido este oficio el afio de quarenta Y cinco en mil Y Seisz.‘°“ patacones, no obstantc Reconoziendo que el mo tivo de la facultad de elejir Seis Reximientos fue por la falta que estava la dba. Ziudad de personas que pudiesen comprar Tales empleos experimentandose muchos desorde nes ; Y atendiendo a los gastos hechos por Vos D.“ Joseph de Arregui en mi aclamazion, obligaciones Y meritos de Vros. aszendientes, Y al aumento de mi Real hacienda, Y al Servizio que me haveis hecho de seiszientos pesos ex.°° que por vuestra parte se an entregado en esta corte, ·i. ws »· .» en cuia conformidad, por la presente quiero Y es mi Vo— luntad, que aora Y de aqui adelante para en toda buestra Vida seais Re-xidor Y Alferez Real de la Ziudad de la Tri nidad del puerto de Buenos Aires en las provinzias, del Rio de la plata Y Como tal podais, Usar, Y ejerzer los dhos. oiicios en los casos Y cosas a ellos anexos Y conser nientes, Segun i como lo an hecho los demas Rexidores, Y Alferez que han sido de esa Ziudad Y de las otras de las demas ciudades, Villas, Y lugares de las indias, Y de estos Reinos, Y eon calidad expresa de que preflrais a ohciales Reales, Y asiento eu el presviterio de la cathedral de dicha Ciudad. Y mando q. cada. Y quando -q· . e sta me Sirviere con Jente de a cavallo Y de a pie en qualquiera manera, Y para quialquier efecto que Sea para mi Servizio Seais mi Alfer-ez Real de la`Tal gente Y haiais, Y lleveis el sueldo Y Salarioque Segun el Tiempo Y la Ocasion se os devie re, Y conviniere dar por la dha. Ziudad o su partido de