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LIBRO 1u 103

Vista por los Jueses Oficiales Reales dixeron que el dicho defensor de ynformacion de lo que dise y da- da se traygan los autos para los ber y proveer justi- cia y asi lo proveyeron ante mi Gaspar de Assebedo.

Don Francisco de Borja Principe de esquilache con- de de Mayalde jentil honbre de la Camara de su Ma- gestad su Virrey y lugarteniente Gobernador y Capitan General en estos reynos e probinsias del Piru Tierra Firme y Chile etc. Por quanto el oficio de Procurador del numero del Puerto de Buenos Aires y dela real hazienda esta a prover del Gobierno y conbiene non- brar persona en quien concurran las partes y calidades nessesarias que le sirba y por la buena relacion que tengo de Juan Cardoso Pardo de que soys persona abil y sufi- ssiente para serbirle e acordado de os elixir e nonbrar como por la presente en nonbre de su Magestad y en birtud de los poderes y comissiones que de su persona real tengo nonbro e proveo a bos el dicho Juan Cardo- so Pardo por procurador del numero del dicho Puerto de Buenos Ayres y de la real hazienda del para que en el entretanto que por el tienpo que fuere mi bolun- tad sirvais el dicho ofisio en todas las cosas y casos a el anexos y consernientes segun y como lo usan puedan y deben usar los otros procuradores del numero y de la real hazienda de las giudades billas y lugares y puer- tos destos reynos e mando a el Cabildo Justisia Regi- miento del dicho Puerto de Buenos Ayres que luego que os presenteis en el con esta mi probision y titulo sin guardar otra mi carta segunda ni tersera jusion tomen y ressivan de bos juramento con la solenidad que en tal casso se requiere y debeis hasser el qual por bos assi fecho os ayan y ressivan y tengan por tal Procurador del numero y de la dicha real hassienda y ellos y los ofisiales reales del dicho Puerto y otras qualesquier jus-

Decreto

Procision y tdo de prado et Smumero y hazienda real de Juan Cardo: 0 Pardo.