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LIBRO ur 105

sor de la real hassienda desta giudad en el hecho por el Exmo prinsipe de Esquilache Visorrey de estos rey- nos que esta en la foja antes desta y en virtud del fue ressivido a el uso y exersisio de los dichos ofisios e hi- sso eljuramento y solenidad que por el se le manda se- gun consta y parese como consta por el dicho libro de Cabildo que paso ante Xpoval Remon mi antessesor a que me refiero y de pedimiento del dicho Juan Cardo- sso Pardo di la pressente que es fecha en la giudad de la Trinidad a diez dias del mes de Setienbre de mil y seysientos y dies y nuebe años y el dicho ressibimien- to paresse se hisso en sinco dias del mes de Margo del dicho año y fisse aqui mi signo en testimonio de ver- dad. Pedro de la Pobeda, Escrivano Publico y de Cabil- do. Concuerda con el titulo original que para el dicho efeto essibio el dicho Juan Cardosso Pardo y lo bolbio a llebar en su poder y para que dello conste di la pre- sente en Buenos Ayres a dies y nuebe dias del mes de Julio de mil y seysientos y beynte y un años en tes- timonio de verdad. Gaspar de Azebedo, escrivano de re” gistros y hazienda rreal.

En la ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres en veynte y un dias del mes de Julio de mil y seysientos y beynte y un años el Contador Luys de Salgedo y el Capitan Simon de Valdes Tesorero Jueses Ofisiales Roa- les abiendo bisto la ynformasion dada por Juan Cardo- sso Pardo defensor de la real hassienda sobre la muerte de Xpoval Remon Escrivano Publico y de Cabildo y bie- nes de difuntos que fue deste Puerto dixeron que aten- to que por ella consta que el dicho Xpoval Remon es muerto para mas justificassion desta causa mandaron se notifique a los herederos del dicho Xpoval Remon dentro de tercero dia exivan el titulo que tienen del dicho oficio y de remunciacion que del hisso Xpoval

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