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LIBRO 1Y 297

la Republica haciendo justicia a la partes sin pasion ni afision guardando el seoreto de los cavildos en que se hallaren y que si asi lo hisieren Dios les ayude y por el contrario se lo demande y a la conclusion del dicho juramento dijeron si juro y amen y el dicho se- fñor governador entrego a cada uno de los dichos al- caldes una bara de la Real Justicia que an de traer con los dichos cargos con lo qual quedaron eletos por alcaldes hordinarios.

Y luego fueron llamados el dicho Manuel de San- tana (1) y entro a elqual y a el dicho Joan Bap- tista Angel se les dio notisia questaban eletos para al- caldes de la ermandad los quales abiendolo oydo lo asebaron y juraron por Dios nuestro señor y por una señal de cruz en forma de derecho de lo usar bieú y fielmente a su leal saber y entender con dilijencia y cuydado guardando las cedulas y ordenansas determi- nandó las caussas sin pasion ni afision y que si asilo hisieren Dios les ayude y por el contrario se le de- mande y a la conclusion del dicho juramento dijo si juro y amen y el dicho Señor governador les entrego a cada uno su bara que a de traer con el dicho offi- sio que son las que trayan Pedro Sanches Garson y Diego de Trigueros con lo qual quedaron eletos por alcaldes de la ermandad.

Y el dicho Bernardo de Leon depositario general que hasia offisio de alferes Real entrego el estandarte Real que tenia en su poder a el dicho señor governa- dor y pidio se le alsase el pleyto omenaje que tenia hecho y el dicho señor governador se lo also.

(9 Este nombre está equivocado pues fue elojido para este cargo Manuel Higueras de Peralta que firma el presente acuerdo.

Aceptación y jue rawento de los alcaldos de la hermandad.