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330 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

fiangas salarios sumisiones y rrenunciaciones que les pidieren y sse a de declarar que este rremate sse ha- se y lo aceptan como los de las rrentas Reales en que le puedan hazer y admitir pujas de diezmos y medios diesmos y quartos en los terminos que el derecho con- cede conforme a las leyes del quaderno y con declara- cion que por parte del comprador ni de su magestad no ssea de pedir ni alegar legion ni engaño con todas las fuergas y rrequisitos nesesarios y particularmente se a de poner que quando la tal persona yntentare el dicho pleyto por el mesmo caso y desde el dia que pu- ssiere el demanda no ha de poder usar ni use del di- cho offisio so pena de que ssera castigado como per- sona que usa officio para que no tiene facultad y sin enbargo a de cumplir y pagar a los plasos que uviere puesto.

Echo el rremate en esta forma y cumplido las par- tes con el tenor del todos las que sse hissieren fuera desta ciudad los officiales Reales les daran testimonios de ello y con el sseran admitidos a el usso del dicho officio señalandoles termino conpetente para lo presentar an- te mi para que visto el rremate sse aprueve o rrebo- que y se le despache titulo en forma.

Aseles de advertir a el tienpo del rremate que en el titulo que les mandare despachar del tal officio sse a de poner clausula particular de que para pedir a su magestad confirmacion del an de llevar carta mia en que aga relacion de la venta del dicho officio por- «que sin ella no sse les a de admitir en el rreal con- sejo ni por esta causa se les a de darmas termino pa- ra ello del hordinario.

Echo y afiansado el dicho rremate en la forma re- ferida aora este en possecion del officio aora no o no abiendole afiangado las pujas que se ysieron dentro de