Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/165

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LIBRO vir 159 recho de la media anata a tasaesion del Señor jues maior pribativo deste derecho Y al pie de dicho decreto esta la tasaseion del y certificascion del entero y los unos recau- dos y otros sacados a la letra son como se siguen—El Cappn. Franco, de Ribadeneira Vessino de esta ciudad Digo que como consta y paresse del testimonio que pre- sento con la solemnidad en derecho necessaria a mi se me remato un ofissio de regidor perpetuo de esta giudad y al tiempo del dicho remate declare ser para mi hijo Luis de Ribadeneira y el dicho rremate fue en cantidad de ocho- ssientos y treinta pessos la mitad de contado y lo restante dentro de seis meses los quales tengo enterados y asegu- rado el fiado como consta del dicho testimonio a satisfa- gion de los Señores Jueses ofís. Rs. y por que fue calidad mediante la qual se me hisso el dicho rremate de que abia de botar en las elecgiones de este presente año que biene de sesentta y ginco y en el entretanto que se me despa- chaba titulo en forma se abia de serbir V. S8.* de dar decreto y la horden negessaria para que el cavildo de esta ciudad me rregiviesse luego a el usso de el dicho ofissio en esta conformidad me presento ante V. $. para el efecto referido—A V. $. pido y suppco. me aia por presentado y en conformidad de el dicho rremate se sirba de mandar despachar el dicho decreto y horden que pido para que el dicho mi hijo sea rregibido Pido justissia—Franco. de Ri- badeneira—Por presentado y en conciderassion de ser tan brebe el tiempo que de aqui a el dia de año nuebo dentro del qual no se puede despachar titulo en forma el ca- vildo justissia y regimiento de esta giudad regiva a el usso del dicho ofissio de regidor de el a Luis de Ribadeneira hasta tanto que sea passado el dicho dia de año nuebo que es el de las elecgiones y passado el dicho dia sege el dicho Luis de Ribadeneira en el usso del dicho ofissio hasta que preesente titulo de este govierno y por haora este decreto sirba de despacho en forma con tal que conste

a el dicho cavildo que el dicho Luis de rribadeneira a pa- .

Peties».

Decretto