Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/177

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

LIBRO VIE 171 de la dicha perroquia y ee encarga y obliga a dar dicho gasto que se hubiere de haseer en lo referido y dar los medios de que se nesessitare con puntualidad—Lo quel tendra el dicho cavildo justissia y regimiento en que to- dos los años se haga notorio este auto despues de sus ele- asiones al electo por alcalde hordinario de Segundo Boto con apersebimiento que no lo haziendo por descuido o omission en virtud de este auto quedara nombrado por tal maiordomo — Y para que en todo tiempo conste de este auto luego que se haga saver al dicho cavildo el presente Scrivano la copiara en el libro del y fecha le pondra con los demas autos de Govierno y asi lo proveio y firmo — Don Joseph Martines de Salagar—Ante mi: Juan de rre- luz y Huerta—Serivano de Su magestad.

Concuerda con su original. Juan de Reluz y Huerta—Scribano de su Mag.

CABILDO DEL 11 DE FEBRERO DE 1665 (Foja 390 vuelta del libro original)

En la ciudad de la Trinidad puerto de Buenos ay.* en

Cavtr de 11 de febrero 1685 de-

onse dias del mes de febrero de mill y seissientos y se- crston

ssenta y cinco años el cavildo justissia y rregimiento des- ta dicha ciudad con asistensia del capp.* Alonzo Pastor corregidor desta giudad y provincias capp." a guerra y justissia maior a saber los capitanes Don Alexandro Gu- tiorres de madrid y Joseph de Sossa alcaldes hordinarios el alferes Diego Peres Moreno Juan Fernandes Gillen Augustin Gaiosso Joseph rrendon rregidores Se juntaron en las casas de su aiuntamiento como lo an de usso y

les uns p dinar del proc. racer q