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Pescado frito.

Coles.

Lechugas.

Sapallos.

Mani,

Patatas.

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216 AOTAS DEL CABILDO BS BUENOS AIRES otro tanto de ancho dos rr. y e de ser de leña meca y buens.

Una arroba de orejones eehos a cuchillo quatro p.* y por senudo a rreal y medio libra—Una fanega de orejones de horno Seis p.* y al respeto por reales.

Seis postas de pescado frito un rr.' y gineo posta de pescado en escabeche un rreal.

Dos manojos de nabos que tenge cada manojo dies navos un rreal y lo mismo los rabenos y esnahorias.

Quatro coles Buenas con su recaudo de yerba buena y perexil un rreal y la mited de lo referido medio rresl.

Dies lechugas Buenas con su recado un real y la mitad medio rreal.

Dos sapallos grandes y buenos o sino quatro y peque- ños un rreal.

Un almud de mani quatro R.* y al rrespecto por rres- les con medida.

Un almud de papes quatro R.* y al respecto por reales.

Un almud de batatas tres R.' y al rrespecto por me- mudo.

Una botija de manteca qustro p.* y por menudo 2 rreal el quartillo teniendole como bs dicho.

Seis beles de a media bara de lergo un rreal.

Seis guebos freecos un rreal.

Un quesso que tenga quatro lib." quatro R.* y al res- pecto por reales y medios rreales.

A los quales dichos Pregios se han de bender y ben- dan todas las cosas referidas en las tiendas de pulperia y en la plassa p.“* y demas pertes donde se acostumbran bender y las tubieren las personas que tienen por gran- geria el venderlo teniendo como ba dicho peso y medida sellada con ls marcas de la ciudad y no a mae de los di- chos pressios señalados so pena de diez pesos aplicados para la Camars de Su Magestad y gastos de obres Publi- cas demas de que desde luego quedars perdido el genero que assi se bendiere en contrabencion de lo que dicho es