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LIBRO vi 235 p' corrientes de a ocho Reales como se expresa en el titulo del suso dicho y la paga la hara luego llanamente y sin plei- to alguno con mas las costas de la cobranza y a la firmesa dello obliga su persona y vienes avidos y por haver y da poder cumplido a todas las justizias y juezes de su ma- gestad de quales quier partes que sean a cuyo fuero y ju- risdizion se somete y Renunzia su propio fuero jurisdizion domisilio y vezindad y otorga trato exclusivo en bastante forma de derecho con Renunziazion de las leyes de su fa- vor y asi lo otorgo y firmo siendo testigos el Capitan Don Pedro Gaete Martin Ruis de Sanpayo y Dionigio Nunes vezinos desta giudad — testado — haziendo como dijo haz —no vale — Juan Juffre de Arze—Ante mi : Juan de Reluz y Huer- ta—Scrivano de su magestad.

CABILDO DEL 7 DE SETIEMBRE DE 1665

(Foja 432 vuelta del libro original)

En la ciudad de la Trinidad puerto de B" Ayres en p,

siete dias del mes de Sept* de mill y seis gientos y se- senta y ginco años el Cavildo justizia y Reximiento desta giudad con asistenzia del Cap" Amador de Rojas y Azeve- do Correxidor desta dicha giudad a saver Los Capitanes Joseph de Sosa alcalde hordinario y Don Alexandro Gu- tierrez de Madrid asi mesmo alcalde hordinario Pedro de Asocar Alg! m* Pedro de Rojas y Azevedo Hernando de Rivera Mondragon Augustin Gayoso Rexidores y Don Joseph Xil Negrete depositario general se juntaron a ha- zer Cavildo para tratar y conferir las cosas tocantes al bien de la Republica y se hizo en la forma siguiente.

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