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LIBRO VII 265 nores de Agustin de Labayen y de horden de su señoria se hizo Relazion de los autos y vistos se Resolvio y acur- dose en quanto a lo prinzipal de declarar si el dicho Don Phelipe de Herrera por sus menores son aucioneros a los ganados del Rio de los aresifes desta y de la otra banda se determine por votos y en lo demas dedusido en los au- tos en que parese se forma litixio y pleito en forma Re- miten el sustanziarlo y determinarlo al alcalde hordina- rio Don Alexandro Gutierrez de Madrid—ante quien la parte pida lo que le combenga.

El alcalde hordinario Joseph de Sosa dijo que su pa- reser es se declare por lexitimos aucioneros del ganado de los aresifes desta banda i de la otra a los menores del dicho Augustin de Labayen con distinzion que no son tan quantiosos aucioneros como lo es la parte de los he- rederos del capitan Juan Gutierrez difunto.

El alguazil mayor Pedro de Asocar dijo que su pareser es el mismo que tiene dado el capitan Joseph de Sosa con la distinzion que declara y se conforma con el.

El Rexidor Pedro de Rojas y Azevedo Joseph Rendon y Don Joseph Xil Negrete dijeron que su pareser es el mismo que tienen dado el alcalde hordinario Joseph de Sosa y alguazil mayor y se conforman con el para que se declare por lexitimos augioneros del ganado bacuno del Rio de los arrecifes desta banda y de la otra con la dis- tinsion que expresan — Y el Rexidor Augustin Gayoso dijo que su pareser y boto es que no se deven declarar dichos menores por tales augioneros por falta de prueba.

El Rexidor Ysidro Gutierrez no boto por ser yntere- sado— Y vistos los votos antezedentes de un acuerdo y conformidad los Señores deste Cabildo declararon por lexi- timos aucioneros del ganado bacuno del Rio de los arre- sifes a los dichos menores del dicho Augustin de Laba- yen desta banda y de la otra con tal que si los ubieren de baquear sea en tierras Realengas y que cada que hubie-