LIBRO VIH 421 hare justicia a las partes y observara y guardara y cum- plira las zedulas Provisiones y hordenangas Reales y lo demas que en el dicho titulo se hardena con lo qual el di- cho maestre de campo Juan Arias de Saabedra alcalde hor- dinario de primer voto le entrego a su merged la vara de la Real justigia para el uso de dicho ofigio de correxidor en nombre de su magostad para que le use segun y de la ma- hera que lo tiene azetado y Resevida la dicha vara y he- cha la demas solemnidad acostumbrada se sento en la silla que le toca haciendo cavesa en este cavildo y tomando po- session del dicho ofigio con que quedo Resevido en el uso de el.
Con lo qual el dicho Don Pedro de Ocampo dio a este cavildo las gragias de la Merged que el Señor Presidente le avia hecho para emplearse en el servigio de esta Repu- blica y por no aver otra cosa que conferir se serro este cavildo y le firmaron.
Don Pedro de Ocampo.—Juan Arias de Saavedra.— Juan Baz de Alpoin.—Don Juan del Poso y Silba.—Mi- guel Albarez de Cobarrubias.—Diego Peres Moreno. —Pe- dro de Rozas y Azevedo.—Augustin Gayoso.—Joseph Ren- don.—Luis de Rivadeneira.—Don Joseph Jil Negrette.— Ante mi.—Juan de Reluz y Huerta.—Escrivano de su ma- gestad.
FIANZA DEL CORREGIDOR DON PEDRO DE OCAMPO
(Foja 121 del libro original)
En la ciudad de la trinidad Puerto de Buenos ayres geo paa en Diez y ocho dias del mes de noviembre de mil y eeis- pr
gientos y sesenta y siete años—Ante mi el escribano de pe
El "bos Pedro de
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