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LIBRO VII 91
çession de ofissios y cargos que le perteneçen por auçençia
de la misma forma y manera que lo an ussado y exerçido
los demas regidores de primer boto del dicho cavildo desta
dicha çiudad y con las preçedençias preheminençias y ecep-
ssiones que le pertenessen en la forma que se os rremato
de que por vra. bida goçeis de la antiguedad a los de
mas rregidores y passando a otro conforme a derecho a de
entrar en el assiento Bos y Boto que le tocare despues de
los demas rregidores sin que le falte cossa alguna y mando
al cavildo justissia y rregimiento desta dicha çiudad que
luego que os presenteis en el con este titulo sin aguardar
para ello otro mi mandamiento segunda ni tercera jussion
reciviendo de voz el juramento y solemnidad acostumbrada
os aian reçiban y admitan al usso y exerçissio del dicho
ofissio sin que se os ponga ni consienta poner estorbo ni
ympedimento alguno que yo por el presente os reçivo y
admito y e por reçibido al usso y exercissio del dicho ofi-
ssio y os doi poder y facultad la que de derecho se rre-
quiere y es neçessaria para le usar aunque por ellos o qual-
quiera dellos no seais reçibido y los unos y los otros y to-
das las personas que rreçiden en esta Ciudad os guarden
y hagan guardar todas las honrras graçias merçedes fran-
quesas libertades preheminençias prerrogativas e ynmuni-
dades que debeis goçar y os deben ser guardadas segun y
de la manera que todos los demas rregidores an gozado y
ussado dello y abeis de ser obligado a presentar en el di-
cho cavildo dentro de seis años que corren y se quentan
desde el dia diez y nuebe pasado deste presente mes y
año que es en que se os hisso dicho rremate confirmasion
de su magestad con aperçibimientto que no lo haziendo
abeis de quedar incursso en las penas contenidas en la
rreal çedula de rrenunçiassiones para lo qual aveis de em-
biar testimonio de todos los autos a la letra con poder
bastante a procurador u otro agente o correspondiente que
en vuestro nombre pida en el rreal consejo de las yndias
la dicha confirmassion y este a derecho con el señor fiscal