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118 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

vernadores Y a vos se os cometieren Y encargaren Y por esta mi carta mando al Presidente Y los de mi Consejo de las yndias que Luego como La bean tomen y recivan de vos el dho. don Andres de Robles el juram'. y solenidad que en tal caso se requiere Y deveis hacer de que bien Y fielmente Usareis Los dhos. Cargos Y haviendolo fho. y puestose testimonio de ello a las espaldas desta mi Prov”. ellos y todas Las demas personas estantes y avitantes en las dhas. provincias del Rio de la plata os ayan Resivan y tengan por tal mi Governador Y Cap". General de ellas por el tiempo de Los dhos. cinco años que an de correr y contarse desde el dia que tomaredes La posecion de los dhos. Cargos mas ó menos el que como dho. es fuere mi boluntad Y os dejen Libremente Librar Y conocer de todos Los pleitos y Causas asi ziviles como criminales que en Las dhas. provincias hubiere y subcedieren de que vos pu- dieredes Y devieredes conocer como tal mi Governador Y Cap". Gen'. y probeer todas Las otras cosas que los otros Governadores Y capp"". Generales de aquellas Y Las de- mas Provincias pueden Y deven probeer Y tomar Y recevir qualesquier pesquisas e Ynformaciones en Los casos y Co- sas de derecho permisas que entendieredes que a mi Servi- cio Y execucion de mi justicia y buena governacion de las dhas. provincias combengan y llebar y lleveis vos y vros. Lugarthenientes que para el buen uso de los dhos. cargos es mi boluntad que podais poner en Las partes Y Lugares que hasta aora Los an acostumbrado a prover vros. ante- segores Los derechos a los dhos. cargos anejos Y concer- nientes con tal que Los dhos. thenientes que asi hubieredes de nombrar siendo Letrados Y llevandolos destos reynmos sean aprovados por los de dhos. mi consejo de las yndias Y no Los abiendo de llevar de aca sino que Los ayais de nom- brar en aquellas p'*. en tal caso seais obligado a presen- tarlos en mi audi". R!. de La ciudad de la plata de la pro- vinsia de los Charcas en cuyo distrito cae el dho. Govierno Y con que no sean Los que nombraredes Los que hubieren