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324 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

Publicasion En la Ciudad de la trinidad puertto de buenos ayres en beintte y geis de abril de mill y ceis sienttos y ces- sentta y un años en la plaza publica desta ciudad y de- mas parttes acostumbradas por voz de Xptoval negro la- dino se pregono y publico este despacho segun y como el se contiene de que doy fee siendo testigos Juan Francisco Carrillo —Francisco Pereyra—Juan de Relus—Joseph de Sanabria Leon Escrivano de su magestad.

teles io En la Ciudad de la Trinidad puertto de buenos ayres daña" en treyntta y un dias del mes de marzo de mill y geis

sientos y cessentta y un años el señor Don Alonso de Mercado y Villacorta cavallero del horden de santiago go- vernador y cappittan general destas provinzias del rio de la platta y jues de residenzia en ellas por su magestad que Dios guarde aviendo vistto los auttos de las rezidenzias desta ciudad y las de santta ffee de la Vera Cruz San Juan de vera de las siette corrienttes—dijo que por quantto se ha reconosido en ellas que las justizias de dichas ciudades an falttado a las hordenes de su magestad y conbenienzia publica siendo el inttentto de su magestad que en las re- cidenzias no solo sean castigados los exessos y defectos que se averiguaren en las personas a cuyo cargo hubiere estado la administrasion de justizia sino que pringipal- mentte se probea del remedio conveniente en lo de ade- lantte para la conservasion de las republicas y mayor ser- vicio de su magestad en esta attenzion acudiendo su seño- ria a la obligazion de su offigio y al descargo de la con- sienzia de su magestad y la suya considerando los incon- benienttes que se siguen al bien comun de la omission y desenydo que tienen las justizias mayor y hordinarias de no hazer cada semana vigitas de carsel ni tener libro par- ticular donde se assientten las que se deben hazer como esta dispuesto por hordenanzas y gedulas reales para el alivio de los presos y conosimientto de sus caussas no dan- da lugar a que por no hazer las dichas vicittes se les alar- gue la soltura sino que conforme a derecho se abrevie con