y el trabajo asalariado. Se presentó como una nueva forma de producción de mercancías, y las formas de apropiación de la producción de mercancías se aplicaron, por tanto, plenamente a ella.
En la producción de mercancías tal cual estaba constituída en la Edad Media, la cuestión de saber a quién debía pertenecer el producto no podía aún plantearse. Generalmente el productor aislado era quien lo había fabricado con primeras materias que le pertenecían, y que con frecuencia él mismo había producido; con útiles suyos, con su propio trabajo manual o de su familia. No tenía por qué apropiarse el producto de su trabajo; le pertenecía muy naturalmente. La propiedad de los productos se fundaba, pues, en el trabajo individual. Aun allí donde se utilizaba el auxilio de otro, éste era generalmente accesorio y frecuentemente recibía, fuera de su salario, otra remuneración: el aprendiz y el compañero del gremio trabajaba menos por la manutención y el salario que en vista de prepararse para la maestría. Se produjo la concentración de los medios de producción en grandes talleres, en manufacturas y su transformación en medios de producción verdaderamente sociales; pero continuaron tratandose los medios de producción y los productos sociales cual si fueran todavía los medios de producción y los productos de individuos aislados. Hasta entonces, el poseedor de los instrumentos de trabajo se apropiaba el producto, porque ordinariamente era su propio producto, y la ayuda de otro era excepcional; más tarde el poseedor de los instrumentos de trabajo continuó apropiándose el producto, bien que ya no fuese su producto, sino el producto exclusivo del trabajo de otro. De este modo los productos sociales fueron apropiados, desde luego, no por quienes realmente habían puesto en movimiento los instrumentos de producción y creado los productos, sino por los capitalistas. Los instrumentos de