En el año de 1826 los principales periodicos de Europa insertaron la sentencia pronunciada por la Audiencia de Sevilla contra 63 Diputados de las Cortes de 1822 y 1823, comentandola de diferentes maneras. Como era natural, el deseo de rectificar la opinion sobre las verdaderas causas que habian influido en la conducta de aquel Congreso respecto al acto condenado por el expresado Tribunal, dió ocasion á que se extendiese este escrito; pero despues de ordenado ocurrió la duda de si seria conveniente publicarle en el estado de opresion en que se hallaba entonces España. Esta indecision cesa en el dia, no solo por ser un acto obligatorio de justicia la vindicacion de personas condenadas sin haber sido oidas, maltratadas, y vilipendiadas de palabra y por escrito durante diez años dentro y fuera de su patria, sino tambien porque asi lo exigen las nuevas circunstancias en que se encuentra la nacion. Desgraciadamente la guerra civil se
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