Página:Catecismo Astete 1787.pdf/103

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R. Restituir quanto antes lo que puedan , y en quanto á lo demás tener animo de hacerlo quando pudieren.
P. Y á quiénes se debe hacer la restitución ? R. A aquel , ó á aquellos que padecieron el daño , ó á sus herederos , si aquellos huvieren muerto.
P. Y si no se sabe quienes fueron los que padecieron el daño , ni quienes sean sus herederos , que se debe hacer ? R. Lo que ordenare un Sabio Confesor á quien se ha de consultar sobretodo esto, por no exponerse á errar, pues pudiendo hallarse el dueño , no se cumple esta obligación con dar limosnas, ni con mandar decir Misas.
P. Y qué queréis decir quando respondeis , que en este Mandamiento se manda también , no querer lo ageno contra la voluntad de su dueño?
R. Qae en él , además de lo dicho , del bajo de pecado mortal , ó venial segun fuere la materia , se prohibe e , pensamiento, y voluntad de hurtar de damnificar , y retener lo ageno.