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Página:Colección de tratados celebrados por la República Argentina con las naciones extranjeras (1863).pdf/19

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ARMISTICIO

Celebrado entre el Exmo. Superior Gobierno, de las Provincias Unidas del Rio de la Plata, y el Teniente Coronel D. Juan Rademaker, enviado al efecto por S. A. el Príncipe Regente de Portugal.
(26 de Mayo de 1812)


Habiendo oido el Exmo. Gobierno de estas Provincias, cuanto tenia que proponerle el enviado de S. A. R. el Príncipe Regente de Portugal, despues de examinadas sus credenciales y poderes necesarios para negociar, y habida la suficiente discusion, concluyó S. E. con el dicho plenipotenciario el siguiente tratado.

Art. 1°. Cesarán inmediatamente las hostilidades entre las tropas de S. A. R. el príncipe Regente de Portugal ú otros cuerpos armados portugueses, y las tropas ú otros cuerpos armados de la dependencia del Exmo. Gobierno Provisional de estas Provincias; y al efecto se mandará con toda la diligencia posible el correspondiente aviso de este ajuste y convencion, á los Exmos. Generales en gefe de los respetivos Ejércitos.

Art. 2°. Se observará un armisticio ilimitado entre los dos ejércitos, y en el caso de que por algunas circunstancias infelices (que no pueden preeverse, y que no permita Dios que sobrevengan) fuese necesario recurrir á las armas, quedan obligados recíprocamente y en fuerza de este armisticio, los Exmos. Generales de los Ejércitos opuestos, en pasarse los respectivos avisos