Una reciprocidad perfecta entre los Gobiernos y ciudadanos de uno y otro Estado reglará las relaciones de amistad que solemniza el artículo anterior.
La República de Colombia y el Estado de Buenos Aires contraen á perpetuidad alianza defensiva en sosten de su independencia de la nacion española y de cualquiera otra dominacion estrangera.
Todo caso de esta alianza será reglado por tratado especial, conforme á las circunstancias y recursos de cada uno de los Estados.
Este tratado será ratificado por el Gobierno de Colombia tan prontamente como pueda obtener la aprobacion del Congreso, en virtud de lo dispuesto por la Constitucion de la República en el artículo 55 parágrafo 18, y por el Gobierno del Estado de Buenos Aires con arreglo á la sancion del Cuerpo Legislativo, en la sesion que debe abrirse en el próximo mes de Mayo.
Para el debido efecto y validacion del presente tratado se firman dos de un mismo tenor, sellados por parte del Ministro de Colombia, con el sello de la Legacion, y por el de Buenos Aires con el de Relaciones Exteriores.
| Joaquin Mosquera.
(Sello de Colombia). |
Bernardino Rivadavia.
(Sello de Buenos Aires). |
En virtud de la ley de esta fecha que autoriza al Gobierno, queda ratificado este tratado.