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Página:Colección de tratados celebrados por la República Argentina con las naciones extranjeras (1863).pdf/53

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CONVENCION

PRELIMINAR ACORDADA ENTRE EL GOBIERNO DE BUENOS AIRES

Y LOS COMISIONADOS DE S. M. C.

4 de Julio de 1823.


Habiendo el Gobierno de Buenos Aires reconocido y hecho reconocer en virtud de credenciales presentadas y legalizadas en competente forma por comisionados del Gobierno de S. M. C. á los Señores D. Antonio Luis Pereira y D. Luis de la Robla; y habiéndose propuesto á dichos Señores por el Ministerio de Relaciones Exteriores de dicho Estado de Buenos Aires, el arreglo de una convencion preliminar al tratado definitivo de paz y amistad que ha de celebrarse entre el Gobierno de S. M. C. y el de las Provincias Unidas sobre las bases establecidas en la ley del 19 de Junio del presente año; conferenciado y espuéstose reciprocamente cuanto consideraron deber conducir al mejor arreglo de las relaciones de los Estados espresados; usando de la representacion que revisten, y de los poderes que los autorizan, han ajustado la dicha convencion preliminar en los términos que espresan los artículos siguientes:

Artículo 1°

A los sesenta dias contados desde la ratificacion de esta convencion, por los Gobiernos á quienes incumbe cesarán las hostilidades por mar y por tierra entre ellos y la nacion española.