Con privilegio del Excelentísimo Señor Don Juan de Mendoza y Luna, Marqués de Montes-Claros, Virey que fué de esta Nueva España, refrendada del Secretario Martin López de Gaona, en 2S dias del mes de Junio de 1607 años.
Y con licencia del Dean y Cabildo sede vacante, refrendada del Racionero Juan Fernandez, Secretario del Cabildo de esta Santa Iglesia, en 31 de Junio de 1607 años.
Con aprobación del P. Maestro Fr. Pedro Ramírez, por comision de S. E.,en 15 de Mayo de 1607.
Con aprobación del P. Maestro Fr. Diego de Contreras, Calificador del Santo Oficio, Catedrático de Escritura, y Prior de San Augustin de México, en 26 dias del mes de Junio de 1607 años.
Con aprobacion del Doctor Alonso Dávila, Racionero de esta Santa Iglesia, por comision del Ordinario, en 7 dias del mes de Junio de 1607 afios.
A nuestro muy Reverendo Padre Maestro, Fr. Joan de Guzman, Provincial dignísimo de la Provincia del Santísimo Nombre de Jesus, de la Orden de N. P. S. Augustin de esta Nueva España.
Cuando me determiné de resucitar la memoria de mi caro amigo, sacando sus obras del abismo del olvido (en que con su descuido y muerte las habia dejado, lo cual he hecho con mucho trabajo y costa), en el mismo punto, como hijo obediente de V. P., ditado de la razon, en la cual, como en espejo claro, vide las muchas obligaciones en que con obras que exceden á lo que yo merezco, V. P. me tiene obligado (solo por quien es y por el valor de su antigua y conocida nobleza), ansí por esto como por su grande bondad, santidad y letras, me determiné á dirigirle este libro intitulado Coloquios Espirituales y Sacramentales y Canciones Divinas el cual, amparándole con acetarle, podrá volar seguro de las calunias de mordaces lenguas; á quien suplico que con su acostumbrada benignidad pase los ojos por él, que con este favor quedará con la calidad y estimacion que yo deseo, y sus subtiles y levantados conceptos y santa doctrina merecen, para la utilidad y provecho cristiano. Cuya causa favorecerá V. P., que con este favor le sucederá lo que á las finísimas piedras preciosas, que no son tan estimadas por su fineza y valor, cuanto por la calidad de la persona en cuyas manos se ven, porque de aquí toman otro nuevo que las califica más y da más estimacion. Y amparándole con las suyas, subirá al valor que por sí solo no pudiera. Guarde Nuestro Señor á V. P. largos años, dándole lo que merece, en quien confio verle en la mayor dignidad.