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Muy leal. Igualmente, el Señor Don Felipe III, en cédula de 12 de Setiembre da 1600, otorgó al referido Ayuntamiento, que pueda tener y traer Maceros en los actos públicos y funciones de tabla. Tambien obtiene este ilustre Cuerpo, el oficio de Fiel Ejecutor, en cuyo ejercicio se turnan los Capitulares, en virtud de reales cédulas de 9 de Julio de 1564, de 21 de Abril de 1587 y de 5 de Abril de 1596. Gozaba, á mas de lo dicho, de la singular preeminencia, que quizá otra ciudad de la Monarquía no habrá obtenido, de que sus Alcaldes ordinarios, se intitulasen y fuesen Corregidores del Valle de Guatemala, en cuya virtud administraban justicia á los 77 pueblos que se hallaban situados en él: prerogativa que han confirmadop nuestros Reyes con repetidas cédulas, como son las de 18 de Julio de 1559, de 6 de Noviembre de 1604; de 4 de Noviembre de 1606, de 7 de Julio de 1607, de 25 de Mayo de 1675 y 10 de Diciembre de 1687. Y antes del año de 1574, se estendia la jurisdiccion de esta Ciudad á la provincia de Sapotitlan, en donde ponia Tenientes. Ni han cesado hasta el presente de favorecerla los Reyes Católicos, siendo innumerables las cédulas que le han dirigido, ya otorgándole nuevas gracias, ya confirmándole, las que tenían hechas, ya amparándola en la posesion de las prerogativas que goza por costumbre.

El número de los individuos del Muy Noble Ayuntamiento ha variado según los tiempos; pues al principio, como vimos, fueron solo siete. En el año de 1527, se aumentó el oficio de Sindico Procurador. A la mitad del siglo 17º, fué cuando arribó á mayor número este Cabildo; pues, á mas de los Alcaldes y el Síndico, tuvo Alférez real, Alguacil mayor, Alcalde provincial, Depositario general, Tesorero del papel sellado y doce Regimientos sencillos. En otros tiempos hubo los oficios de Correo mayor y de Receptor de penas de Cámara. Al presente se compone de dos Alcaldes, Alférez real, Alguacil mayor, Alcalde provincial, ocho Regidores y un Sindico Procurador. Este último y los Alcaldes se eligen cada año: los demas son perpetuos. Sin embargo, el año de 1734 se eligieron seis Regidores anuales, por orden de la Real Audiencia, en atencion á ser pocos los propieta-