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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/17

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ÍNDICE ALFABÉTICO

DE LOS

títulos de la INSTITUTA, del DIGESTO y del CODIGO


ADVERTENCIA

Contiénense en este Indice los títulos de la Instituta (I.), del Digesto (D.), y del Código (C.), de tal modo dispuestos en orden alfabético, que puedan ser hallados con sólo buscar en él cualquiera de las palabras de especial significación de un título. Cuando éste se halla indicado en el índice por las palabras intermedias ó finales del mismo, van impresas en caracteres bastardos, y á continuación siguen en tipos ordinarios las palabras anteriores que completan el enunciado del título á que se refiere, marcándose en algunos casos con puntos suspensivos el lugar de las que se han suprimido por innecesarias para determinarlo. Además, por regla general, para evitar repeticiones, se ha omitido, sustituyéndola con un guión (-), la preposición De, inicial de muchos títulos. Resulta así, que uno mismo puede ser hallado en diferentes lugares. Por ejemplo el título Inter alios acta vel iudicata, alis non nocere, lo hallaremos en la letra A del Indice, de este modo: acta..... aliis non nocere. Inter alios. También se encontrará en la misma letra A, así expresado, más adelan- te, en el lugar correspondiente: aliis non nocere. Inter alios acta vel iudicata. Y prosiguiendose en su busca en la misma letra A, en esta forma: alios acta vel iudicata, aliis non nocere. Inter.-Y más adelante, en la letra I del Indice, se hallará de estas dos maneras: Inter alíos acta, vel indicata aliis non nocere; y iudicata aliis non nocere. Inter alios..... Finalmente, en la letra N del Indice se en- contrará: nocere. Inter alios acta, vel iudicata, aliis uon. Y en todos estos pasajes dará el Índice esta indicación: C. 7,60., que quiere decir: Código, libro 7.º, título 60. Basta, pues, conocer ó recordar cualquier palabra, que no sea mera partícula, de un título de la Instituta, del Digesto ó del Código, para que al punto por el Indice, de la manera que queda explicada, pueda conocerse así su enunciado completo, como el libro de los tres expresados cuerpos de leyes á que pertenece.

A

A quibus appellari non licet. D. 49, 2. aberit. Si tutor vel curator Reipublicae causa C.5, 64.

- abigeis. D. 47, 14. C. 9, 97. abolitione. De generali C. 9, 48.

- abolitionibus. C. 9, 42.

abolitionibus criminum. Ad SC. Turpillianum, et de D. 48, 16.

absente. Quomodo et quando iudex sententiam proferre debeat, . . una parte C. 7, 48.

absentibus damnandis. De requirendis, vel D. 48, 17,

absentis perturbata sit possesio. Si per vím C. 8, 5.

abstineat. Si minor ab bereditate se C. 2, 38.

abstinenda hereditate. De repudianda, vel C.6, 81.

absunt. De restitutionibus militum, et eorum,qui reipublicae causa C. 2, 50.

absunt. De uxoribus militum et eorum, qui reipublicae causa C. 2, 61.

accedere non licet. Quibus ad conductionem praediorum fiscalium C. 11, 78.

acceperit. Si unus ex pluribus heredibus creditoris . . . partem suam debiti . . . C. 8, §1.

acceperunt. De his, qui a Principe vacationem C. 10, 45.

acceperunt. De his, qui ex publicis rationibus mutuam pecuniam C. 10, 6.

acceperunt. De... his, qui sanguinolentos nutriendos C. 8, 51. - acceptilatione. D. 46, 4.

- acceptilationibus. C. 8, 49.

accessionibus, et mora. De usuris, et fructibus, et causis, et omnibus D. 22, 1.

accessionibus possessionum. De diversis temporalibus praescriptionibus, et de D. 44, 8.