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LA CIUDADANA 59

El domicilio, refiriéndonos al lugar donde el hombre ha~ bita, es inviolable y 5610 podré procederse a allanarlo u ocuparlo cuando una ley faculte en casos especiales a que determinados funcionarios puedan hacerlo. Lo mismo ocurre con la correspondencia y los papeles privados.

55.—-DERECHOS EN RELACION A LA SEGURIDAD PERSONAL

La seguridad de los individuos esta garantida por la Cons- titucién Nacional. De nada valdria el enunciado teérico de todos los derechos y la proclamacién de todas las libertades, si las autoridades pudieran privar a los individuos del goce de su libertad individual, sin estar defendidos contra cualquier abuso.

Por eso en el art. 18 establece los medios de defensa con que cuentan los individuos.

Nadie puede ser privado de su libertad, sino en virtud de orden escrita de autoridad competente.

Si arbitrariamente se retuviera privada de libertad a una persona, esta misma u otra persona, pueden iniciar el recurso de amparo llamado Habeas corpus por el que el juez se dirige de oficio al funcionario que ordené la detencién para averi- guar si es procedente. Si fuera improcedente, ordena la in- mediata libertad del detenido.

56. — DERECHOS POLITICOS

Los derechos politicos son los que corresponden a los in- dividuos como miembros de la Nacién y que la Constitucién reconoce como que nacen del principio de soberania del pueblo y de la forma republicana de gobierno (art. 33). Se los con- cede para que intervengan en la organizacién del gobierno.

La Constitucién no los enumera expresamente pero surgen de las disposiciones que acuerdan esta indole de derechos.