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Página:El contrato social (1836).djvu/185

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taré que, teniendo cada estado su culto propio del mismo modo que su gobierno, no hacia distincion entre sus dioses y sus leyes. La guerra política era tambien teológica: los departamentos de los dioses estaban señalados, por decirlo asi, por los límites de las naciones. El dios de un pueblo no tenia ningun derecho sobre los otros pueblos. Los dioses de los paganos no eran envidiosos; se repartian el imperio del mundo: el mismo Moisés y el pueblo hebreo convenian á veces con esta idea hablando del dios de Israel. Verdad es que miraban como nulos los dioses de los Cananeos, pueblos proscritos, condenados á la destruccion, y cuyo puesto ellos debian ocupar: pero ved como hablaban de las divinidades de los pueblos vecinos á quienes no podian atacar: La posesion de lo que pertenece á vuestro dios Camos, decia Jefté á los Amonitas, no se os debe legitimamente? Nosotros poseemos con el mismo titulo las tierras que nuestro dios vencedor ha adquirido [1]. Me parece que esto era reconocer una paridad bien evidente entre los derechos de Camos y los del dios de Israel.

  1. Nonne ea quæ possidet Chamos deus tuus tibi jure debentur? Este es el texto de la Vulgata. El padre Carrieras ha traducido: "No creeis vosotros tener derecho de poseer lo que pertenece á vuestro dios Camos?" Ignoro la fuerza del texto hebreo, pero observo que en la Vulgata, Jefté reconoce positivamente el derecho del dios Camos; y que el traductor francés debilita este reconocimiento por medio de un segun vosotros que no se halla en el latin.